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Aborto El TSJ de Madrid considera ilegal despedir a una mujer tras haber sufrido un aborto

El despido supuso una discriminación por razón de sexo según el tribunal y tuvo que ser reincorporada a su puesto de trabajo.

28/09/2018.- Un momento de la manifestación convocada por el Movimiento Feminista de Madrid con motivo del Día Internacional por la Despenalización del aborto y la Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos de las mujeres. EFE/ Zipi

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El Tribunal Supremo de Justicia de Madrid dictó una sentencia el pasado mes de marzo en el que anulaba el despido de una mujer que había sufrido un aborto, alegando discriminación por razones de sexo. 

Por tanto, una trabajadora que ha sufrido un aborto estará igual de protegido que una trabajadora que ha dado a luz. La mujer se había reincorporado tras una semana de baja por incapacidad temporal y fue despedida diez días después, informa la Cadena SER. 

La empresa de estética Centros Únicos despidió a la trabajadora alegando que la sustituta durante la baja había sido más eficiente: "estimando que su actitud comercial y trabajo técnico es superior al que veníamos observando en usted", alegaba durante el juicio.

Se confirmó así que el despido supuso una discriminación por razón de sexo, ya que ese bajo rendimiento no pudo ser demostrado. Además, la contratación de la persona sustituta se produjo dos meses después de la baja de la trabajadora que acabó abortando, por lo que no se considera sustitución directa, informa este medio.

Así pues, Centros Único tuvo que reincorporar a la trabajadora y pagarle los salarios pendientes. 

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