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Sumar subraya la legalidad de la amnistía y recuerda las del PP en un informe para la Comisión de Venecia

El documento lo ha redactado el diputado y portavoz Enrique Santiago y ya se ha entregado a la Comisión, que remitirá su propio dictamen, no vinculante, a mediados del mes de marzo.

Enrique Santiago
Enrique Santiago, portavoz sustituto de Sumar, durante el pleno del pasado día 20 de febrero en el Congreso de los Diputados. Fernando Villar / Agencia EFE

Sumar ha elaborado un informe para la Comisión de Venecia en el que remarca el encaje legal —tanto nacional, como europeo— de la amnistía y recuerda a los miembros del organismo las amnistías fiscales que ha impulsado el Partido Popular (PP) a lo largo de la democracia, así como el indulto que promovió el Gobierno de José María Aznar, en el año 2000, a más de 1.400 personas "por motivos religiosos", tal y como se explica en el documento, al que ha tenido acceso Público.

Enrique Santiago, portavoz de Izquierda Unida (IU) en el Congreso, además de portavoz sustituto del Grupo Plurinacional de Sumar, ha sido el encargado de elaborar el informe. Fue el PP —en concreto, la Mesa del Senado— quien solicitó a la Comisión de Venecia (Comisión Europea para la Democracia por el Derecho, en su nombre oficial) que emitiera un dictamen para comprobar si la ley respeta los derechos fundamentales. Los miembros de dicho organismo desembarcaron en Madrid a principios de febrero y se reunieron con la comisión de Justicia del Congreso, donde se está tramitando la amnistía, y con miembros del Senado. Los populares les entregaron varios documentos.

La Comisión de Venecia entregará su dictamen, que no es vinculante al no tratarse de un organismo perteneciente a la Unión Europea (UE), a mediados de marzo de 2024. El informe que ahora le remite Sumar pretende influir en él.

Santiago defiende, en el documento, la necesidad social de la amnistía, su encaje legal en la Constitución Española y su ajuste a lo que establece la Justicia europea. Además, subraya que de la amnistía, tal y como está redactada, quedarán "excluidos cualquier tipo de acto de desviación de dinero público que no tuviera por objeto la organización de los referéndums de autodeterminación". Y enfatiza: "Los actos de corrupción nunca serán amnistiados".

Antes de entrar en el encaje de la amnistía en la legalidad vigente española, en el informe también se puntualiza que la ley parte de la premisa de que "no cualquier acto puede ser amnistiado" y que, de acuerdo con el criterio europeo, se excluyen de la ley la "tortura y las penas o tratos inhumanos o degradantes" y se especifica la lucha contra el terrorismo, respetando el artículo 3 de la Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2017.

Encaje con la legalidad española

Santiago aclara que "la amnistía y su otorgamiento no están prohibidas en la Constitución Española" y también remarca que el Tribunal Constitucional (TC) "ha abordado la cuestión de la amnistía en un par de ocasiones sin cerrar su utilización en el momento que fuese preciso, estableciendo que sólo el legislador —desde la igualdad— podrá integrar el derecho que permita la aplicación en cada caso de la amnistía". Asimismo, cita dos sentencias del TC (STC 63/1983 y STC 147/86) en las que puntualiza que "la amnistía responde a una razón de Justicia, como exigencia derivada de la negación de las consecuencias de un derecho anterior cuya corrección se hizo indispensable".

Por otro lado, pone sobre la mesa un informe previo de la Secretaría del Congreso de los Diputados, del año 2018, en el que se aseguró que sería constitucional una amnistía para "un número indeterminado de guardias civiles sancionados por realizar actividad asociativa cuando estaba todavía prohibida en este cuerpo armado que se rige disciplinariamente por el Código Penal militar". El diputado señala, así, un caso totalmente ajeno al procés independentista en el que los letrados del Congreso observaron encaje constitucional en la amnistía.

En el informe se incluye un apartado sobre las referencias a la amnistía en las leyes españolas "vigentes o recientes". Especialmente, habla de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que, en su artículo 666, "contempla la amnistía como excepción para no afrontar un juicio".

Santiago resuelve que "la amnistía sigue formando parte de nuestro ordenamiento jurídico y el precepto legal en el que se contiene es plenamente constitucional, toda vez que ni ha sido derogado ni se ha solicitado su derogación por parte de ningún grupo parlamentario". Además, enumera otras cinco leyes aprobadas desde los años ochenta en las que aparece alguna referencia a la figura de la amnistía.

La perspectiva europea

"Desde la perspectiva del derecho de la UE, la institución de la amnistía está perfectamente homologada", continúa el abogado. Para fundamentarlo, recurre a varias referencias que aparecen en sentencias y acuerdos. Cita, por ejemplo, "la decisión marco del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros, cuyo artículo 3 prevé que cuando el delito esté cubierto por la amnistía en el Estado miembro de ejecución se denegará la orden de detención europea".

También incluye otra sentencia del TJUE en la que resuelve que la amnistía "tiene por finalidad despojar de su carácter delictivo a los hechos a los que se aplica, de tal modo que el delito ya no pueda dar lugar al ejercicio de acciones penales y, en caso de que ya se haya impuesto una condena, que se ponga fin a su ejecución, implica por tanto, en principio, que la sanción impuesta ya no pueda ejecutarse".

No se olvida de lo que dice sobre la amnistía el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que "ha reconocido la validez y oportunidad política de la amnistía, fijando como límite las graves violaciones de los derechos humanos", algo que especifica la redacción de la ley de amnistía que se está tramitando en España.

Las amnistías que ha impulsado el PP

Con otro punto del informe, Santiago da argumentos a la Comisión de Venecia para derribar los argumentos del PP y desacreditarlo. "El Partido Popular se ha embarcado en una cruzada contra una posible amnistía mientras olvida que sus gobiernos amnistiaron a miles de personas que habían defraudado a la hacienda pública", desliza. Santiago enumera "hasta cuatro amnistías fiscales patrocinadas por distintos gobiernos del PP", cuyas consecuencias "también tuvieron su reflejo en el ámbito penal, toda vez que los grandes defraudadores también evitaron la apertura de procedimientos por delitos fiscales".

Dedica especial atención a la que llevó a cabo, en el año 2012, el Gobierno de Mariano Rajoy, que benefició a 30.000 personas, entre ellas "Jordi Pujol, Rodrigo Rato, Luis Bárcenas, los Franco o Diego Torres, el ex socio de Iñaki Urdangarin". Además, añade que "solamente conocemos a unas 60 [personas amnistiadas] por la información publicada en prensa de las 31.484.

Y, aparte de las citadas amnistías, el Partido Popular también promovió "1.443 indultos en un mismo Consejo de Ministros", tal y como explica Santiago, que lo califica de un "cuasi indulto general", algo que prohíbe la Constitución. Fue en el año 2000 y el Gobierno de José María Aznar, como también refleja el informe, lo justificó como un "gesto hacia el papa".

Con todo, Sumar busca contraatacar la versión que tanto Partido Popular como Vox dieron de la amnistía durante las reuniones con la Comisión a principios de febrero. El informe también explica, en respuesta a "quienes son contrarios a esta medida", que la amnistía "implica la extinción de responsabilidad criminal por el hecho cometido, pero no supone la despenalización de una conducta si se vuelve a cometer un delito posterior de naturaleza similar". Santiago lo escribe para no dejar lugar a dudas de que dicha ley "no es una patente de corso" para volver a realizar las mismas conductas.

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