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El Supremo inadmite la querella contra Dolores Delgado y la AEAT por no investigar los delitos del rey emérito

El auto señala que la querella se limita a narrar unos hechos que imputa a la Fiscal General del Estado, sustentados en la información periodística aparecida en diversos medios informativos, por lo que ordena el archivo de las actuaciones.

Imagen de archivo del rey emérito don Juan Carlos I
Imagen de archivo del rey emérito don Juan Carlos I. Europa Press

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la querella presentada por la Asamblea Republicana de Vigo contra la fiscal General del Estado, Dolores Delgado, y contra el director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), Jesús Gascón, por presunta prevaricación, ante una "intolerable dejación de sus obligaciones" frente a los supuestos delitos fiscales que habría cometido el rey emérito, Juan Carlos I.

El auto, del que ha sido ponente la magistrada Carmen Lamela y al que ha tenido acceso Europa Press, señala que la querella se limita a narrar unos hechos que imputa a la Fiscal General del Estado, sustentados en la información periodística aparecida en diversos medios informativos, que, desde su perspectiva, considera ocurridos, "pero sin que acompañe a su denuncia datos objetivos y accesibles de la realidad de lo sucedido en cuanto a la intervención de la persona aforada Señora Delgado", por lo que inadmite la querella y ordena el archivo de las actuaciones. 

La querella relataba la información de la que la Asamblea había tenido conocimiento a través de la prensa extranjera y nacional, relativa a determinadas comisiones cobradas por el rey emérito y pagadas por consorcios españoles, a operaciones realizadas a través de las fundaciones Lucum y Zagastka de las que el primero resultaría beneficiado, y también sobre la utilización de unas tarjetas de crédito con cargo a una cuenta en la habría sido ingresado dinero como regalo por parte de un empresario amigo de origen mexicano.

Los querellantes describían asimismo determinadas investigaciones llevadas a cabo por la Fiscalía Europea, por el Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional (pieza Carol del macrosumario que investiga las actividades del comisario jubilado José Manuel Villarejo y por la Fiscalía Anticorrupción), así como actuaciones a la Fiscalía del Tribunal Supremo en las que se informa de la posible comisión de un delito fiscal y de un delito de blanqueo de capitales.

Seguidamente, los querellantes atribuían a los querellados la omisión de distintas actuaciones contra el rey emérito dentro de sus respectivas competencias que se desarrollaban en ámbitos, judicial y administrativo, totalmente diferentes e independientes y sin conexión alguna entre ellas, razona el Supremo. Y no se les atribuye además "ninguna actuación conjunta o concertada", añade la resolución dada a conocer este jueves. 

El Supremo subraya en su auto que la Asamblea Republicana de Vigo no ofrece elemento o principio de prueba que avale razonablemente la verosimilitud de la realidad de los hechos contenidos en la querella en lo que se refiere a la intervención de Dolores Delgado, "limitándose a afirmar su existencia sin ningún apoyo objetivo". A ello se suma que además el hecho de que la Fiscalía del Tribunal Supremo esté tramitando actualmente diligencias de investigación referidas a las actividades del exmonarca. 

Según explicó a Europa Press el abogado tributarista que ha redactado la querella, Antón Beiras, la nueva regularización fiscal del rey emérito, por el IRPF y por 4,4 millones de euros, "significaría que ni la AEAT ni la Fiscalía han abierto una inspección tributaria o una investigación penal formal" ante Juan Carlos I.

Recordó para que esa regularización "sirva de excusa absolutoria en el ámbito penal", debe producirse de forma "espontánea y veraz", es decir, que no haya previamente una inspección tributaria ni una investigación formal.

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