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Un informe del CGPJ alerta de un posible conflicto en la reforma del Código Penal por la ley contra el maltrato animal

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha negado que la nueva ley de protección animal castigue más duramente una patada a un animal que a una persona.

El maltrato animal como mecanismo para dañar a víctimas de violencia machista
La nueva ley de protección animal endurece las penas por maltrato a los animales, incluído el que se les hace con el fin de dañar a la pareja.

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) debatirá en su reunión del próximo jueves 24 de noviembre la propuesta de informe al Anteproyecto de Ley de reforma del Código Penal, en materia de maltrato animal, del que ha sido ponente la vocal Roser Bach. Un informe que alerta de que "puede afectar al principio de proporcionalidad de las sanciones" al endurecer las penas por maltrato animal. 

El informe llega a comparar la situación del maltrato a un animal por parte de una persona con el fin de hacer daño a su cónyuge -lo que se denomina violencia vicaria- y el daño que se puede hacer directamente a una pareja. 

Esa norma castiga con pena de prisión de 3 a 18 meses -o multa de 6 a 12 meses- a quien cause a un animal vertebrado una lesión que requiera tratamiento veterinario; y establece que la pena se impondrá en su mitad superior (de 11 a 18 meses) cuando concurran determinadas circunstancias agravantes, como cometer el hecho para coaccionar, intimidar o dañar a la pareja o expareja.

El informe del CGPJ señala que "puede verse afectado el principio de proporcionalidad"

"Puede verse afectado el principio de proporcionalidad", se señala en el informe del CGPJ, que alerta de que esa pena de prisión "es superior a la que está actualmente fijada para el delito leve de coacciones, el de amenazas leves, el de lesiones que no precisan tratamiento médico o quirúrgico o el de maltrato de obra en el ámbito de violencia sobre la mujer". El Código Penal castiga esas conductas con pena de prisión de 6 meses a un año.

Delitos de lesiones

En otro punto, señala que si se compara el delito de lesiones de animales vertebrados que no requieran tratamiento veterinario con el delito leve de lesiones a las personas que no requieran tratamiento médico o quirúrgico, la pena es la misma, es decir, una pena de multa de uno a tres meses.

Pero en el primero de los supuestos se prevé la posibilidad de una pena alternativa de trabajos en beneficio de la comunidad cuya extensión (de 31 a 90 días) determina que el tipo deba ser calificado como un delito menos grave y no como un delito leve como es el caso de las lesiones sin tratamiento médico o quirúrgico en personas.

La propuesta de informe del CGPJ también alerta del efecto contrario en relación a la proporcionalidad de las leyes. El anteproyecto remitido por el Gobierno pretende acabar mediante el endurecimiento de las penas con lo que describe como "una sensación de impunidad generalizada ante el maltrato animal, con penas poco efectivas ante dichas acciones y carentes de efectos disuasorios". La propuesta de informe del CGPJ advierte, sin embargo, de que el anteproyecto no consigue lo que anuncia como primera y esencial justificación de la reforma, ya que aunque tanto en el caso de las lesiones como en el de la muerte del animal aumentan ligeramente las penas de prisión, en ambos supuestos se sigue manteniendo de modo alternativo la pena de multa.

Respuesta del Ministerio de Derechos Sociales

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha salido al paso de este informe y ha negado que la nueva ley de protección animal castigue más duramente una patada a un animal que a una persona.

El departamento que dirige Ione Belarra ha defendido las nuevas penas por violencia vicaria con mascotas para provocar daño a la mujer que plantea la reforma del Código Penal en materia de maltrato animal porque "se hace daño al animal y también a la persona, por tanto la pena es mayor".

Así, desde el Ministerio se considera que esta reforma del Código Penal es "imprescindible" dado que se reconoce una nueva forma de violencia machista que define la ley de protección animal en la que un maltratador hace daño al animal para agredir a la mujer.

Desde Derechos Sociales se incide en que la pena por un delito de lesiones sin intervención veterinaria es más leve que la de lesiones sin tratamiento médico

Desde Derechos Sociales se incide en que la pena por un delito de lesiones sin intervención veterinaria es más leve que la de lesiones sin tratamiento médico. No obstante, admite que en el caso de que la lesión se infrinja a un animal se podrá conmutar por trabajos en beneficio de la comunidad y si es a una persona, siempre habrá multa.

En ese sentido, se añade que hasta ahora quemar vivo un zorro o ahogar una cría de jabalí no tenía ningún reproche penal y destaca que la ley viene a poner fin a la impunidad de los maltratadores de animales que, hasta ahora, era casi total en España.

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