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Elecciones autonómicas y municipales 2023

En qué colegio tengo que votar en las elecciones municipales y autonómicas del 28M

A partir del 1 de mayo, la Oficina del Censo Electoral envía una tarjeta censal a todos los electores con la información necesaria para saber dónde hay que votar.

Las tarjetas censales enviadas por la Oficina del Censo Electoral para las elecciones del 28 de mayo.
Las tarjetas censales enviadas por la Oficina del Censo Electoral para las elecciones del 28 de mayo. Javier Cebollada / EFE

El próximo 28 de mayo se celebran elecciones en todos los municipios de España. Sin embargo, estas no se celebran en todas las autonomías. Únicamente están llamados a las urnas en 12 de las 17 comunidades autónomas, excluyendo a Andalucía, Catalunya, Euskadi, Galicia y Castilla y León.

La web de Moncloa señala que la Oficina del Censo Electoral (OCE) remite una tarjeta del 1 al 9 de mayo con todos los datos necesarios para votar, tales como la mesa electoral y el colegio que le corresponda a cada votante.

Asimismo, cualquier cambio en los datos de la mesa se verá recogido en dicha tarjeta y será comunicado por la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral, mediante correo postal a los electores, entre el 9 y el 22 de mayo.

Dónde tengo que ir a votar

Además de venir reflejado en la tarjeta enviada por el citado organismo, los electores también pueden consultar en la web del Instituto Nacional de Estadística. Los datos a introducir son la provincia, el municipio y la inicial del primer apellido.

En este sentido, también pueden acceder a la web mediante el DNI electrónico, un certificado electrónico reconocido o a través del portal de Clave. Sin embargo, si no se dispusiese del certificado digital, las delegaciones provinciales de la OCE atienden a las consultas sobre tarjetas censales y mesas electorales.

Los ayuntamientos también disponen de información sobre dónde acudir a votar. Estos datos se expondrían al público en los respectivos consistorios a partir del 18 de mayo.

Mismo colegio anterior y cambio de domicilio

Los electores pueden votar en un colegio distinto a los comicios anteriores. "Los locales o colegios electorales no son fijos y pueden variar de unas elecciones a otras. Los ayuntamientos pueden proponer un local que les parezca más adecuado o accesible que en los comicios anteriores", recoge la web del Gobierno.

En el caso de cambiar de vivienda, aquellos electores que no se hayan empadronado aún en el nuevo domicilio o lo hayan hecho después del 30 de enero de 2023, deberán acudir a votar a la mesa electoral donde estuvieran empadronados anteriormente.

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