El Supremo cita a Puigdemont para que declare como investigado por terrorismo en 'Tsunami'
El expresident y el diputado de ERC Rubén Wagensberg están citados para declarar por videoconferencia entre el 17 y el 21 de junio, un mes después de las elecciones catalanas.
Madrid-Actualizado a
La magistrada del Tribunal Supremo Susana Polo ha citado como investigado al expresident de la Generalitat, eurodiputado de Junts y candidato de Junts+ Puigdemont per Catalunya, Carles Puigdemont, para que entre el 17 y el 21 de junio declare de forma voluntaria vía videoconferencia en la causa de Tsunami Democràtic por delitos de terrorismo.
El diputado autonómico Rubén Wagensberg, de ERC, también ha sido citado a declarar en esta causa. El secretario cuarto de la Mesa del Parlament se instaló en Suiza el pasado febrero para buscar asesoramiento legal ante los movimientos de la Justicia española.
El candidato de Junts+ Puigdemont per Catalunya está citado en esa franja de fechas, aunque el día concreto será señalado por la jueza encargada del caso. Lo que es seguro es que será después de las elecciones catalanas del 12 de mayo.
Fuentes del entorno de Puigdemont trasladan a Público que aún no se les ha notificado el auto de la magistrada y que no se ha tomado una decisión sobre si el expresidente y nuevo candidato declarará por videoconferencia.
Puigdemont ha trasladado su residencia de Bruselas al sur de Francia para preparar la campaña de las elecciones autonómicas y poder estar más cerca de Catalunya, territorio al que tiene previsto volver para el debate de investidura, que tendría lugar como muy tarde para el 25 de junio, según indicaron fuentes de su partido.
El Supremo desoye a la Fiscalía e imputa a Puigdemont
Tras analizar la exposición razonada elevada por el magistrado de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, en la que exponía los indicios que a su juicio acreditan la participación de los dos aforados en los hechos investigados, el Supremo decidió imputar a Puigdemont y Wagensberg.
Esta decisión fue contraria a la opinión de la Fiscalía, que en su informe definitivo se mostró contraria a que el Supremo se quedara con la investigación de Tsunami, al no apreciar indicios de delito de terrorismo en la causa ni en relación a los dos aforados.
En su argumentario, para el Supremo no hay duda alguna de que los hechos que se imputan a la plataforma Tsunami Democràtic "se incardinan en el delito de terrorismo" y recoge al menos una decena de sentencias de terrorismo callejero que consolida su doctrina sobre este delito.
El auto se centra en los hechos ocurridos el 14 de octubre de 2019 en el Aeropuerto del Prat de Barcelona e indica que el movimiento Tsunami Democràtic responde a "la lucha por combatir la Sentencia 459/2019 del procés, en la que se había condenado por sedición y malversación agravada a varios miembros del Gobierno de Cataluña, trasladando a la opinión pública internacional la injusticia palmaria de la resolución y organizando actos violentos para evitar su cumplimiento. Puigdemont era el presidente de aquel Gobierno y estaba, y sigue estando, fugado de la justicia, evitando su enjuiciamiento por esta Sala Segunda".
La paralización del aeropuerto, el uso de "instrumentos peligrosos y artefactos de similar potencia destructiva a los explosivos" y las "lesiones de especial gravedad a miembros de los Cuerpos de Seguridad del Estado" se produjeron "con perfecta coordinación", según el Supremo.
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