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​Una sanción de 65.000 euros por un error formal aboca al cierre a la asociación de víctimas del terrorismo 11M

El Ministerio de Derechos Sociales exige la devolución de una subvención y el pago de intereses. "A la hora de comprobar que una subvención se ha gastado conforme a derecho, hay que cumplir con la finalidad de la subvención y con los requisitos formales de justificación. La jurisprudencia es clara y hay que aplicarla", señalan fuentes del ministerio.

La escultura 'Ilusión truncada' durante uno de los actos 11M organizado por la Asociación 11M Afectados del Terrorismo, en la estación de tren de Santa Eugenia.
La escultura 'Ilusión truncada' durante uno de los actos 11M organizado por la Asociación 11M Afectados del Terrorismo, en la estación de tren de Santa Eugenia. Jesús Hellín / Europa Press

La Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales reclama a la Asociación 11M de afectados por el terrorismo el pago de una multa de 51.538 euros y exige otros 14.313 en concepto de intereses: son más de 65.000 euros en total. El órgano, dependiente del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 exige esta cuantía por un error formal: la ausencia de una estampilla en unas facturas que se financiaron mediante una subvención pública destinada a incurrir en los gastos de la entidad en el año 2013.

Desde la entidad señalan que recurrieron la sanción y que en un primer momento el subdirector general de Diversidad Familiar y Servicios Sociales se comprometió a anularla, unas palabras de las que después se retractó. Además, poco después de estas, el trámite de embargo que ejecuta la Agencia Tributaria se puso en marcha, lo que obligó a la asociación a afrontar el pago con inmediatez.

Denuncian que el Ministerio no haya aceptado los justificantes de gasto en los que no figura el sello de imputación a la subvención al ser presentados. Señalan que de este modo se deniega la posibilidad ofrecida por la asociación de subsanar el defecto de forma.

Recuerdan que la subvención fue utilizada de forma adecuada

Del mismo modo, recuerdan que la subvención concedida, que ascendía a la cifra de de 49.500 euros y que estaba dividida en dos partidas, fue utilizada de forma adecuada y así lo afirma una auditoría externa y el propio Ministerio. Por ello, consideran "incongruente, desproporcionada y sangrante" la actuación, tanto de la Agencia Tributaria, como la del Ministerio de Sanidad. "El único "delito" no haber estampillado unos documentos", señalan.

Esta multa aboca a la entidad a una situación comprometida y que tildan de "extrema". Según explican, al hacer frente a este gasto deben eliminar otros pendientes de realizar antes de final de año por falta de recursos. Entre ellos,
las ayudas médicas y sociales a las víctimas, la celebración de actos y homenajes y la intervención de la entidad en los procesos jurídicos abiertos, como el de los atentados en Catalunya. 

"La jurisprudencia es clara y hay que aplicarla"

Fuentes de la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales señalan que la entidad "no ha justificado la subvención recibida, según las normas aplicables que le eran conocidas en el momento de acceder a la misma". Unas normas de obligada aplicación por parte del Ministerio de Derechos Sociales en la revisión de las justificaciones, "conocidas e incumplidas por la entidad", para posteriormente trasladarlas a Hacienda.

"A la hora de comprobar que una subvención se ha gastado conforme a derecho, hay que cumplir con la finalidad de la subvención y con los requisitos formales de justificación (sobre todo, como es el caso, cuando estos requisitos están hechos para evitar fraudes). La jurisprudencia es clara y hay que aplicarla", detallan desde el ministerio.

Las fuentes consultadas lamentan la situación que atraviesa la Asociación 11M de afectados por el terrorismo, pero subrayan que "no se les puede dar un trato distinto al de las restantes entidades, máxime cuando el origen de la situación actual es que la citada entidad no ha cumplido con sus obligaciones, libremente aceptadas, cuando accedió a esa subvención". Y añade que "una vez constituida una deuda con la Agencia Tributaria, la Dirección General pierde el control de la misma". 

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