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Confirman el derecho a diez semanas más de prestación a una madre monoparental

La mujer, que tuvo una hija el verano pasado, pedía que el plazo fuera de 16 semanas más. Mientras, el TSJC rechaza el argumento de la Seguridad Social, que considera que no se debe ampliar la prestación.

04/05/2022-Mujer embarazada
Mujer embarazada. PIXABAY

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado el derecho de una mujer a disfrutar de diez semanas más -adicionales a las 16 semanas que le correspondían y ya disfrutó- de prestación por nacimiento. La solicitante había conformado una familia monoparental tras tener una hija el pasado verano.

En la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal, esta respalda la decisión adoptada el pasado mes de enero por el titular del Juzgado de lo Social número 4 de Santander. La confirmación resuelve los recursos de la mujer —quien pide que la ampliación de la prestación sea de 16 semanas—, y de la Seguridad Social —que considera que no se debe ampliar la prestación—.

En un comunicado, el TSJC rechaza el argumento de la Seguridad Social, que consideraba que no conceder esta prestación adicional no supone discriminar al menor de una familia monoparental, pues "también discriminaría al menor de una familia biparental en la que uno de los progenitores no tuviera derecho, o no lo tuviera ninguno".

El TSJC afirma que las normas deben aplicarse buscando "el interés superior del menor"

La Sala de lo Social entiende que "las normas de protección en relación con el nacimiento y cuidado del menor deben interpretarse a la luz del principio general del interés superior del menor".

Para el Tribunal, reconocer únicamente 16 semanas "provoca que el menor esté menos tiempo cuidado y atendido que aquel que tenga a sus dos progenitores, siempre y cuando estos no disfruten de sus permisos de forma simultánea".

La resolución rechaza también ampliar a 16 semanas esa prestación, como pedía la madre. "Implicaría una desigualdad porque la familia monoparental disfrutaría de treinta y dos semanas frente a las veintiséis de la biparental en caso de alternancia entre los dos progenitores", ha valorado el TSJC.

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