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El TSJ de Madrid asume su error y aclara que Isa Serra ya no está inhabilitada para presentarse a unas elecciones

El tribunal indica que en febrero la coportavoz de Podemos cumplió la inhabilitación especial para el derecho al sufragio pasivo, tras negarse en varias ocasiones a aclarar este dato.

5-12-22 La coportavoz de Podemos Isa Serra durante una entrevista para 'Europa Press', en la sede de su partido, el 5 de diciembre de 2022
La coportavoz de Podemos Isa Serra durante una entrevista para 'Europa Press', en la sede de su partido, el 5 de diciembre de 2022. Jesús Hellín / EUROPA PRESS

Tras varios intentos infructuosos para que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) aclarara si la coportavoz de Podemos Isa Serra ha cumplido la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante 19 meses a la que fue condenada junto a un pena de prisión por idéntico tiempo por los delitos de atentado a la autoridad, lesiones leves y daños en una protesta contra un desahucio, este martes recibió una respuesta clara: ya no está inhabilitada para poder presentarse a unas elecciones. 

La Sala de lo Civil y Penal del TSJM reconoce que "se ha cometido un error en relación a la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, en el sentido de que se acuerda respecto de la misma su suspensión por el plazo de tres años". 

En septiembre de 2022 el TSJM decidió suspender la condena durante tres años a la exdiputada y exportavoz de Podemos en la Asamblea de Madrid debido a que la pena era inferior a dos años y a que era su primera condena. Ahora, en contra de lo que indicaba una diligencia del 29 de marzo pasado, el tribunal informa  de que "dicha afirmación no se ajusta a derecho, dado que la suspensión acordada por Auto de fecha 23 de Septiembre de 2022 se limitaba única y exclusivamente a la pena privativa de libertad y no a la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo".

Aclara el TSJ que "la citada pena accesoria empieza a cumplirse desde la fecha de firmeza de la sentencia en que se impone, y que alcanza dicha condición en virtud de la sentencia dictada por la Sala 2ª del Tribunal Supremo", es decir, el 5 de julio de 2021.

Tras adquirir firmeza la condena en el Supremo, el TSJM acordó la suspensión de la ejecución de la sentencia durante tres años a cambio de que Serra no volviera a delinquir durante ese periodo de tiempo. Pero la pena accesoria de inhabilitación para el derecho del sufragio pasivo, que implica no poder presentarse a unas elecciones, comenzó a contar desde que el Supremo confirmó la condena. 

Es decir, que desde este pasado mes de febrero Isa Serra, actual coportavoz de Podemos y asesora del Ministerio de Igualdad, ha cumplido dicha inhabilitación.  

Fuentes de Podemos indican a Público que "es una buena noticia que, después de una condena injusta, sin pruebas y derivada de un montaje policial tras manifestarse contra un desahucio, el TSJM haya dado la razón a Isa Serra tras tantos escritos y un recurso y confirme que su inhabilitación finalizó en el mes de febrero. El TSJM ha intentado alargar en el tiempo una pena de inhabilitación en unas fechas muy relevantes en clave electoral". 

El TSJ no responde

Esta aclaración del TSJ de Madrid llega tras varios intentos fallidos de la defensa de la política para que se le informara de su situación procesal. El 4 de mayo de 2021 Serra no recogió su acta de diputada en Madrid tras las elecciones. Su defensa presentó un escrito el 27 de septiembre de 2022 solicitando al TSJM pronunciarse al respecto de la fecha de inhabilitación. El Tribunal se negó a aclarar la misma, contestando que en todo caso procedería hacerlo en la liquidación de la condena, que es el trámite en el que el juzgado permite determinar la fecha de inicio de cumplimiento y su fecha de terminación de las distintas penas que fueran impuestas.

El 30 de noviembre de 2022 la defensa de Serra presentó un segundo intento solicitando que se ejecutase la liquidación de su condena para conocer la fecha de la inhabilitación, pero no obtuvo respuesta. El 3 de marzo pasado se presentó  un tercer documento al tribunal.

En dicho requerimiento, la procuradora de Serra pedía una respuesta a su solicitud anterior, dado que tan solo recibió una confirmación de que había sido recibida el 2 de diciembre de 2022. En el escrito volvía a solicitar que se liquidara la condena y se confirmara si se tiene por extinguida. En caso positivo, reclamaba un documento que acredite que Serra está habilitada nuevamente y la devolución del "exceso de responsabilidad civil abonado por la penada". 

Además de estos intentos, la defensa de Serra presentó al menos otros dos escritos previos a la suspensión de la condena, en septiembre de 2022, pidiendo precisamente que se comunicase dicha suspensión. 

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