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El acuerdo para renovar un Tribunal Constitucional colapsado que mantendrá la mayoría conservadora

La inclusión de cuatro magistrados nuevos, cuyos nombres se conocerán en los próximos días, no aliviará el desequilibrio entre la tendencia conservadora y la progresista, a favor de la derecha, pero incorporará a un nuevo magistrado en sustitución del dimitido Fernando Valdés. La presidencia será conservadora y la más breve de la historia del TC, hasta junio de 2022.

El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes (i) y el presidente del Tribunal Constitucional, Juan José González Rivas (c), charlan a la salida del Tribunal Supremo, donde hoy se ha celebrado la apertur
El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes (i) y el presidente del Tribunal Constitucional, Juan José González Rivas (c) charlan en presencia de Pablo Casado, en la apertura del Año Judicial 2020-2021. Eduardo Parra / EUROPA PRESS

El líder del Partido Popular, Pablo Casado, anunció este miércoles pasado su intención de sentarse a negociar, por fin, con el PSOE para proceder a la renovación de los órganos constitucionales con mandato caducado, excepto el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Y un día después ya hay acuerdo entre los dos grandes partidos para la renovación de Tribunal Constitucional (TC); un acuerdo que se conocerá en breve, igual que el que afecta a la renovación del Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo. 

Unidas Podemos, socio del Gobierno, ha manifestado que está de acuerdo con el pacto alcanzado y que ha trabajado con el PSOE en el acuerdo.

Si ponemos la lupa en el Tribunal Constitucional (TC), la situación es especialmente complicada. El tribunal garante de que se cumplan los derechos de la ciudadanía está menguado: en estos momentos solo cuenta con diez de los doce miembros que lo conforman. El magistrado de tendencia progresista Fernando Valdés renunció a su cargo, en octubre de 2020, tras ser imputado por violencia de género, y el juez Alfredo Montoya, de 84 años, está de baja por un derrame cerebral ocurrido este pasado verano. 

Además de esta reducción de miembros, que lastra el ritmo de trabajo en el Constitucional, ya de por sí acuciado por los retrasos, el tribunal de garantías acusa una importante falta de equilibrio entre magistrados de corte progresista y de tendencia conservadora. En estos momento, la relación es de seis miembros conservadores y cuatro progresistas [la relación inicial era de siete a cinco a favor de la derecha]; una relación numérica teórica, porque en la práctica la magistrada Encarnación Roca, nombrada a propuesta de los socialistas catalanes y de CiU, se alinea con las posturas del ala conservadora.

En esas filas conservadoras figura el presidente del TC, Juan José González Rivas, elegido en el Senado a propuesta del PP, en 2017; Andrés Ollero, nombrado a propuesta del PP en 2012; Santiago Martínez-Vares; el exfiscal Antonio Narváez, propuesto por el Gobierno de Rajoy; igual que el exrector de la Universidad Rey Juan Carlos Pedro José González-Trevijano; y Ricardo Enríquez. La incierta reincorporación de Alfredo Montoya devolvería un miembro a los conservadores.

Del ala progresista es, a priori, la vicepresidenta del TC, Encarnación Roca; también María Luisa Balaguer, nombrada a propuesta del PSOE en 2017; el exfiscal general del Estado Cándido Conde Pumpido; y Juan Antonio Xiol, nombrado a propuesta del CGPJ en 2013. La dimisión de Valdés ha restado fuerzas progresistas. 

Mandato caducado de cuatro miembros

La renovación de los magistrados del Constitucional no se efectúa de una vez, sino en ciclos; sus doce miembros se renuevan en bloques de cuatro miembros, cada uno en un intervalo de tres años. El mandato de cada uno de los magistrados es de nueve años. Cuatro de los miembros son elegidos por el Congreso, por mayoría de tres quintos; otros cuatro a propuesta del Senado, en la misma mayoría; dos son nombrados a propuesta del CGPJ y otros dos a propuesta del Gobierno

El bloque cuyo mandato está caducado, desde el 7 de noviembre de 2019, y para el que ya hay acuerdo, es el correspondiente a los miembros propuestos por el Congreso de los Diputados: Juan José González-Rivas (presidente), Encarnación Roca (vicepresidenta), Andrés Ollero y la vacante de Fernando Valdés

El acuerdo entre PSOE y PP para renovar a estos miembros del TC no cambiará la aritmética de la institución, es decir, seguirá habiendo mayoría conservadora. Pero la clave estará en quién ocupa la presidencia. La Constitución señala que el presidente "será nombrado entre sus miembros por el Rey, a propuesta del mismo Tribunal en pleno y por un período de tres años". Lo más previsible será que el nuevo presidente salga de entre los miembros del TC con más antigüedad y cuyo mandato concluye el año próximo, sonando con fuerza el nombre del conservador Pedro José González-Trevijano. El Presidente del TC tiene voto de calidad para deshacer empates. La presidencia que ahora salga elegida tendrá el mandato más corto de la historia del TC, puesto que en junio de 2022 caducará el mandato del efímero presidente, porque ya llevaría nueve años en la institución.

