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DESAHUCIOS Así funciona la ley de desahucio exprés 

Se han agilizado los procedimientos gracias a la aplicación de nuevos mecanismos, que permiten devolver la vivienda al propietario en un plazo de 30 días. 

Foto de archivo de una protesta callejera contra un desahucio. / EFE

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La ley de deshaucio exprés que se aprobó hace algo más de medio año ha permitido agilizar el proceso por el que los propietarios pueden recuperar sus viviendas tras una ocupación. Hace unas semanas, el presidente del PP, Pablo Casado, proponía que los desahucios puedan ejecutarse en un plazo de 24 horas. Actualmente, el procedimiento se ejecuta en unos 30 días gracias a una serie de medidas contempladas en la Ley 8/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

El principal cambio viene dado por la posibilidad que tienen ahora los propietarios de acceder a un juicio civil de desahucio de manera más fácil y barata. El proceso a seguir es el de presentar una demanda civil de desahucio, tras la que se establece un plazo aproximado de un mes en el que el propietario suele recuperar la vivienda. Dependiendo de la carga de trabajo que tengan los juzgados de primera instancia que tramiten el asunto, el periodo de tiempo se podría alargar, pero no por más de cinco meses.

Tras el establecimiento de la demanda, los okupas son notificados para que acrediten, mediante un documento como un contrato de alquiler o una escritura, su derecho a permanecer en la vivienda. Si no lo hacen en un plazo de cinco días, el juez autoriza el desahucio y establece una fecha y hora para que se ejecute. Uno de los escollos que se suelen atrasar el proceso es las presentación de títulos jurídicos falsos por parte de los okupas.

La ley exprés, protege a los propietarios pero también a las Administraciones públicas con vivienda social, pero no a entidades financieras, promotoras ni fondos de inversión.

Lo que propone actualmente el líder del PP, además de reducir los plazos, es que la ocupación se pene con entre uno y tres años de cárcel, además de incluir a los bancos y a los fondos de inversión para que se puedan acoger a esta ley. También añade que los inmuebles ocupados no tengan condición de domicilio, para que no se puedan empadronar en esas viviendas quienes no estén autorizados e incorpora la posibilidad de tapiar las puertas de los inmuebles ocupados.

Pólizas de seguros y cerraduras electrónicas

Con el auge de las mafias dedicadas a la ocupación de viviendas también han proliferado los métodos para combatirlos. Los seguros de hogar han comenzado a incluir cláusulas en sus pólizas que especifican la cobertura de los gastos jurídicos en caso de ocupación.

Además, los productos de seguridad existentes se han multiplicado y van desde los más tradicionales, como las puertas blindadas y los sistemas de alarmas, como la instalación de cerraduras electrónicas que permiten controlar el acceso a la vivienda de manera remota.

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