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El Constitucional debe decidir si los jueces investigan los crímenes del franquismo

Diez grupos de damnificados por la sublevación y la dictadura y de familiares de víctimas piden al tribunal que desencalle sus recursos de amparo, que acumulan esperas de más de un año en la sala de admisión mientras la impunidad de las fechorías franquistas comienza a dividir a la judicatura.

Sede del Tribunal Constitucional.
Sede del Tribunal Constitucional. EFE

Los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) tienen sobre su mesa una decisión de calado: dictaminar si los juzgados españoles investigan, o no, las querellas por los crímenes del franquismo que grupos de víctimas y de familiares de quienes sufrieron la represión de los sublevados y la posterior dictadura han ido presentando en diferentes juzgados del país y que han acabado, sin excepciones, en sobreseimientos en la vía penal.

Hasta ahora, el Tribunal Constitucional había venido avalando esos archivos decretados por los juzgados de instrucción y las audiencias provinciales por la vía de denegar la tramitación de los recursos de amparo que presentaban los denunciantes, en una decisión que los magistrados de la sala de admisión despachaban mediante sucintos autos, de unas pocas líneas, cuya argumentación jurídica se limitaba a indicar que no apreciaban en el asunto una "especial trascendencia constitucional".

Más de veinte grupos de víctimas del franquismo y de familiares de estas llevan meses, y en algunos casos cerca de dos años, esperando a que el TC decida si admite o no a trámite sus recursos de amparo, lo que ha llevado a una decena de ellos a solicitar al tribunal que desencalle la tramitación.

Los denunciantes de crímenes del franquismo, 33 solo en el grupo de Zaragoza, piden al Constitucional que active esos procedimientos y que "en su día, previo emplazamiento del ministerio fiscal y los trámites oportunos, dicte sentencia en la que anule las resoluciones recurridas y otorgue el amparo solicitado".

Grietas en el monolítico criterio de la judicatura

Ese movimiento se produce cuando, mientras el Gobierno tramita un proyecto de Ley de Memoria que contempla dotar al Supremo de una Fiscalía especializada en la investigación de los crímenes del franquismo, comienzan a abrirse grietas en el monolítico criterio favorable al sobreseimiento de ese tipo de pesquisas que venía dándose en la judicatura española.

De hecho, las divergencias se manifestaron con claridad en el TC cuando, hace unas semanas, los criterios de sus magistrados fueron contrastados por primera vez en una deliberación, que fue la planteada en el pleno con los recursos de amparo presentados por Gerardo Iglesias, primer coordinador general de IU, y otros dos históricos militantes asturianos del PCE, Vicente Gutiérrez Solís y Faustino Sánchez García.

En esa ocasión, tres magistrados, entre ellos la ponente inicial del asunto, María Luisa Balaguer, abrieron una brecha al proponer admitirlos a trámite, algo que, de haber prosperado, habría obligado al tribunal a pronunciarse en una sentencia sobre el derecho a la tutela judicial efectiva de las víctimas del franquismo en el actual régimen constitucional.

Sin embargo, la propuesta no salió adelante al apoyar los otros ocho magistrados la tesis contraria: concluyeron que las denuncias en las que acusaban de torturas a Pascual Honrado, agente de la Brigada Político Social, habían sido inadmitidas por un juzgado de Oviedo y por la Audiencia de esa ciudad con unos razonamientos jurídicos que argumentaban la prescripción de los delitos de lesiones y contra la integridad, la imposibilidad de perseguir retroactivamente los de lesa humanidad y el efecto de impunidad que la Ley de Amnistía de 1977 proyecta sobre las fechorías franquistas.

Dos meses y medio de tardanza en publicar una sentencia
No obstante, los argumentos de ambos bloques de magistrados, que abrirán nuevas líneas de argumentación jurídica tanto contrarias como favorables a la investigación de los crímenes del franquismo, siguen siendo un misterio dos meses y medio después de su debate en el pleno, ya que el Constitucional todavía no ha hecho pública la sentencia con sus votos particulares.

"Empieza a haber votos discordantes, y eso es algo que no sucedía antes. Es un avance, porque ya no hay una posición monolítica", explica Paloma García, abogada de Ceaqua (Coordinadora Española de Apoyo a la Querella Argentina).
A esos posicionamientos en el TC se les suman otros de magistrados de audiencias provinciales que comienzan a discrepar del veto sistemático a las pesquisas sobre los crímenes del franquismo en España.

Abrir los procesos con la intervención de la Fiscalía

En ese escenario, las peticiones de los diez grupos de víctimas conllevarían, de salir adelante, varias novedades en el tratamiento jurídico de los crímenes de la dictadura, ya que la admisión a trámite de los recursos obligaría al TC a pronunciarse, uno a uno, sobre los planteamientos de los denunciantes y a hacerlo a través de una sentencia, una resolución de un nivel jerárquico que no se ha dado en este tipo de asuntos, resueltos hasta ahora mediante autos.

Al mismo tiempo, los escritos, que reclaman el aval para la práctica de las diligencias de investigación propuestas en las querellas ahora sobreseídas, solicitan expresamente la intervención de la Fiscalía del Tribunal Constitucional en los asuntos, algo que hasta ahora tampoco ha ocurrido en ya que ningún recurso de amparo por el archivo de querellas contra los crímenes franquistas ha llegado en la práctica a ser tramitado.

"Hay grupos de Aragón, Euskadi, Navarra, Barcelona y Madrid, todos ellos con recursos de amparo planteados ante el TC desde hace meses, y en algún caso más de año y medio, sobre cuya admisión a trámite no se ha pronunciado el tribunal", explican fuentes de la querella zaragozana, cuya denuncia fue archivada por una jueza de instrucción en una decisión que la Audiencia de esa ciudad avaló asegurando que "la verdad histórica no forma parte del proceso penal".

Se trata de grupos de ciudadanos que presentaron sus querellas y denuncias al margen de los ayuntamientos que pusieron en marcha procesos de ese tipo la pasada legislatura, como ocurrió en Pamplona, Éibar o Barcelona, o que han seguido adelante con ellas tras desvincularse los consistorios como consecuencia de los cambios de equipos de gobierno después las últimas elecciones municipales, como pasó en la capital aragonesa.

Las inadmisiones de los recursos de amparo en el TC han llevado a varias entidades memorialistas y colectivos de víctimas, y también a ayuntamientos como el de Pamplona, a plantear sus casos ante el Comité de Derechos Civiles y Políticos de la ONU, cuyos dictámenes son de obligado cumplimiento por el Estado español; aunque con matices, al carecer de un mecanismo de ejecución automática que deja la decisión en manos de cada juez.

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