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La nueva Ley de Morosidad embarranca tras inquietar a la gran empresa y la banca

La propuesta de vetar el pago de facturas de proveedores más allá de dos meses y sancionar los incumplimientos con multas de hasta 800.000 euros amenaza una de las principales vías informales de financiación de las grandes corporaciones y uno de los flancos del negocio financiero.

Las empresas subcontratadas en las grandes obras públicas se encuentran entre los mayores afectados por la tolerancia ante la morosidad de las grandes empresas. Foto: PxHere

"Es una cantidad de dinero ingente, muchos millones de euros, pero es muy difícil calcular el coste real de la morosidad a pesar de que hemos hecho muchas estimaciones”, explica Pilar Ferrer, ejecutiva de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, que agrupa a asociaciones profesionales que representan a más de un millón de pymes españolas y que trabaja desde 2010 para buscar soluciones a este problema que asfixia a la pequeña y la mediana empresa y también a los autónomos.

Sin embargo, las soluciones a los retrasos en los pagos a los proveedores de bienes y de servicios no acaban de llegar. El Congreso tiene sobre la mesa una propuesta de Ciudadanos para cambiar las reglas del juego a favor de las pymes y los autónomos, pero la ponencia constituida en la Comisión de Economía lleva más de año y medio atascada.

La reforma amenaza una de las principales fuentes informales de financiación de la gran empresa, como es la recuperación del IVA de las facturas antes de pagarlas, y torpedea uno de los flancos de negocio, que es el beneficio que obtiene de adelantar al acreedor con descuentos (normalmente del 2% al 4%) el valor de las facturas conformadas por el deudor.

La ley de 2004, reformada en 2010, limita el periodo para pagar una factura a empresas y autónomos a “sesenta días después de la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios”, establece que “este plazo de pago no podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes” y determina intereses de demora de hasta el 15%, aunque solo para deudas de más de 30.000 euros, y el pago de los gastos de gestión del cobro. Sin embargo, carece de régimen sancionador y exime al deudor de asumir ese recargo “cuando no sea responsable del retraso en el pago”, lo que abre la puerta a nuevos pleitos.

Los efectos de la morosidad en las pymes y los autónomos

En la práctica, según los datos de la plataforma, eso ha llevado a que los retrasos medios en los pagos por parte de las administraciones se sitúen en 82 días (32 la central, 33 la autonómica y 59 la municipal, según Hacienda) y los de las empresas en 85; con un detalle llamativo entre estas últimas: el promedio en las 35 del Íbex se amplía hasta los 169, el doble, lo que dispara las asfixia financiera de pymes y autónomos.

Esa situación lleva años provocando problemas de liquidez en esos sectores. Hasta el punto de que, según refleja la Estadística del Procedimiento Concursal del INE (Instituto Nacional de Estadística), más del 97% de las empresas que se han declarado insolventes en España en la última década (55.095 de 56.426) tuvieran menos de cien trabajadores y el casi dos tercios de las que se han visto en esa situación en los últimos seis (21.478 de 37.475, el 62%) facturaran menos de medio millón de euros por ejercicio. Los efectos destructivos de la morosidad son inversamente proporcionales al tamaño de la empresa.

“En general, quien más lo sufre es la pequeña empresa y quien más se beneficia, la grande”, señala Ferrer, que llama la atención sobre el hecho de que esas medias de retraso enmascaran la realidad de empresas y administraciones que pagan antes y otras, con mayor tardanza.

¿El truco de la morosidad?

¿En qué se benefician las empresas que aplazan los pagos? Es sencillo: pagar una factura a 180 días permite recuperar de Hacienda el IVA que figura en ella en el trimestre anterior a su liquidación con solo declararla, lo que equivale al 21% del negocio en la mayoría de los casos. Mientras tanto, la pyme y el autónomo se ven obligados a ingresárselo a la Agencia Tributaria, sin haberlo cobrado en realidad, cuando hacen su declaración trimestral, lo que a menudo les obliga a recurrir a líneas de crédito para mantener a flote la actividad.

Otra solución es acogerse al llamado ‘conforming’, que consiste en negociar con un banco el adelanto del dinero que figura en la factura, IVA incluido, tras recibir el ‘conforme’ del deudor. En ese caso, quien acude a la entidad ve mermado el montante entre un 2% y un 4%, que es la rentabilidad que obtiene la banca, ya que luego la cobra íntegra.

“Los autónomos estamos hartos de ser los financiadores de las grandes empresas. Estamos hablando de créditos fiscales del 21%, que es el IVA que se deducen en el trimestre para no pagar las facturas hasta el siguiente”, denuncia Eduardo Abad, secretario general de UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos), que considera “intolerable que se mantenga esta situación de absoluta impunidad en la que el pequeño financia al grande”.

“La gran empresa hace negocio con la necesidad de vender del autónomo y la pyme”

¿Pero no se había anunciado a bombo y platillo que los autónomos iban a dejar de adelantar el IVA? Es una de las mentiras de la ley de la etapa de Rajoy. En la práctica, explica Abad, “las empresas rechazan contratar el suministro de bienes y de servicios con los que trabajan mediante el llamado ‘sistema de devengo”, que supone que ese impuesto no se declara hasta que no se ha cobrado ni se puede deducir hasta que no se ha desembolsado. “Si quieres trabajar, no te queda otra que tragar”, señala.

Ocurre algo similar con el “pacto entre las partes”, proscrito sobre el papel pero que la pyme y el autónomo se ven a menudo obligados a aceptar para mantener el negocio a flote. Consiste en acordar, más bien aceptar a propuesta del comprador, cuántos días después de entregar la mercancía y presentar la factura va a cobrarse esta última.

Eso da lugar a situaciones como que el suministrador de un producto a un gran almacén tenga que pagar el IVA a Hacienda sin haber cobrado la entrega, mientras que su cliente vende la mercancía al por menor a un precio mayor antes de liquidarla y habiéndose deducido previamente el valor del impuesto.
“Al 72% se les imponen plazos de pago superiores a los permitidos por ley”, señala un informe de la plataforma. “Tenemos gente cobrando a 200 días. Las empresas hacen negocio con la necesidad de vender del autónomo y de la pyme”, refuerza Abad, que estima que “el 15% de la producción de un pequeño negocio va a cubrir el agujero de la ley de morosidad”, en una situación que también se da entre las subcontratas de los grandes contratistas de obra pública y servicios públicos.

Un cambio “disruptivo” de las reglas del juego

La propuesta de Ciudadanos, admitida a trámite en el Congreso sin votos en contra a mediados de 2017, y las enmiendas presentadas por varios grupos, como PSOE, Unidos Podemos o ERC, coinciden en dos aspectos: señalar como infracción el “acuerdo entre las partes”, que no es otra cosa que un pacto para saltarse los plazos que marca la ley, y establecer un régimen sancionador que contempla multas de más de 800.000 euros para los casos más graves de retraso y de imposición de condiciones.

“Es un cambio disruptivo. Queremos eliminar el ‘pacto entre las partes’, que es lo que convierte en papel mojado el límite de 60 días para pagar que establece la ley”, explica el diputado de ERC Joan Capdevila, veterinario de profesión, pieza clave en la reforma de la Ley del Trabajo Autónomo hace año y medio y miembro de la ponencia que estudia las nuevas normas. Sin embargo, admite que la tramitación “está parada”.

“Esto afectaría al sistema de financiación de la gran empresa”, anota, al tiempo que sostiene que “la financiación de la actividad comercial no debería ir en ningún caso a cargo del vendedor, sino del comprador”. “La morosidad de terceros está arrastrando a las pymes a la insolvencia”, añade.

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