Opinión
El Sr. Aznar no se sabe la Constitución

Por Ramón Soriano
Catedrático emérito de Filosofía del Derecho y Política de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
-Actualizado a
El expresidente del Gobierno, José María Aznar, ha afirmado que el Gobierno del presidente Sánchez es ilegítimo tras la aldanada del partido político Junts consistente en que no aprobará ninguna ley pendiente en el Parlamento. Ha declarado el 7 de noviembre de 2025 en la Universidad Francisco de Vitoria que "en este momento es un gobierno ilegítimo, fuera de la ley" y ha exigido al presidente del Gobierno que se someta a una cuestión de confianza. Resumiendo, afirma: "Este gobierno tiene una legitimidad de origen, pero ha perdido la legitimidad de ejercicio". Y como colofón: "Si se niega uno a convocar una cuestión de confianza, se está saliendo fuera de las normas de una democracia parlamentaria. Y si además se niega a convocar elecciones se está situando al margen de las normas constitucionales… un gobierno de esta manera es una reforma constitucional encubierta". Insaciable el expresidente en el atropello de nuestra Constitución.
Dedicado a la filosofía jurídica con una tesis doctoral en 1976 sobre la escuela española de derecho natural, en la que era un punto doctrinal central las diferencias de ambas legitimidades señaladas por el expresidente, no esperaba que después de tanto tiempo me encontrara con un destacado político español discípulo de nuestros juristas-teólogos del Siglo de Oro: Las Casas, Vitoria, Suárez, Molina, etc. El príncipe podía poseer una de las legitimidades, exponían estos clásicos, cuando el príncipe justo había ganado el poder con la violencia o cuando el príncipe legal convertía su reino en una tiranía. Un plantel de grandes intelectuales que publicaban extensos tomos con un extraordinario casuismo sobre las cuestiones de examen: derechos de los nativos de las Indias, guerra justa, relaciones Iglesia-Estado, usura, etc.
Pero ese casuismo de los maestros ya no vale para ser aplicado a nuestra realidad política, porque la Constitución española ha simplificado en términos concretos y precisos qué deba entenderse por legitimidad de origen y legitimidad de ejercicio. El expresidente puede plantear sobre las legitimidades lo que quiera en el ámbito de la especulación, pero no del derecho y menos aun del derecho constitucional.
Mis argumentos en contra del disparate jurídico del Sr. Aznar:
Uno. El Gobierno posee legitimidad de origen si accede al poder conforme a los requisitos del art. 99 de la Constitución Española (CE) y posteriormente lo ejerce de acuerdo a lo establecido en la CE y leyes de desarrollo. El Gobierno cumple con esos requisitos explícitos.
Dos. No se puede exigir al presidente del Gobierno que se someta a una cuestión de confianza, porque es un mecanismo de libre disposición del presidente, como indica el art. 112 de la CE, y que tiene por objeto plantear la confianza sobre "su programa o sobre una declaración de política general". La confianza se otorga por mayoría simple de los diputados/as. La oposición política, por su parte, tiene en sus manos la posibilidad de activar la moción de censura para derribar al Gobierno. Nada le impide hacerlo. Únicamente seguir el procedimiento constitucional de iniciativa, debate y aprobación, conforme a los arts. 113 y 114 de la CE: básicamente iniciativa de una décima parte de los diputados/as y aprobación por mayoría absoluta (mitad más uno de los miembros de la cámara)
Tres. El argumento de que Junts ha afirmado que no votará las leyes pendientes en el Parlamento no es válido para declarar la ilegitimidad del Gobierno. Es una declaración de voluntad, no una situación fáctica. El derecho no entiende de promesas y voluntades, sino de hechos fehacientes. Por otro lado, todos sabemos que los partidos no cumplen lo que prometen, ni en sede parlamentaria ni fuera de ella. Dicen y se desdicen a su aire y en poco tiempo. Ni siquiera cumplen los programas políticos conforme a los cuales son votados sus candidatos/as por la ciudadanía en listas cerradas y bloqueadas.
Cuatro. Aunque el partido político Junts cumpliera su promesa, sus votos no serían necesarios para la aprobación de la mayoría de las leyes, que no exigen una mayoría cualificada.
Cinco. El Gobierno puede gobernar aplicando una estrategia parlamentaria geométrica diversa, pactando con unos y otros según las materias y en función de los intereses de cada partido. Significa esta estrategia que un Gobierno puede carecer de una mayoría estable de apoyo (la mayoría gubernamental), pero esto no le impide negociar variablemente con los grupos parlamentarios, según las circunstancias y objetivos, para obtener la aprobación de las leyes.
Seis. La Constitución española no exige la aprobación puntual de los presupuestos generales del Estado (PGE). Permite que éstos sean prorrogados, como ha acontecido en Gobiernos del PSOE y PP, repetidas veces. El art. 134.4 lo expresa con absoluta claridad: "Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los del ejercicio económico anterior hasta la aprobación de los nuevos". El mismo Gobierno Aznar prorrogó los PGE en el año 2000. ¿A qué vienen ahora sus frecuentes proclamas de que no se puede gobernar sin la aprobación de los PGE?
Siete. En Europa y en España con frecuencia los Gobiernos funcionan sin la cobertura de una mayoría parlamentaria absoluta. Pero nadie, excepto el Sr. Aznar y sus acólitos, les declara ilegítimos.
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