Público
Público

Las vacaciones contratadas servirán para librarse de una mesa electoral y el DNI será obligatorio para votar por correo

La Junta Electoral Central exonera de formar parte de una mesa electoral si se tienen las vacaciones contratadas antes del 29 de mayo, fecha en la que se convocaron las elecciones del 23J. También ordena identificarse al depositar el voto por correo.

Una persona con un ticket de voto por correo en la oficina de Correos de Cibeles, a 1 de junio de 2023, en Madrid (España).
Una persona con un ticket de voto por correo en la oficina de Correos de Cibeles, a 1 de junio de 2023, en Madrid (España). Europa Press

La Junta Electoral Central (JEC) ha aprobado una instrucción que exige que todos los electores que voten por correo se identifiquen con el DNI o con un documento análogo en el momento de enviar la papeleta y depositar el voto. 

La JEC ha aprobado esta resolución de cara a las próximas elecciones del 23 de julio y ha señalado que si no se pudiera acudir personalmente a entregar la documentación, se deberá otorgar una autorización para que la entregue otra persona, que deberá estar firmada por el elector y acompañarse de fotocopia de su DNI o documento análogo.  

La obligación de presentar el DNI es una medida que se aplicó excepcionalmente para los votantes de Melilla en los comicios locales del pasado 28 de mayo ante las sospechas de un posible fraude tras las denuncias de robo de documentación electoral y la investigación abierta al respecto.

La legislación obliga a identificarse con el DNI a la hora de solicitar el voto por correo y recoger la documentación, pero ya no se considera necesario cuando, días o semanas después, ese mismo elector ejerce su derecho y entrega su voto en la oficina de Correos.

Vacaciones contratadas antes del 29 de mayo

Además, la JEC también ha acordado considerar como excusa válida para no formar parte de una mesa electoral tener las vacaciones contratadas antes del 29 de mayo. En concreto, la JEC establece en su instrucción que si la jornada electoral coincide con un "desplazamiento o estancia de carácter vacacional, que haya sido contratado antes de la fecha de la convocatoria de las elecciones" se podrá argumentar como "excusa" ante la Junta Electoral de Zona correspondiente los perjuicios que acarrearía la anulación de las vacaciones contratadas.

Un ciudadano podrá quedar así exonerado de su obligación si hubiera contratado o reservado antes de la convocatoria de los comicios del 23J, pero la JEC puntualiza que debe tratarse de "perjuicio económico o un trastorno grave al solicitante", que deberá acreditarse "documentalmente". 

En ese sentido, la JEC también pide a las Juntas Electorales de Zona que acepten estos términos como alegaciones válidas para quedar exonerado.

Correos, dispuesta a reforzarse con 12.000 contrataciones

En otro orden de cosas, Correos ha iniciado ya las contrataciones de refuerzo para atender convenientemente el voto por correo durante las elecciones generales del 23 de julio y asegura estar dispuesta a contratar incluso a más de 12.000 personas "si fuera necesario".

Para el proceso de contratación, que la entidad asegura que ya ha comenzado, se recurrirá en primer lugar a las bolsas de empleo de Correos y después a las personas con experiencia laboral en la compañía. También se hará ofrecimiento, si fuera necesario, a los 84.000 aspirantes al último proceso de consolidación de empleo, y en última instancia, según las necesidades, se recurrirá a las instituciones de empleo oficiales.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias