Este artículo se publicó hace 4 años.
Manual para no convertir España en una cárcel para la libertad de expresión
Organizaciones internacionales y juristas especializados participan en una jornada celebrada en el Congreso de los Diputados sobre el Código Penal y su impacto en derechos fundamentales como la libertad de expresión e información.
Alejandro Torrús
Madrid-
España tiene un problema con la libertad de expresión. Por varios motivos. En primer lugar, por la batería de leyes y reformas que el Partido Popular impulsó desde el poder y que se popularizaron con la etiqueta de "leyes mordaza". Entre ellas, la extensión del concepto terrorismo o la reforma de la Ley de Protección para la Seguridad Ciudadana. Por otro lado, por artículos del Código Penal existentes desde tiempo atrás. Por ejemplo, injurias a la Corona u ofensa a los sentimientos religiosos. Y, por último, por el uso torticero que en repetidas ocasiones se ha hecho de figuras jurídicas como los delitos de odio o enaltecimiento del terrorismo.
Este sería, de manera muy sucinta, el resumen de cuanto expusieron este miércoles en el Congreso de los Diputados reconocidas organizaciones internacionales en defensa de la libertad de expresión, como la Federación Europea de Periodistas o Article 19, y juristas especializados, como Jacobo Dopico, catedrático de Derecho Penal en la Universidad Carlos III o la letrada del Gabinete Técnico de la Sala Tercera del Tribunal Supremo Marta Timón, en una jornada que estuvo organizada por la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información.
La Jornada tenía como objetivo recordar a los diputados y diputadas la necesidad de reformar el Código Penal o la Ley para la Seguridad de la Protección Ciudadana para adecuar la legislación española a los convenios internacionales suscritos por el Estado y a las recomendaciones que desde diferentes organizaciones internacionales suscriben a España año tras año.
Los juristas criticaron la expansión del concepto de terrorismo y el uso del enaltecimiento
"En España se ha condenado a penas de cárcel por un chiste o una canción. Se ha multado y detenido a periodistas cuando estaban informando. Y se ha pedido prisión para medios que han publicado filtraciones. Queremos advertir que las leyes que lo han permitido siguen vigentes y deben cambiarse", señalaron desde la propia PDLI, cuya presidenta es Virginia Pérez Alonso, directora de Público.
De hecho, la propia celebración de la jornada, y sus complicaciones, fueron una muestra más del complicado momento que vive el derecho a la libertad de expresión en el país, tal y como destacó Juan Luis Sánchez, vicepresidente de la PDLI y subdirector de eldiario.es. Vox exigió al Congreso de los Diputados que impidiera la participación de César Strawberry, líder de la banda de música Def con Dos, por estar condenado a un año de prisión por humillar a las víctimas de ETA. A la vez, el partido de extrema derecha enarbolaba la bandera de la libertad de expresión para cargar contra la propuesta del Gobierno de prohibir la apología del franquismo y, mientras tanto, los expertos y expertas presentes en el Congreso criticaban tanto el delito de enaltecimiento del terrorismo como la propuesta del Gobierno.
Finalmente, Strawberry pudo acudir a la jornada en el Congreso y restó importancia al intento de censura sufrido. "Sus protestas forman parte de su derecho a la libertad de expresión y es el mejor homenaje que me pueden hacer cuando en el Constitucional se está discutiendo una posible absolución", señaló el cantante de Def con Dos, que pidió que este derecho fundamental dejara de interpretarse "desde la trinchera". "Lo respetamos cuando para lo que a nosotros nos gusta, pero queremos restringirlo para el que dice lo que no nos gusta", zanjó.
"La democracia es hija de la libertad de expresión y no al revés", dijo Adanti
A su lado, estaban Antonia Ávalos Torres, co-creadora de la perfomance del Coño Insumiso, implicadas desde hace años en un procedimiento penal, y Darío Adanti, cofundador de la revista satírica Mongolia, quien también tiene un proceso abierto en la Justicia por el extorero Ortega Cano. "Dicen que la libertad de expresión es hija de la democracia. Pero no. Es al revés. La democracia es hija de la libertad de expresión", reflexionó el cómico. "El único terrorismo que sigue vivo en España es el terrorismo machista que acaba con la vida de una mujer o de sus hijos cada dos días", dijo Ávalos Torres. Los tres fueron los encargados de poner un rostro humano a los excesos de la Justicia y unas leyes que han penalizado la sátira, la crítica política o a los colectivos antisistema.