Más complicaciones

A la caducidad del tercio elegido por el Congreso, muy pronto se sumará otra terna de miembros del TC que habrá que renovar. Los dos miembros elegidos por el Gobierno tendrán que ser renovados en junio de 2022. Este hecho aliviará al ala progresista, ya que tendrán que salir del Constitucional los conservadores Pedro José González-Trevijano y Antonio Narváez, nombrados por el Ejecutivo de Rajoy. Este último, que entró en el TC en 2014, sustituyó a Enrique López, hoy consejero de Presidencia de la Comunidad de Madrid, que tuvo que dimitir del TC por haber sido sorprendido ebrio mientras conducía su moto, sin llevar puesto el casco, además. 

La situación se complicaría aún más si para junio de 2022 no existiera otro Consejo General del Poder Judicial, porque para entonces tocará también que el gobierno de los jueces proponga dos nuevos miembros del TC en sustitución de Santiago Martínez-Vares y Juan Antonio Xiol. Si para entonces continúa el bloqueo del CGPJ, no podrá nombrar nuevos magistrados para el Constitucional por la prohibición que tiene de hacer nombramientos estando en funciones. 

Precisamente el TC tiene pendiente resolver, en este sentido, el recurso de PP y de Vox contra la reforma de la Ley que modificó el régimen jurídico del CGPJ en funciones para evitar los nombramientos. 

Para complicar aún más la situación, no está claro aún si en caso de que el CGPJ no pueda nombrar a dos miembros del TC, el Gobierno podría nombrar a sus dos candidatos, pues la renovación en bloque impone que los cuatro nuevos miembros sean nombrados a la vez. 

Retrógradas resoluciones

No ha sido la caducidad óbice para que el TC resolviera, eso sí, colapsado, trascendentales cuestiones, como la sentencia del procés, que confirmó. El Constitucional dio la razón a Vox y al PP, otra vez más, en el recurso contra la inclusión del entonces vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, en la comisión encargada del control del Centro Nacional de Inteligencia. 

La decisión de este Tribunal Constitucional semicaducado y de indisimulada tendencia conservadora de apuntalar el delito de ultraje a la bandera al desestimar el recurso del sindicalista gallego Pablo Fragoso, en diciembre de 2020, fue una clara muestra de su alejamiento del avance de la sociedad. Fragoso fue condenado por instar a la quema de la bandera española, en 2014, durante una manifestación ante el Arsenal Militar de Ferrol (A Coruña) en el transcurso de una protesta de empleados de la limpieza de instalaciones militares por el impago de sus salarios. No se quemó la bandera, pero las declaraciones de Fragoso fueron objeto de una multa de 1.260 euros como autor de una delito de ultraje a la bandera, contemplado en el artículo 543 del Código Penal. El Constitucional dijo que su actitud no está ampara en el derecho fundamental a la libertad de expresión. 

Recientes sentencias del Constitucional plasman con intensidad la versión más retrógrada del órgano garante de que se cumplan los derechos y libertades de la ciudadanía contemplados en la Constitución Española (CE), perfilando la interpretación más restrictiva de esos derechos. Por ejemplo, su aval de la prisión permanente revisable, tumbando los recursos de la oposición al Gobierno de Mariano Rajoy, en 2015, choca con el artículo 25 de la CE, que indica que las penas privativas de libertad están orientadas a la reinserción social. 

Sin una interpretación englobada en la pugna política, no se entiende que el TC se haya inclinado a favor de la figura del estado de excepción, por seis votos a cinco, frente al estado de alarma como forma legal para adoptar el confinamiento general de la población durante la pandemia. El estado de excepción es mucho más restrictivo de los derechos fundamentales que el estado de alarma. Con esta decisión, tomada el pasado mes de julio, el Constitucional amparaba a Vox en su recurso contra el Gobierno.

Aborto y otras cuestiones pendientes

El recurso del PP contra la Ley del Aborto podría ser de las primeras cuestiones que resolviera el TC una vez renovados sus cuatros miembros con mandato caducado. El recurso contra la llamada 'ley de plazos' lleva once años esperando a ser resuelto, pero el TC no tiene plazos impuestos ni debe dar explicaciones de sus retrasos. La ponencia sobre este asunto tiene como autor a uno de los miembros que debe salir ahora del TC, Andrés Ollero, conservador y de fuertes convicciones católicas.

En el corto plazo, el TC tiene pendiente resolver otras cuestiones fundamentales como los recursos de Vox y del PP contra la reforma de la Ley de Educación, conocida como Ley Celaá, y los recursos contra la validez de las nuevas fórmulas de juramento o promesa del Congreso y del Senado. Sobre la regulación de la eutanasia también debe pronunciarse el Constitucional al admitir los recursos de la derecha. Cuestiones clave para la salud democrática que están en manos de un Constitucional roto.  

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