La Justicia europea prohíbe la caza de lobos cuando su estado de conservación sea desfavorable
Únicamente se podrá matar al animal cuando haya causado daños graves, si la población se encuentra en un estado de conservación favorable y no existe otra solución.
Bruselas-Actualizado a
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado este jueves la prohibición de cazar lobos. Únicamente se podrán conceder excepciones cuando el estado de conservación de la población animal sea favorable, el ejemplar pueda causar daños graves y no exista otra solución posible.
Este fallo responde a una cuestión prejudicial planteada en Austria. Varias organizaciones de protección animal impugnaron que el Gobierno del Estado Federado de Tirol –región al oeste de Austria– autorizase el sacrificio de un lobo que había matado a 20 corderos.
De este modo, el TJUE ha ratificado la concesión de "protección rigurosa" a los lobos, por lo tanto, "en principio está prohibido cazarlos", ha señalado. Solo se podrán matar si se cumplen estos requisitos: que el animal pueda causar daños graves y que la población se encuentre en un estado de conservación favorable. Sin embargo, este "no es el caso" ni de la región de Tirol ni del conjunto de Austria.
En esas situaciones extraordinarias, además, se tendrán que atribuir los daños graves, "al menos en gran medida", al ejemplar del que se trate. No se podrán imputar los daños indirectos que no sean responsabilidad de ese único lobo y que "resulten de los abandonos de explotación y de la reducción del número total de animales de cría no son suficientes", ha indicado el fallo.
Por último, para cumplir con la excepción, deberá comprobarse que "no haya ninguna otra solución satisfactoria", teniendo en cuenta las implicaciones económicas, como la protección de los pastos alpinos u otras soluciones.
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