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Baleares no va a obligar a nadie a vacunarse

Desde hace unos días circulan en redes como Twitter e Instagram publicaciones que aseguran que se ha aprobado una "ley de vacuna del covid obligatoria". Se trata de una tergiversación de la reforma de la ley sanitaria balear.

Vacunación
Un joven recibe la vacuna número 500.000 en el centro de vacunación masivo de la Fira de Barcelona, a 19 de julio de 2021. Quique Garcia / EFE

La publicación en el BOE de la reforma de la ley sanitaria balear ha sido tergiversada en redes sociales por mensajes que advierten sobre una ley aprobada en España para imponer la vacunación obligatoria contra la covid-19, pero lo cierto es que por ahora seguirá siendo voluntaria para todos incluso en Baleares.

Desde hace unos días circulan en redes como Twitter e Instagram publicaciones que aseguran que en España se ha aprobado una "ley de vacuna del covid obligatoria". Algunos de los mensajes advierten de que es "anticonstitucional" y otros afirman: "De momento esta ley es para las islas Baleares, pero se irá sucediendo pronto en las demás Comunidades Autónomas".

Una gran parte de esos contenidos muestra fragmentos de un decreto ley publicado este 13 de julio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y algunas incluyen un vídeo en YouTube del letrado Aitor Guisasola (autodenominado "Un abogado contra la demagogia") en el que proclama que la "primera ley en España que impone la vacunación obligatoria" pretende "evitar el control judicial".

En realidad, no se va a obligar a vacunar a nadie durante la actual campaña contra la covid-19 en virtud de la nueva norma balear, como han confirmado fuentes de la Consellería de Salud, que insisten en dejar claro que la vacunación en esta comunidad autónoma es voluntaria.

La polémica disposición que permitiría a las autoridades sanitarias autonómicas vacunar obligatoriamente a "determinados colectivos" forma parte del decreto ley aprobado el 7 de mayo por el Consejo de Gobierno balear que modificó la Ley de Salud Pública de 2010 con varias medidas "útiles para controlar la pandemia", según argumentó la presidenta Francina Armengol.

El Govern logró que el 8 de junio el Parlament balear convalidara ese decreto ley, que autorizaba, entre otras iniciativas, el confinamiento de municipios, el toque de queda, suspensión de actividades, cierre de empresas, limitaciones de aforos, un precio máximo para las PCR o medidas sancionadoras ante una situación excepcional de epidemia o pandemia como la covid-19.

La norma contó con el apoyo de los partidos que apoyan la gestión del Govern progresista balear salvo Més per Menorca, que se abstuvo, mientras que toda la oposición votó en contra excepto Ciudadanos, que también decidió abstenerse.

Respecto a las vacunas, la reforma consagrada con este decreto ley faculta al Consejo de Gobierno a aplicar ante una epidemia o pandemia el "sometimiento a medidas profilácticas de prevención de la enfermedad, incluida la vacunación para determinados colectivos o la inmunización, con información, en todo caso, de los posibles riesgos relacionados con la adopción o la no adopción de estas medidas".

Sería solo para sanitarios y sociosanitarios

El día que el Gobierno autonómico aprobó el decreto ley, Armengol explicó que la Consellería de Salud definiría los colectivos para los que sería obligado vacunarse y, si bien la norma no lo concreta, precisó que hacía referencia a "sanitarios y sociosanitarios".

Fuentes de la consellería consultadas por EFE este martes puntualizan no obstante que la modificación de la Ley de Salud Pública contempla esa medida solo como "una posibilidad" y subrayan que "de momento no se ha definido ningún colectivo al que se le obligará a vacunarse ni está previsto hacerlo a corto plazo".

Indican asimismo que el nivel de vacunación contra la covid del personal sanitario y sociosanitario "es muy elevado, cerca del 90 %", de modo que "no se considera necesario ahora mismo".

"La vacunación en Baleares es voluntaria, como recoge la estrategia", insisten en dejar claro las fuentes de la consellería. Y, efectivamente, la Estrategia de Vacunación en España aprobada por el Consejo Interterritorial de Sanidad reitera, en su última actualización, que "la vacunación frente a covid-19 no es obligatoria".

El TC suspendió la ley gallega que fijaba multas por no vacunarse

Meses antes de la aprobación del decreto ley balear, vigente desde el 9 de mayo, la polémica sobre una posible vacunación obligatoria acompañó también a otra norma autonómica: la reforma de la ley de Salud de Galicia de 2010, promovida por el PP, que entró en vigor el pasado 27 de febrero.

Esta reforma, aprobada con los votos en contra de BNG y PSdeG, establecía como una infracción de carácter leve la "negativa injustificada a someterse a medidas preventivas, consistentes en la vacunación o inmunización prescrita por las autoridades sanitarias", lo que podría ser sancionado con multas entre 1.000 y 3.000 euros.

Fuentes del grupo parlamentario del PP gallego explicaron entonces que la posibilidad de sanciones solo estaba pensada para «situaciones excepcionales«, como empleados públicos con gran riesgo de transmitir la enfermedad que se negaran a tomar precauciones, por lo que negaban que la norma estableciera una vacunación obligatoria en Galicia.

No obstante, el Gobierno de Pedro Sánchez interpuso el 30 de marzo un recurso de inconstitucionalidad contra la ley gallega con el argumento de que esta y otras medidas de control establecidas en la norma restringían derechos fundamentales únicamente regulables mediante una ley orgánica, que, como tal, debía ser dictada por el legislador estatal.

Finalmente, el 20 de abril, el pleno del Tribunal Constitucional (TC) admitió ese recurso por unanimidad y suspendió de forma cautelar la reforma sanitaria gallega, a la espera de que los magistrados entraran a resolver el fondo del asunto en un plazo máximo de cinco meses.

Y no fue el único recurso. Dos meses después, el 25 de junio, el pleno del TC admitió a trámite un segundo recurso de inconstitucionalidad contra la ley, el presentado por Vox ante las que consideraba "sanciones gravísimas" contra quienes no se vacunaran.

El precedente de Granada en 2010

En todo caso, en España habría ya cierta cobertura legal para una vacunación obligatoria -aunque algunos expertos constitucionalistas la consideran insuficiente- al amparo de dos leyes: una de abril de 1980 que modifica la Ley de Bases de la Sanidad de 1944 y otra de 1986, la ley orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.

Esta ley de 1986 dispone que las autoridades sanitarias podrán adoptar los tratamientos precisos ante un «peligro para la salud de la población» y facultan a aplicar las medidas «que se consideren necesarias» en caso de «riesgo de carácter transmisible» de una enfermedad contagiosa.

Por su parte, la ley de 1980, pensada para la viruela, la difteria y el tifus, autorizaba a imponer la vacunación para «todas las demás infecciones» ante un «estado epidémico».

Sin más regulación que esa, hay algún precedente: en noviembre de 2010, un juez de Granada ordenó vacunar contra el sarampión a 35 menores por un brote epidémico a petición del Gobierno autonómico, en una decisión que causó gran revuelo en el centro y que cuestionó una minoría de padres de los alumnos.

El caso es que hasta ahora no hay iniciativas concretas en España que vayan a obligar a nadie a vacunarse. Y, a diferencia de otros países, la opinión pública española es partidaria de la inmunización por aplastante mayoría: Un 82,8 % de los ciudadanos aún no vacunados estaban dispuesto a hacerlo, según la encuesta que realizó en abril el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS).

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