El Tribunal Supremo fijará en junio su criterio sobre la rebaja de condenas por la ley del 'solo sí es sí'
La decisión del Supremo sobre la utilización del derecho transitorio y la valoración de más de 20 sentencias rebajadas, llegará después de las elecciones municipales y autonómicas del 28M y probablemente tras la reforma de la ley que ha propuesto el PSOE.
Marisa Kohan
Actualizado a
El Tribunal Supremo ha anunciado este martes que celebrará un pleno monográfico los próximos 6 y 7 de junio para fijar doctrina sobre la revisión de sentencias firmes por la ley del solo sí es sí. Esos días la Sala de lo Penal estudiará más de 20 recursos de casación presentados por las partes contra los autos de revisión de condenas por delitos sexuales realizados a lo largo de los últimos meses por diversas Audiencias Provinciales en aplicación de esta norma y analizará si ésta era más beneficiosa o no para el reo.
El principio de retroactividad es un derecho fundamental por el que se debe aplicar al penado la ley más favorable y cualquier modificación del Código Penal que toque los tipos penales a la baja, puede llevar asociada la revisión de las penas en beneficio del reo. Este derecho no solo está recogido en el Código Penal (artículo 2.2), sino también en la Constitución.
La cascada de rebajas de condenas firmes por violencia sexual tras la entrada en vigor de la norma en octubre pasado (más de 700 según los últimos datos), llevaron al Ministerio de Igualdad a afirmar que diversos jueces y tribunales estaban haciendo una aplicación mecánica e incorrecta del derecho transitorio, y que las rebajas tenían su origen en una interpretación incorrecta de la nueva norma.
Tras las elecciones regionales y la reforma de la ley
La revisión planteada ahora por el Supremo llegará sólo unos días después de que hayan tenido lugar las elecciones municipales y autonómicas del próximo 28 de marzo y probablemente después de que la ley haya sido modificada por el Parlamento. El Partido Socialista presentó una propuesta de ley para modificar la norma que será estudiada en el pleno del Congreso probablemente el próximo día 20 de abril y que unos días después podría ratificar el Senado al estar siendo tramitada de urgencia.
Durante los primeros meses en los que se constataron numerosas rebajas de condenas, el Gobierno contó con conocer la jurisprudencia del Tribunal Supremo al respecto. Sin embargo, dicha actuación no llegó. Las presiones a las que se vio sometido el Partido Socialista ente la cercanía de los comicios regionales y las elecciones generales a finales de año, empujó al PSOE a no esperar más y proponer un cambio en la norma para evitar los "efectos indeseados" de la ley.
Diversos juristas afirmaron Público que el Tribunal Supremo puede sentar jurisprudencia de dos formas: mediante sentencias en las que interprete la norma o convocando un pleno extraordinario de la Sala Segunda de lo Penal que puede analizar los hechos y sentar jurisprudencia. Sin embargo, esta última opción no se ha producido hasta ahora y se realizará en junio, a pesar de la gran disparidad territorial que presentaban las rebajas de condenas. Algunas audiencias, como la de la Rioja, entendieron que en aplicación del derecho transitorio vigente, no correspondía rebajar condenas y sólo concedió una reducción de las más de 55 que revisó. Otras, por el contrario, rebajaron decenas de sentencias en base aduciendo que la nueva ley era más favorable al reo.
Hace unas semanas, una directiva de la Fiscalía General del Estado instruyó a los Fiscales a oponerse a las rebajas de condenas si la pena podía ser aplicada con la nueva norma. También pidió a los fiscales que recurrieran ante el Supremo aquellas que consideraran que no debían ser reducidas.
Entonces el propio Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, anunció que se esperaban una avalancha de recursos ante el Supremo por las rebajas "injustificadas" de condenas justificadas por la entrada en vigor de la nueva norma.
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