Público
Público

Ley Rhodes Las claves de la pionera ley que protegerá a los menores frente a la violencia "venga de donde venga"​

La norma, aprobada en el Congreso por una amplia mayoría absoluta, no pone el acento exclusivamente en la atención, también en la prevención, detección precoz, asistencia, asesoramiento, reparación, restauración y en la sensibilización.

25/03/2021.- Varios niños sentados frente al colegio público Lope de Vega, en Madrid. Jesús Hellín / Europa Press
Varios niños sentados frente al colegio público Lope de Vega, en Madrid. Jesús Hellín / Europa Press

"El 47,6% de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual son contra menores; cada año, 38.000 menores sufren violencia en nuestro país, aunque únicamente denuncia el 20%; uno de cada cinco de ellos denuncia; cuatro de cada cinco calla; o lo que es lo mismo, de cada 100 menores que sufren violencia, 80 silencian esa violencia. La violencia contra la infancia no se nombra, pero existe". Con estas palabras, la portavoz socialista Sonia Guerra comenzaba este jueves su intervención en el Pleno del Congreso de los Diputados para celebrar la aprobación de la pionera ley de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia

La medida, que ha sido aprobada por una holgada mayoría absoluta en la Cámara Baja, será remitida ahora al Senado para continuar con su tramitación. La bautizada Ley Rhodes tiene el objetivo de velar por los menores y adolescentes y protegerles de la violencia, "venga de donde venga, la realice quien la realice, y se produzca donde se produzca". No pone el acento exclusivamente en la atención, también en la prevención, detección precoz, asistencia, asesoramiento, reparación, restauración y en la sensibilización.

Estas son algunas de las claves de la nueva ley que otorga un marco normativo para hacer frente a situaciones que pueden pasar desapercibidas en numerosas ocasiones por la intimidad de los ámbitos en los que tiene lugar (las esferas familiar y escolar, sobre todo), pero que aborda un problema multidimensional.

Amplía el plazo de prescripción de los delitos

El plazo de prescripción de los delitos graves contra menores no empezará a correr hasta que la víctima haya cumplido 35 años y no 18 como ahora. El texto inicial establecía este umbral en los 30 años, pero una enmienda transaccional registrada este miércoles in extremis aumenta a cinco el comienzo del cómputo del plazo. "Con ello se evita la existencia de espacios de impunidad en delitos que estadísticamente se han probado de lenta asimilación en las víctimas en el plano psicológico y, muchas veces, de tardía detección". Asimismo, los niños, niñas y adolescentes podrán denunciar de manera personal y directa.

Obligatoriedad de la prueba preconstituida hasta los 14 años

Los menores de 14 años o las personas con discapacidad necesitadas de especial protección solo deberán declarar una vez, durante la fase de instrucción del proceso judicial. Este instrumento evitará que el lapso temporal entre la primera declaración y la fecha de juicio oral afecten a la calidad del
relato, así como la victimización secundaria de víctimas especialmente vulnerables. Por otra parte, las personas menores de edad víctimas de violencia tienen derecho a la defensa y representación gratuitas por el abogado y el procurador.

Deber de denuncia

La norma recoge que toda persona que advierta indicios de una situación de violencia ejercida sobre una persona menor de edad está obligada a comunicarlo de forma inmediata a la autoridad competente y, si los hechos pudieran ser constitutivos de delito, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, al Ministerio Fiscal o a la autoridad judicial, sin perjuicio de prestar la atención inmediata que la víctima precise.

Se refuerza el derecho de los niños a ser escuchados

Uno de los fines de esta norma es reforzar el ejercicio del derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser oídos, escuchados y a que sus opiniones sean tenidas en cuenta debidamente en contextos de violencia contra ellos, asegurando su protección y evitando su victimización secundaria.

Fin al Síndrome de Alienación Parental

En el mismo articulo, el 10 bis también prohíbe la aplicación del falso Síndrome de Alienación Parental (SAP), una etiqueta acientífica que se utiliza en procesos de separación para retirar la custodia de los hijos a las madres. "Los poderes públicos tomarán las medidas necesarias para impedir que planteamientos teóricos o criterios sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta", como el SAP, puedan ser tomados en consideración.

No habrá guarda conjunta si hay indicios de violencia

No procederá la custodia compartida cuando cualquiera de los progenitores esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos. "Tampoco procederá cuando el juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género".

Violencia vicaria

La norma también reconoce como violencia de género aquella que, "con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres", se ejerza sobre sus familiares o allegados menores de edad por parte de los maltratadores, lo que se denomina violencia vicaria.

Coordinador de bienestar en los centros educativos

Se crea la figura del coordinador de bienestar y protección del alumnado, que actuará bajo la supervisión de la persona que ostente la dirección o titularidad del centro. Además, se incluye la educación afectivo-sexual en todas las etapas educativas. También, la norma obliga a la instauración de protocolos en colegios, centros deportivos y de protección.

Formación especializada

Regula la formación especializada, inicial y continua, de los y las profesionales que tengan un contacto habitual con personas menores de edad, y recoge la necesaria cooperación y colaboración entre las administraciones públicas, estableciéndose a tal efecto la creación de la "Conferencia Sectorial de la infancia y la adolescencia, y la colaboración público-privada". La especialización atañe, sobre todo, a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del estado, los trabajadores del ámbito judicial y fiscal, el cuerpo de letrados y el resto de personal al servicio de la Administración de Justicia.

Se crearán juzgados específicos

En el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor de esta ley (20 días después de su publicación en el BOE), el Gobierno remitirá a las Cortes Generales un proyecto de ley que modifique la Ley del Poder Judicial en aras de incluir añadir Juzgados de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, así como la especialización de los Juzgados de lo Penal y las Audiencias Provinciales.

Determinación de la edad de los niños que migran solos

El Gobierno, en el plazo de doce meses desde la aprobación de esta ley, procederá al desarrollo normativo del procedimiento para la determinación de la edad de los menores, de modo que se garantice el cumplimiento de las obligaciones internacionales contraídas por España, así como la prevalencia del interés superior del menor, sus derechos y su dignidad.

Considera a los trabajadores de los Servicios Sociales como agentes de la autoridad

Quizás una de las medidas más polémicas de la ley. Los funcionarios que desarrollan su actividad profesional en los Servicios Sociales tendrán la condición de agente de la autoridad. EH Bildu, junto a otros grupos, ha pedido la eliminación de este punto dentro del artículo 39, pero esa enmienda no ha prosperado.

Violencia digital: el 40% de las adolescentes han sufrido acoso sexual virtual

Las administraciones públicas desarrollarán campañas de educación, sensibilización y difusión dirigidas a los niños, niñas y adolescentes, familias, educadores y otros profesionales que trabajen habitualmente con personas menores de edad sobre el uso seguro y responsable de Internet y las tecnologías de la información y la comunicación, así como sobre los riesgos derivados de un uso inadecuado que puedan generar fenómenos de violencia sexual contra los niños, niñas y adolescentes como el ciberbullying, el grooming, la ciberviolencia de género o el sexting, y el acceso y consumo de pornografía entre la población menor de edad.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias