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La juez procesa a Inda y Entreambasaguas por acosar a los hijos de Iglesias y Montero

Intentaron obtener información de la cuidadora, quien tuvo que restringir las salidas de los niños al parque y, al final, rescindió su contrato.

Imagen de archivo de Eduardo Inda.
Imagen de archivo de Eduardo Inda.

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La jueza de primera instancia e instrucción de Collado Villalba, Sara Rodríguez Huertas, ha procesado al director de OK Diario, Eduardo Inda, y a uno de sus redactores, Alejandro Entreambasaguas, como supuestos autores de un delito de acoso a los hijos de Pablo Iglesias e Irene Montero, vicepresidente segundo y ministra de Igualdad, respectivamente.

La magistrada ha dictado el auto de transformación en procedimiento abreviado de esta causa abierta con la querella interpuesta por Iglesias y Montero en nombre de sus hijos menores de edad. Y da diez días a las partes para que se pronuncien sobre la apertura de juicio oral contra Inda, como representante legal de OK Diario, y Entreambasaguas.

El auto detalla cómo el redactor se personó en varias ocasiones en el domicilio de la cuidadora de los niños, con la finalidad de obtener información sobre ella y de su actividad, entre noviembre y diciembre de 2019. Y con la misma finalidad le llamó en varias ocasiones por teléfono, siempre con resultado negativo.

El domicilio de la cuidadora es el lugar donde Iglesias y Montero dejaban a diario a sus hijos a su cargo durante su jornada laboral.

Al no obtener la información directa de la cuidadora -relata el auto-, el redactor de OK Diario acudió a la urbanización en la que se encuentra el domicilio de la cuidadora y abordó a varios vecinos.

La empleada de Iglesias y Montero en un primer lugar restringió las salidas a los parques infantiles de las zonas comunes de la urbanización con los niños a los que cuidaba. A consecuencia de ello, quedó limitada su actividad diaria y la de los menores. Ante la reiteración de los hechos, el 31 de diciembre de 2019 decidió resolver el contrato que mantenía con los querellantes para el cuidado de sus hijos.

"Ello supuso una altercación evidente en la vida cotidiana de los querellantes y de sus hijos, viéndose obligados a elegir otra opción para el cuidado de sus hijos durante su jornada laboral", explica el auto.

Prisión de seis meses  a dos años

El delito de acoso está castigado con una pena de prisión de tres meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses, aunque si se trata de una persona especialmente vulnerable -como pueden ser unos menores-, la condena sube a prisión de seis meses a dos años.

Este delito figura en el Código Penal (artículo 172 ter) y sanciona a quien acose a una persona de forma insistente y reiterada, incluida la vigilancia, persecución y búsqueda de su cercanía física.

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