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Las aseguradoras deberán plantear en 2 meses la indemnización de un siniestro

EFE

Las aseguradoras podrán tener un plazo máximo de dos meses para presentar una propuesta de indemnización a un cliente desde que le comunica un siniestro y, posteriormente, cinco días para pagarle dicha compensación.

Así se plantea en el anteproyecto de la nueva ley del contrato de seguros al que ha tenido acceso Efe y que se espera que se presente próximamente en la Junta Consultiva de Seguros, órgano asesor del Ministerio de Economía y Hacienda en materia de ordenación.

A partir de ahí se iniciarían los pasos siguientes para la aprobación de la ley por parte del Gobierno y su tramitación parlamentaria, que podría demorar la puesta en vigor de la norma hasta 2012, según cálculos del sector.

Pero, por el momento, tal y como está redactado el artículo que recoge la obligación de las aseguradoras de presentar una oferta motivada, se entiende que dichos plazos son aplicables a todos los ramos del sector.

El anteproyecto incluye también nuevos plazos a cumplir cuando un cliente no pague las primas de una póliza.

El texto propone también que la nueva ley exija a las aseguradoras que avisen a los clientes que no abonen la primera prima (o la única) para resolver la situación en el plazo de 15 días, frente a los seis meses que recoge la normativa actual.

Y en el supuesto en el que no se abonaran las primas siguientes, se sustituye el actual plazo de 6 meses por uno de 3 para suspender la cobertura del contrato.

Por tipo de productos, el documento establece que en los seguros contra daños, el cliente ya no tendrá sólo cinco días desde la declaración de un siniestro para notificar los daños, sino que dispondrá de todo un mes.

En cuanto a las coberturas sobre personas, en las que se incluyen los seguros de vida, accidente y enfermedad, entre otros, el anteproyecto mantiene la prohibición de contratar una póliza para cobrar una indemnización en el caso de muerte sobre personas con capacidad "modificada".

Para garantizar una mejor comprensión de los productos de vida, el documento exige que se facilite al tomador la información específica que le permita comprender adecuadamente los riesgos de su inversión.

En el caso concreto de las pólizas en las que el asegurado asume el riesgo de inversión, la compañía le tendrá que informar de forma clara y precisa de que dinero que recibirá depende de las fluctuaciones de los mercados financieros.

Para los seguros de accidentes, el anteproyecto incluye un párrafo que reconoce el derecho de un asegurado a que la compañía le cubra su invalidez si ésta aparece en los dos años siguientes a un accidente bajo la vigencia de un contrato.

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