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Condena por sedición Bassa presentará un incidente de nulidad de la sentencia del 1-O: le atribuye decisiones de Ponsatí que agravan su condena

El Supremo condena a la exconsejera de Trabajo por abrir puntos de votación el 1-O en colegios, cuando eran responsabilidad de la exconsejera de Enseñanza huida al extranjero. Su competencia eran los inmuebles cívicos.

Imagen de la eclaración de la exconsellera de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia Dolors Bassa, en el juicio del "procés". EFE/Tribunal Supremo

JULIA PÉREZ/ ALEJANDRO L. DE MIGUEL

La defensa de la exconsejera catalana de Trabajo Dolors Bassa planteará un incidente de nulidad de la sentencia del ‘procés’ porque el Supremo le atribuye el haber cedido centros cívicos y colegios para el 1-O, cuando la enseñanza era competencia de la exconsejera de Educación Clara Ponsatí, huida de la Justicia.

La sentencia dice textualmente en su página 48 de hechos probados que “Dña. Dolors Bassa retiró a los funcionarios de Enseñanza y Trabajo, de cuyos departamentos era titular, la competencia sobre los centros de votación, asegurándose la disponibilidad de los centros”.

Ponsatí era la responsable de los inmuebles y de los funcionarios de la Consejería de Enseñanza, mientras que Bassa lo era de los de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia.

El error es subsanable con un auto de aclaración del Tribunal Supremo, según fuentes jurídicas. Pero la defensa de Bassa sostiene que no es lo mismo condenar por sedición al ceder unos cuantos centros cívicos que la totalidad de las escuelas.

Estos centros fueron convertidos en puntos abiertos en los días previos al 1-O dentro de la campaña Escolas Obertas y en colegios electorales durante la jornada del referéndum que había sido prohibido por el Tribunal Constitucional.

En la defensa de Bassa existe “decepción máxima”, porque la sentencia no ha tenido en cuenta las pruebas que acreditaban que dio órdenes para que los centros cívicos estuvieran a las 6 de la mañana del 1 de octubre de 2017. “Aportamos correos, vinieron testigos, en los casos que había autorizado, se acreditó que hubo doce actividades lúdicas y que se había pedido expresamente a los directores que debían acabar esas actividades a las 6 de la mañana”, explican.

La resolución “no valora ni una sola de las pruebas que hemos propuesto las defensas. Parece que la celebración del juicio fuera un paréntesis y se repitieran los argumentos en la fase de instrucción”, destacan estas fuentes. Incluso dicen que no se tiene en cuenta correos electrónicos que entregaron y cuya interpretación no se corresponde con la aportada en el juicio.

No hubo malversación al ceder las escuelas

El Supremo descarta en la sentencia el delito de malversación por ceder el uso de estos centros porque en el juicio no se ha acreditado el perjuicio económico de su uso para el 1-O. Tampoco se ha probado que se impidiera alguna de sus funcionalidades, ni que hubiera que contratar "medios o servicios de sustitución".

La condena por malversación de Bassa se centra en que gastó dinero público para las papeletas del referéndum y por asumir una de las cinco partes en que se fraccionó el encargo a la empresa Unipost para el reparto de las notificaciones.

El incidente de nulidad de sentencia será interpuesto ante el mismo tribunal juzgador y es un paso previo para recurrir al Tribunal Constitucional por supuesta vulneración de derechos fundamentales.

También han anunciado incidentes de nulidad de sentencia las defensas de los principales condenados en esta sentencia histórica.

"Contumaz desatención" al TC

Bassa forma parte de la cúpula del ´procés’ condenada "adoptó decisiones ejecutivas que fueron imprescindibles para la preparación y desarrollo” del 1-O, según concluye el Supremo.

Es condenada a 12 años de cárcel, y 12 de inhabilitación por sedición y malversación. La sentencia sostiene que "promovió de forma directa la inaplicación de las leyes", exhibió una "contumaz desatención de todos los requerimientos formalizados por el Tribunal Constitucional" y "contribuyó a la creación de una legalidad paralela".

Desde su Consejería de Trabajo se captaron 47.498 voluntarios para la celebración del 1-O; dio “instrucciones a los sindicatos" para que quienes trabajaran esa jornada pudieran ir a votar; "invitó" a los trabajadores de la Generalitat a participar, e "incitó a la ciudadanía al incumplimiento de las resoluciones jurisdiccionales".

Todo ello, "transmitiendo el falso mensaje de que mediante la votación promovida por el Govern de la Generalitat, Catalunya se convertiría, una vez hecho el recuento de los votos favorables, en un Estado soberano".

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