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Memoria Histórica Alcaldes contrarios a la Memoria aprovechan la falta de jurisprudencia para mantener el callejero franquista

Ayuntamientos contrarios a eliminar los vestigios del franquismo obtienen en los tribunales el respaldo judicial para sortear esa obligación legal mediante la creación de comisiones de estudio y el envío de consultas al Gobierno central.

Varios tribunales han avalado la permanencia de vestigios franquistas en los callejeros mediante tretas jurídicas de ayuntamientos / EP
Varios tribunales han avalado la permanencia de vestigios franquistas en los callejeros mediante tretas jurídicas de ayuntamientos / EP

La falta de una jurisprudencia clara en materia de memoria histórica está permitiendo a los ayuntamientos contrarios a las tesis memorialistas obtener con relativa frecuencia en los tribunales el aval para las tretas burocráticas con las que tratan de eludir el cumplimiento de la ley, que obliga a catalogar y a retirar "escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la guerra civil y de la represión de la dictadura".

Esta situación se da al mismo tiempo que, en el ámbito político, PP y C’s secundan a Vox para retirar del callejero madrileño a Francisco Largo Caballero y a Indalecio Prieto en una estrambótica (y criticada) interpretación de la Ley de Memoria que está por ver si supera el tamiz administrativo y, en todo caso después, el judicial.

"Apenas ha habido jueces que hayan condenado a ayuntamientos a elaborar el catálogo de vestigios, algo que solo ha ocurrido en Melilla y en Torrejón de Ardoz, mientras la mayoría lo rechazan apelando al derecho de petición", explica Eduardo Ranz, abogado y especialista en asuntos de memoria.

El derecho de petición, que permite a los ciudadanos solicitar directamente actuaciones a las administraciones, tiene, entre otras lagunas para los peticionarios, la de darse por cumplido con el compromiso de estudiar la propuesta, sin mayores obligaciones para el apelado.

El tratamiento jurídico de iniciativas memorialistas en el marco de ese derecho ha servido a menudo para avalar el rechazo de los consistorios contrarios a retirar vestigios franquistas de los espacios públicos, tal y como le ha ocurrido hace unos días a la Fundación 14 de Abril en Zaragoza.

Un laberinto burocrático

A esa interpretación de las iniciativas se les unen dos tretas administrativas cada vez más frecuentes en los pleitos sobre la retirada de vestigios de la sublevación de 1936 y de la dictadura: la creación de una comisión con expertos y técnicos para tratar la procedencia de su retirada y el traslado de los asuntos a la Secretaría de Estado de Memoria Histórica para que se pronuncie sobre ellos.

"Los asuntos acaban perdiéndose en un laberinto burocrático, pero las demandas decaen porque en esos casos los jueces concluyen que no ha habido inacción del ayuntamiento ante las obligaciones de la Ley de Memoria", explica Ranz, que anota que en ocasiones y "paradójicamente, la Secretaría de Estado se acaba convirtiendo en la coartada de los alcaldes contrarios" al memorialismo.

"La Ley llegó a donde llegó, y dejó flecos abiertos, y las cuestiones de interpretación de las leyes se dirimen en los tribunales", apunta Txema Urkijo, exresponsable de Memoria en el Ayuntamiento de Madrid, para quien "falta un criterio jurisprudencial que establezca con claridad los criterios que han de aplicar los tribunales".

La capital se encuentra a la espera de que el Tribunal Superior de Justicia se pronuncie sobre los recursos que afectan a las 52 calles cuyo cambio de denominación aprobó en abril de 2017 el ayuntamiento con el apoyo de Ahora Madrid, PSOE y C’s y la abstención del PP, un listado del que se cayeron nueve modificaciones en los juzgados de lo Contencioso.

"Se está haciendo esperar, aunque pensábamos que saldría antes de las elecciones municipales", indica Urkijo, que destaca la disparidad de los criterios aplicados por los tribunales en unos asuntos en los que "básicamente lo que se ha cuestionado han sido los informes del Comisionado para la Memoria", que contaron con el aval de los grupos municipales y ante los que "algunos jueces se han erigido en historiadores".

Las calles ya no cambian de nombre en Zaragoza

No es eso lo que ha ocurrido en Zaragoza, donde dos juzgados de lo Contencioso, los números 1 y 2, han avalado en la práctica las decisiones de PP y C’s de eludir la elaboración del catálogo de vestigios y de paralizar el cambio de denominación de ocho calles dedicadas a personajes destacados del franquismo que iban a ser reemplazados por mujeres que destacaron en las artes y las ciencias y por el primer Justicia (ombudsman) autonómico, Emilio Gastón.

El número 2 concluyó que la creación de "un grupo de trabajo destinado a cumplir con el fin de la citada ley" colmaba el derecho de petición en lo relativo al catálogo, mientras que el número 1 acaba de dictaminar que su puesta en marcha "supone en la práctica una estimación de las pretensiones" de la Fundación 14 de Abril, que centraba su reclamación en tres de las ocho calles, por parte del consistorio y "tras un estudio más profundo de las alegaciones".

Según la jueza, el ayuntamiento habría decidido "estudiar con el debido rigor técnico e histórico" la procedencia de los cambios, que se referían a las vías dedicadas a Miguel Allué Salvador, primer alcalde franquista de Zaragoza; Gonzalo Calamita, rector que dirigió la purga de la universidad, y Rosendo Doménech, arzobispo de cabecera de Franco y apologista de su régimen.

Cuando los represores actúan de oficio

El rigor, sin embargo, consiste hasta la fecha en el encargo de un informe sobre once calles (esas tres y otras ocho) a un experto en historia antigua (Guillermo Fatás), un medievalista (José Ángel Sesma) y una periodista (Pilar Barranco), que han concluido que no debe modificarse ninguna denominación: para ellos, el concepto de "personas vinculadas a la defensa del régimen franquista" resulta de "indeterminado y de muy difícil delimitación" y las intervenciones en procesos de depuración eran "con frecuencia impuestos por oficio a determinados cargos, políticos o no".

"Hay una consideración fundamental: las leyes se cumplen y no pueden estar al albur de las consideraciones de un grupo de expertos o de quien, como el Ayuntamiento de Zaragoza, no quiere cumplirla", indica Adolfo Barrena, de la Fundación 14 de Abril, que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

En este caso añade, "no hay ningún género de dudas sobre la incontestable trayectoria de unos personajes clave del franquismo e instalados en su aparato represor", añade Barrena. "En democracia, por encima de las ideologías está el cumplimiento de las leyes y las sentencias", anota Ranz.

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