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El CGPJ aprueba un crítico informe de la ley de eficiencia procesal al "dudar" de la constitucionalidad de ciertas propuestas

El documento, que ha recibido doce votos a favor y ocho en contra, considera que "si bien algunas disposiciones se muestran nítidamente eficaces y es fácil adivinar su efectividad, en otras es dudosa la concurrencia de tales cualidades".

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (i) conversa con el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes (c), y la ministra deJusticia, Pilar Llop, antes del inicio del acto de homenaje de estado a las víctimas de la pandemia
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez conversa con el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, y la ministra deJusticia, Pilar Llop. Ballesteros/POOL / EFE

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este jueves un crítico informe del anteproyecto de ley de eficiencia procesal, iniciativa diseñada por Justicia para agilizar los procesos con medidas como el impulso de la mediación, las vistas telemáticas, las sentencias orales o los pleitos testigo.

El documento, que ha recibido doce votos a favor y ocho en contra, considera que "si bien algunas disposiciones se muestran nítidamente eficaces y es fácil adivinar su efectividad, en otras es dudosa la concurrencia de tales cualidades".

Además de dudar de la constitucionalidad de alguna de las propuestas, cuestiona la idoneidad de unas medidas con un marcado carácter coyuntural, vinculadas a la crisis sanitaria y a su impacto en los juzgados, y que, "no obstante, se articulan con vocación de generalidad y permanencia".

El anteproyecto obliga a que en la jurisdicción civil, antes de interponer una demanda se acuda a un sistema alternativo de solución de controversias, pero el CGPJ alerta de que no todos los conflictos son susceptibles de ser resueltos en una negociación.

Critica también el informe la apuesta por las comunicaciones electrónicas, recordando que el Constitucional ha determinado que el primer emplazamiento debe realizarse personalmente, no por correo electrónico.

Y advierte de los riesgos de las vistas telemáticas, en las que hay que garantizar la identificación de las partes, la incomunicación de testigos y peritos y que no hay influencias externas en las declaraciones, de modo que la persona que está declarando no recibe notas escritas o sugerencias de respuestas por parte de su abogado.

La apuesta por las nuevas tecnologías, señala, puede violentar principios procesales asentados como la oralidad, la inmediación o la publicidad.

Por otra parte, el CGPJ valora que se quieran extender a la jurisdicción civil los procedimientos testigo, que podrían ser aplicados por ejemplo en las reclamaciones a compañía aéreas o entidades bancarias: se elige un caso como pleito testigo que servirá como referencia para resolver otros similares, que quedarán en suspenso temporalmente.

No obstante, cree que la regulación que se ha fijado para esos casos puede hacer que el proceso no sea realmente eficaz y cuestiona además la regla establecida para el pago de costas.

El CGPJ aplaude también que se abra la posibilidad de dictar sentencias a viva voz en determinados procedimientos, aunque alerta de que las condiciones marcadas puede desincentivar a los jueces a seguir esa vía.

El informe avala en líneas generales los cambios en el régimen de recursos extraordinarios, pero echa en falta que no se haya aprovechado la ocasión para adoptar otras reformas, como la del llamado recurso de casación autonómico, y que no se hayan desarrollado medidas incluidas en el plan de choque que diseñó el CGPJ para reactivar los juzgados tras el fin del estado de alarma.

La ley de eficacia procesal es una de las diversas iniciativa impulsadas por el anterior ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, y que han quedado inconclusas con su relevo.

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