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Denuncias falsas, entre la extorsión y la calumnia

Tú denuncia que algo queda. Pero si la denuncia es falsa y lo sabes, puedes dar con tus huesos en la cárcel. 

ARTURO DÍAZ

Tú denuncia que algo queda. Pero si la denuncia es falsa y lo sabes, puedes dar con tus huesos en la cárcel. Cuando se acusa a alguien de un delito falazmente, cuando se deduce testimonio contra alguien a sabiendas de su falsedad, el responsable comete un delito que puede acarrear una pena de seis meses a dos años de prisión, según prescribe el artículo 456 del Código Penal.

La práctica de denunciar con mendacidad, de mentir en un juicio, tiene, según el criminalista Miguel Gallardo, dos motivaciones principales, “la extorsión, en las relaciones empresariales, y el despecho, en las personales”.

Un ejemplo de violación inexistente fue publicado el pasado domingo por El País. Una joven madrileña había denunciado una triple violación para llamar la atención de su novio casado. La policía ha descubierto la impostura y ha advertido sobre las consecuencias de destinar sus efectivos a investigaciones innecesarias.  

En la práctica policial diaria, los agentes deben “confiar en su formación profesional y sus instintos para detectar denuncias falsas”, asegura Begoña Romero, secretaria de Comunicación Nacional del Sindicato Unificado de Policía.

Falsos robos de coche

Romero destaca tres tipos de denuncias falaces (con consecuencias muy graves) que ha visto en su trabajo: “Las acusaciones de violación para justificar infidelidades o ausencias del domicilio; las falsas denuncias por robo de vehículo, para encubrir un robo realizado por el propio denunciante con su coche o para desentenderse de un atropello del que ha huído; y las mujeres que denuncian malos tratos que no existieron para conseguir un mejor divorcio”.

La fabricación del robo de coches es también muy habitual entre los fraudes a las compañías de seguros, aunque en este caso se trata de una simulación de delito para conseguir una indemnización más que para imputar a alguien. Estas conductas están tipificadas en el artículo 457 del Código Penal.

La sospecha de la policía surge, asegura Romero, por la incongruencia en los relatos de los denunciantes.

Tolerancia con la falsedad

El criminólogo Gallardo, que se ha especializado en el estudio y combate de la denuncia falsa (asegura haber recibido 100 casos documentados desde 2000), sostiene que “en España existe una aceptación de la falsedad judicial mucho mayor que en Suecia o Suiza”.

Así, afirma Gallardo, “cualquier director de comunicación de una gran empresa reconocerá que ha tenido que neutralizar campañas contra su empresa motivadas en falsas denuncias”. El problema es que es un delito muy difícil de probar, “porque demostrar que alguien sabía que lo que decía era falso es complejo”, concluye Gallardo.

La gravedad de estas calumnias radica, entre otras cosas, en que se producen ante funcionario público, por lo que son considerados “delitos contra la Administración de Justicia”. De este modo los contempla la Memoria anual de la Fiscalía General del Estado que no los trata autónomamente, por lo que es difícil conocer su extensión.

Aun así, existen datos parciales. Los Mossos d’Esquadra detectaron 93 casos de denuncias falsas en 2003. Por el mismo motivo detuvieron a 41 personas. En el ámbito de la violencia de género, Luis López Guerra, director general de Justicia a principios de la legislatura actual, admitía al poco de la aprobación de la Ley Integral contra la Violencia de Genero que el 2% de las denuncias presentadas por este motivo eran falsas.

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