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La jueza retira el pasaporte a Trapero y le impone comparecencias cada quince días

El mayor de los Mossos d'Esquadra y los presidentes de ANC y Òmnium comparecen por segunda ver ante la juez de la Audiencia Nacional acusados de delito de sedición

El mayor de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero (c), a su llegada a la Audiencia Nacional para declarar como imputado de sedición. EFE/ J.J.Guillén

JULIA PÉREZ/AGENCIAS

La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha dejado en libertad al mayor de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluis Trapero, pero le ha impuesto medidas cautelares, por su papel en la organización del referéndum del 1-O.

La juez ha rechazado la petición de la Fiscalía, que había reclamado prisión sin fianza para Trapero, pero le prohíbe la salida del país y le retira el pasaporte, y le obliga a comparecer cada quince días en el juzgado. 

La juez Lamela ha comunicado su decisión a las partes a las seis de la tarde, después de que por la mañana haya comparecido el mayor de los Mossos, que ha estado declarando por espacio de casi dos horas (desde la una y media hasta casi las tres y media). Luego, ha abandonado cabizbajo la Audiencia Nacional, donde regresará a las seis de la tarde para conocer la decisión de Lamela.

Trapero estaba citado en la Audiencia Nacional con los presidentes de la Asamblea Nacional Catalana (ANC), Jordi Sánchez, y el de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, y con la intendente del cuerpo autonómico, Teresa Laplana, para declarar por segunda vez, en la investigación del asedio a la Guardia Civil el pasado 20 de septiembre durante el registro policial de la Consellería de Economía así como de los sucesos ocurridos durante el referéndum del 1-O.

Trapero ha llegado a la Audiencia Nacional a las 9.27, vestido de paisano con un traje de chaqueta gris por recomendación de sus abogados,  y ha declinado hacer ningún comentario al casi centenar de periodistas que se congregaba en las puertas de la Audiencia Nacional. Ha venido acompañado por el comisario de los Mossos Joan Carles Molinero y el comisario Ferrán López, al que Trapero envió a algunas de las reuniones de coordinación policial de cara al 1-O.

Su actuación "no aparece lo suficientemente perfilada"

En su auto, la juez Lamela  señala que la actuación de Trapero en los hechos del pasado 20 y 21 de septiembre en Barcelona "no aparece lo suficientemente perfilada" hasta el punto de vincularle directamente con los incidentes.

No obstante la magistrada le recuerda que se trata de hechos "muy graves" que revisten carácter de delito de sedición, penado con hasta diez años de prisión, y que existen elementos que vinculan al jefe policial con la estrategia "de finalidad independentista" del Gobierno catalán.

Se refiere al contenido del documento enfoCat hallado durante el registro del domicilio del número dos de Economía del Govern Josep Maria Jové Lladó, la pasividad, aún por investigar, que se atribuye a los Mossos en los hechos ocurridos durante la celebración del referéndum ilegal del pasado 1 de octubre, o el contenido de las conversaciones telefónicas autorizadas por el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona "en las que se vislumbra una actividad de contravigilancia para proteger a determinadas personas frente a posibles actuaciones de la Policía o la Guardia Civil".

La intendente, en libertad provisional

Las medidas adoptadas con Trapero son las mismas que ha acordado la juez para  la intendente de los Mossos, Teresa Laplana (la siguiente en la línea de mando tras el mayor del cuerpo), investigada por no atender las peticiones de ayuda de la comisión judicial que fue rodeada por una multitud en el registro de la sede de la Consellería de Economía del 20 de septiembre, en Barcelona.

La jueza igualmente ha rechazado la petición de la Fiscalía, que reclamaba la prisión provisional eludible bajo una fianza de 40.000 euros. Las medidas cautelares que le ha impuesto son también la prohibición de abandonar el territorio nacional, la retirada del pasaporte, y comparecencias quincenales en el juzgado más cercano.

La intendente de los Mossos ha declarado ante la juez Carmen Lamela por videoconferencia, debido a unos problemas de salud que le han impedido trasladarse a Madrid.

Los presidentes de la Asamblea Nacional Catalana, Jordi Sànchez, y de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, a su llegada a la Audiencia Nacional para declarar ante la juez Carmen Lamela como imputados por un delito de sedición. EFE/ Juan Carlos Hidalgo

Los presidentes de la Asamblea Nacional Catalana, Jordi Sànchez, y de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, a su llegada a la Audiencia Nacional para declarar ante la juez Carmen Lamela como imputados por un delito de sedición. EFE/ Juan Carlos Hidalgo

Antes de Trapero y de la intendente del cuerpo han declarado como testigo la letrada del juzgado de instrucción 13 de Barcelona, encargada de certificar el registro a la consejería de Economía el día 20 de septiembre, quien ha relatado cómo tuvo que ser evacuada por los tejados ante la multitud que había sido convocada a las puertas y que le impedía salir desde hacía varias horas.

También han declarado como testigos dos guardias civiles que practicaron estos registros.

ANC y Òmnium, por la tarde

Tras la comunicación de las medidas para trapero, han comenzado las comparecencias de los presidentes de la ANC y de Òmnium Cultural ante la juez Lamela.

Sánchez y Cuixart llegaron a la Audiencia Nacional sobre las 09:47 de la mañana, y fueron recibidos a su llegada por los aplausos de una veintena de diputados independentistas con consignas como "No estáis solos", a las que han respondido sonriendo.

Los investigados estaban citados a las 10.00 horas junto con la intendente de los Mossos Teresa Laplana, todos ellos investigados por un delito de sedición penado de entre 8 a 15 años de cárcel. Trapero, Sánchez y Cuixart ya comparecieron el pasado día 6 ante la juez Carmen Lamela, que les volvió a citar a la vista de un segundo informe del instituto armado que extiende los hechos investigados al 1-O.

La causa está abierta en la Audiencia Nacional por sedición, delito regulado en el Código Penal que sanciona con penas de hasta 15 años de cárcel a quienes se alcen pública y tumultuariamente para impedir “la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales” (artículo 544).

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