Otras miradas

Lo que los independentistas catalanes no saben del Concierto

Roberto Uriarte

Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco

El presidente de la Generalitat, Pere Aragonès.-EFE/Quique García
El presidente de la Generalitat, Pere Aragonès.-EFE/Quique García

La evaluación de políticas públicas es una asignatura pendiente en este país, en el que las leyes y las decisiones políticas se juzgan más por los objetivos que persiguen que por los resultados que generan. Voy a intentar explicar por qué el concierto económico que reclaman los independentistas catalanes resultaría contraproducente, al menos para algunos de los objetivos que ellos persiguen, y en concreto, para el objetivo de un proceso independentista unilateral. 

Es muy poco conocido que el concierto económico vasco, que muchos consideran un privilegio, y casi todos una institución que se hunde en la noche de los tiempos, surgió en realidad en 1878, tras el final de la última guerra civil carlista, como imposición del gobierno central a las Diputaciones vascas, que hasta entonces habían recaudado casi todos los impuestos, sin contribuir apenas a las arcas del Estado. El concierto obligó a las Diputaciones vascas a pagar al Estado un cupo anual a concertar entre las partes. 

Simplificando al máximo, porque se requeriría mucho más espacio que éste para explicar los mecanismos de concertación y los elementos de concreción del cupo, podemos decir que el actual concierto consiste en que en el País Vasco no es tanto el Estado quien recauda, sino las Haciendas forales, que deben pagar un cupo anual al Estado por los servicios que presta en esos territorios y que se referencia al porcentaje de la economía total que representa la economía vasca, Si la economía vasca representara el 6% de la total, correspondería pagar el 6% del costo de los servicios que el Estado implementa. Insisto en que estoy simplificando mucho. 

En todo caso, el concierto supone una de las piezas clave del autogobierno vasco y navarro y permite a estas autonomías corresponsabilizarse no sólo de sus gastos, sino también de sus ingresos, en lugar de responsabilizar de ellos a "Madrid". Es sabido que el régimen de concierto supone una fortaleza del autogobierno, pero es prácticamente desconocido que esta fortaleza puede convertirse también en un talón de Aquiles, en el caso de que alguna de esas autonomías decida emprender un proceso independentista unilateral. Pensemos que, hasta hace poco, el independentismo ha estado más arraigado en Euskadi que en Cataluña y, sin embargo, nunca ha derivado en un proceso estrictamente independentista y unilateral. ¿Por qué? 


Cuando se desarrolló el "procés" en Cataluña, algunas empresas trasladaron su domicilio a la Comunidad Valenciana o a Baleares. Tuvo un efecto simbólico, pero apenas trascendencia para los ingresos de las instituciones catalanas, que reciben su financiación básicamente del Estado. Si las instituciones vascas iniciaran un proceso similar, sólo con que las dos empresas que más contribuyen a las arcas vascas abandonaran su territorio, automáticamente éstas perderían un 12% de sus ingresos. 

En resumen, el concierto es un instrumento que puede reforzar el autogobierno, permitiendo una financiación suficiente, al menos si las haciendas territoriales gestionan bien. Pero, a la vez, puede suponer una barrera de contención frente a la tentación de un proceso independentista unilateral. No sé si el gobierno de ERC lo ha tenido en cuenta. 

Para quienes deseamos mantener unido a este país de países, y no a la fuerza, sino sobre los más amplios consensos ciudadanos, la propuesta de un concierto para Cataluña puede ser perfectamente razonable, ya que, al menos si se diseña bien, puede servir para profundizar en el autogobierno y en la suficiencia financiera; y, a la vez, reforzar la integración del Estado, a través de los instrumentos de la concertación y del pacto como forma de relación entre las instituciones autonómicas y centrales; y, por último, puede servir de barrera de contención frente a tentaciones de unilateralidad. 


Volvamos al inicio: es importante juzgar las leyes y las decisiones políticas más por los efectos que realmente producen que por los objetivos que persiguen, así que no podemos llegar aún a la conclusión de que un concierto económico para Cataluña sea algo positivo; pero sí podemos intuir que podría ser constructivo si se implementara correctamente. Y en ese sentido, parece también evidente que el actual momento político, marcado por las importantes dependencias que posee la gobernabilidad del Estado, no facilita una gestión virtuosa de la propuesta. Lo cual no supone que haya que descartarla, sino sólo que hay que abordarla con el sentido de la responsabilidad que requiere una propuesta tan importante y, en todo caso, entendiendo todas las derivadas en juego. 

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