Estos son los errores más comunes al presentar el borrador de la declaración de la renta
El trámite se puede llevar a cabo hasta el 30 de junio. No pases por alto estos errores antes de ponerte con la tuya.
Madrid-Actualizado a
El plazo para presentar la declaración de la renta está abierto desde el martes 11 de abril para los contribuyentes que la quieran confeccionar desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Aquellos que deseen formalizar la presentación del borrador mediante vía telefónica deberán esperar hasta el 5 de mayo. En cambio, los que decidan acudir de forma presencial a su oficina más cercana no podrán hacerlo hasta el 1 de junio, fecha asignada por el Ministerio de Hacienda. El plazo estará abierto hasta el próximo 30 de junio de 2023.
Un proceso que a muchos contribuyentes se les atraganta. Para evitar casos de este tipo, algunos contratan a una gestoría para realizar el trámite. Otros, en cambio, deciden hacerlo por cuenta propia, pero a medida que avanza el tiempo y se acerca el final del plazo, cometen errores, principalmente por las prisas y por no cerciorarse de que todos los datos que aparecen son correctos.
Pero, ¿cuáles son los principales errores que se suelen cometer? ¿Qué deben tener en cuenta los contribuyentes?
No pedir el borrador porque no estás obligado a declarar
Que el contribuyente no esté obligado a hacer la declaración de la renta por no alcanzar el mínimo de 22.000 euros no significa que no le convenga o le interese. De hecho, puede ocurrir que, en estos casos, el resultado de la renta sea a devolver. Esto se puede comprobar mediante dos sencillos pasos:
Solicitar el borrador de la renta.
Cuando el contribuyente tenga su número de referencia, debe acceder al resumen de la declaración, donde verá el resultado. El propio programa Renta Web le presentará los datos, pero, si este lo prefiere, puede acudir a a la casilla 0695 de la renta para verlo. Si hay un signo negativo, es que la declaración es a devolver. En otras palabras, Hacienda le ingresará ese dinero.
Confirmar el borrador sin mirar
Aprobar el IRPF sin revisar el borrador es el mayor de los errores al hacer la declaración de la renta. De hecho, este trámite puede contener errores que afectarían, de manera directa, al resultado de la renta. Pueden, incluso, sancionar al contribuyente si el borrador ha incluido un dato incorrecto.
Por lo tanto, antes de aprobar el borrador de la Renta, el contribuyente debería revisar siempre estos aspectos fundamentales:
Los datos personales deben de estar actualizados. En concreto, el domicilio fiscal y la situación personal.
Los datos fiscales tienen que ser los correctos, ya que Hacienda tiene los datos de la Agencia Tributaria y estos pueden ser erróneos o estar incompletos.
Las deducciones a las que el contribuyente tenga derecho.
Gastos relacionados con sindicatos, partidos políticos y cuota como colegiado.
Todos los aspectos referentes a la vivienda, deducciones autonómicas, planes de pensiones y pérdidas pendientes de compensar.
Olvidarse del paro
Para Hacienda, el paro es un pagador más, según lo estipulado en el ministerio. El contribuyente deberá incluir en su IRPF todos los ingresos citados anteriormente, ya que ninguno está exento de tributar. Ahora bien, al tener dos pagadores, los ingresos mínimos para estar exento de hacer la renta se reducen. De esta forma se debe presentar el IRPF:
Si el contribuyente ha ganado más de 14.000 euros y ha cobrado más de 1.500 euros en total del segundo pagador.
Si ha ganado más de 22.000 euros y ha cobrado menos de 1.500 euros en total del segundo pagador.
No incluir la segunda residencia en el IRPF
Al hacer la declaración, es recomendable marcar cuál es la vivienda habitual y las demás que cada contribuyente tenga en propiedad. Olvidar una segunda vivienda es otro de los errores que se cometen al llevar a cabo este trámite.
En el caso de tener una vivienda alquilada, el contribuyente tributará por ello. Si no lo está, tendrá que pagar impuestos por ella. A este movimiento se le conoce con el nombre de imputación de renta inmobiliaria, según la Agencia Tributaria.
Deducciones por maternidad
Otro de los errores más comunes al hacer la declaración de la renta es el que está relacionado con las deducciones por maternidad. Si la contribuyente tiene un hijo de menos de tres años, el sistema preguntará por la deducción que asciende a 1.200 euros por niño y se puede cobrar de forma anticipada a razón de 100 euros al mes.
Además, es importante recordar que ahora existe un incremento por gastos de guardería y que supone un ingreso adicional de 1.000 euros anuales.
Deducciones por familia numerosa
En el IRPF, las familias numerosas tienen un tratamiento especial. Además del mínimo personal y familiar, existe una deducción de entre 1.200 y 2.400 euros por cada hijo, dependiendo de la categoría de familia numerosa.
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