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La Audiencia Nacional absuelve al etarra Errazkin del atentado contra la sede del PSE por falta de pruebas

La Fiscalía pedía para él 23 años de cárcel por el ataque cometido en 2009 en Lazkao (Guipúzcoa). Además de este delito, estaba acusado de otro de pertenencia a organización terrorista, del que también ha quedado absuelto.

El miembro de ETA Ugaitz Errazkin, durante el juicio celebrado en la Audiencia Nacional, acusado por la colocación de un artefacto explosivo en la sede del Partido Socialista de Euskadi de Lazkao en febrero 2009. / EFE

agencias

La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto al miembro de ETA Ugaitz Errazkin del atentado con explosivos cometido por la banda terrorista contra la sede del PSE de Lazkao (Guipúzcoa) el 23 de febrero de 2009, al considerar que, pese a su pertenencia en esa fecha al comando conocido como 'Ezuste', no ha quedado acreditado ningún elemento incriminatorio para vincularle con el ataque.

El tribunal considera que dicho comando ejecutó una acción con explosivos contra la sede socialista con un artefacto que había sido confeccionado en el domicilio de los padres de Manex Castro junto con Beiñat Aguinagalde, ambos miembros del comando y condenados por estos hechos.

Por estos hechos, la Fiscalía pedía para él 23 años de cárcel. Además de este delito, estaba acusado de otro de pertenencia a organización terrorista, por el que se enfrentaba a 8 años.

De este delito también ha quedado absuelto al entender el tribunal que le juzgó, la sección segunda de lo Penal, que ya cumplió condena en Francia por un delito análogo, asociación de malhechores, por lo que considera que se trata de "cosa juzgada".

Errazkin fue entregado este mes de abril por las autoridades francesas para ser juzgado por este atentado como integrante del comando Ezuste de ETA junto a los etarras ya condenados en sentencia firme por estos hechos, Manex Castro y Beinat Aguinagalde, quienes planificaron y ejecutaron esta acción, que causó graves desperfectos en la sede del PSE.

Pese a que en sede policial el acusado se incriminó a sí mismo en estos hechos, los magistrados -María José Rodríguez, María Riera y Juan Pablo González (ponente)- tienen en cuenta que no ratificó esta declaración ante el juez.

Así, y en ausencia de prueba directa, que, a su juicio, tampoco aportan los informes periciales y los de inteligencia, la Sala concluye que no hay ningún elemento incriminatorio que permita vincular al acusado con el atentado.

Añade además la sentencia, "la inferencia basada en el único dato de la pertenencia del acusado al mismo comando en la fecha de los hechos, dos de cuyos integrantes han sido condenados por los mismos hechos, es excesivamente débil y abierta y no permite alcanzar una conclusión firme para imputar la participación del acusado en el concreto hecho delictivo".

La organización terrorista reivindicó el atentado

Según el relato de hechos probados de la sentencia, que no incluye al acusado ahora absuelto, el 23 de febrero de 2009 miembros del comando Ezuste -entre ellos los dos condenados- ejecutaron esta acción contra la sede del PSE con un artefacto "compuesto por una carga de entre 8 a 10 kilos de explosivos con base de nitrato de amonio y aluminio y multiplicador de alto poder explosivo".

En torno a las tres de la madrugada el artefacto explotó, lo que causó importantes desperfectos en la sede del PSE, en viviendas colindantes, con daños en ventanas y grietas, y en los vehículos estacionados en las proximidades.

Los daños en viviendas fueron tasados en 762.458 euros y los relativos a vehículos valorados en 5.251 euros. La organización terrorista reivindicó el atentado en un comunicado al diario Gara, el 15 de junio de 2009.

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