Antes, un elenco de juristas de reconocido prestigio habían explicado cuáles deben ser los límites de la libertad de expresión y las reformas necesarias. El jurista de la PDLI y miembro del Center for Internet and Society de la Universidad de Stanford, Joan Barata, señaló que la limitación del derecho fundamental a la libertad de expresión solo tiene razón de ser cuando el discurso incite a la comisión de un delito a terceros y, además, exista la posibilidad real de que se puedan cometer. "Siempre es fundamental analizar el contexto en el que se enuncia ese mensaje", incidía Jacobo Dopico, miembro del Grupo de Estudios de Política Criminal. "Los límites a la libertad de expresión tienen que ser previsibles, claros y precisos. Y hay artículos, como el 510, cuya claridad o previsibilidad no es tan clara", señalaba Marta Timón.
"El único terrorismo que sigue vivo en España es el terrorismo machista", señaló Antonio Ávalos
Así, los expertos y expertas han criticado la expansión del concepto terrorismo en el Código Penal, la "redacción amplia y ambigua" del delito de enaltecimiento del terrorismo, la redacción "imprecisa y en exceso genérica" del artículo 510 que regula el delito de odio, o la necesidad de acabar con delitos como el de injurias a la Corona o la ofensa a sentimientos religiosos. Asimismo, prácticamente la unanimidad de los ponentes han compartido la idea de que no es necesario ni procede incluir en el Código Penal el delito de apología del franquismo. En este sentido, Ignacio González Vega, portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia, señaló que no la apología de la dictadura debería castigarse solo cuando se incite a la comisión de un delito: "Pero para eso ya tenemos el actual Código Penal, que tendría que adelgazarse, no ampliarse".
De esta manera, la Plataforma en Defensa de la Libertad de Expresión ha pedido al Congreso que comience a actuar desde ya. "La libertad de expresión es innegocibale", ha sentenciado Virginia Pérez Alonso. A continuación, Público reproduce las 10 razones esgrimiadas por la PDLI por las que el Código Penal vulnera la libertad de expresión y debe ser reformado:
1. La expansión del concepto terrorismo
Con la nueva definición del artículo 573, existe en España una larga lista de delitos que pueden considerarse terrorismo, en función de las finalidades del autor, como "alterar gravemente la paz pública" o "desestabilizar el funcionamiento de una organización internacional".
2. Enaltecimiento: titiriteros, tuiteros y cantantes terroristas
El enaltecimiento del terrorismo (artículo 578), por su redacción amplia y ambigua, ha originado decenas de investigaciones y procedimentos penales dirigidos a censurar opiniones, ideas, expresiones o informaciones críticas, disidentes o radicales, pero en cualquiera de los casos merecedoras de protección en un estado democrático y plural como el español".
3. Consultar páginas web también puede ser terrorismo
Según el artículo 575, acceder de manera habitual a una web de adiestramiento terrorista puede suponer una pena de hasta cinco años de prisión. Para ello será necesario probar que se accedía con la finalidad de capacitarse, lo que entra dentro del terreno subjetivo.
4. Filtraciones y delitos informáticos: otras posibles acciones terroristas
Entre los delitos de terrorismo se encuentran delitos informáticos relacionados con la revelación de secretos, lo que afecta de lleno a la actividad informativa, especialmente la relacionada con el periodismo de investigación.
5. Internet es objeto de especial 'persecución'
No solo las penas se gravan si la difusión de este tipo de contenidos se produce en la Red, independientemente del alcance de los mismos: se da la paradoja de que un tuit con poco eco puede conllevar más pena que ese mismo mensaje difundido por otro canal con mayor difusión.
6. Cuando una crítica es discurso de odio
Con una redacción imprecisa y en exceso genérica, el artículo 510 abre la puerta a denuncias (y, eventualmente, a procedimientos judiciales) por expresiones que o bien no suponen un riesgo cierto ni inminente para ningún grupo vulnerable o bien están dirigidos a colectivos que no lo son.
7. Delitos de injurias y calumnias
Los delitos de la injuria y la calumnia están recogidos en el Código Penal en los artículos 205 y 206. A pesar de que ya no conllevan penas de prisión, Naciones Unidas ha instado en repetidas ocasiones a eliminarlos y a reservar al orden civil los litigios en materia de reputación.
8. Ofensa a los sentimientos religiosos
El Código Penal en sus artículos 524 y 525 criminaliza las expresiones que puedan ofender a los sentimientos religiosos, algo impropio no sólo de un estado aconfesional, sino también de un estado democrático que tiene en el pluralismo uno de sus valores fundamentales.
9. Injurias a la Corona y a los símbolos del Estado
En España, contrariamente a lo que indican los estándares internacionales sobre libertad de expresión, siguen presentes en el Código Penal español tanto el delito de injurias y calumnias a la Corona (artículos 492 a 494) como el de injurias del Estado (artículo 504). Además. el artículo 543 establece como delito lo que se denomina como ultrajes a España.
10. Un hastag te puede llevar a la cárcel
La reforma de 2015 introdujo artículos genéricos e imprecisos dirigidos a criminalizar el activismo en red, como el artículo 559, que convierte en delito la difusión de mensajes y consignas que puedan "perturbar la paz social".
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