Este artículo se publicó hace 4 años.
El calvario de la soldado Cristina: un alta médica ilegal, un falso vídeo porno y un hijo perdido
El TSJ madrileño concluye que una teniente coronel se saltó la ley al obligar a una militar a reincorporarse a su base cuando apenas podía moverse, lo que le provocó una crisis por la que se vio obligada a abortar.
El alta médica que agravó el calvario de la soldado Cristina V. A. y desató la crisis que le llevó a perder el hijo que estaba gestando fue ilegal: el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha sentenciado, en una resolución que ya es firme, que la teniente coronel que ordenó su incorporación a su unidad de artillería, María Gracia Cañadas, tomó esa decisión de manera arbitraria, sin que la militar hubiera sido sometida antes a una revisión médica imprescindible y basándose en un informe médico que, además de haber sido elaborado con otra finalidad, la señalaba como pendiente de ser operada por una lesión que no se había estabilizado.
Se trata de la misma oficial que unos meses antes, y sin que la afectada lo supiera todavía, había puesto en marcha mediante un informe-denuncia el proceso disciplinario en el que Cristina V. A. fue sancionada tras ser acusada de haber propuesto a varios compañeros que clicaran en determinados vídeos de una web porno en los que les habría dicho que aparecía ella, cuando la fisionomía de la protagonista presentaba obvias diferencias con la suya. A pesar de ello, fue sancionada con doce días de suspensión de empleo y sueldo por "incumplimiento de los deberes militares propios del destino o puesto que se desempeñe".
Una jueza de Zaragoza llegó a imputar a la teniente coronel, a un general y a otros dos oficiales por este asunto, en el que pretendía esclarecer si se habían conchabado para perjudicar a la soldado, aunque no llegaron a declarar ya que la Justicia castrense se hizo con el caso al forzar la inhibición del Juzgado de Daroca.
El tema de los falsos vídeos porno acababa zanjado por la vía de los hechos antes de que hubieran pasado dos meses, ya que el Ejército ordenó el cese de la soldado argumentando que "no reúne las condiciones psicofísicas necesarias para continuar en el servicio activo". La echaron por una minusvalía psicológica del 25% cuando su lesión fundamental era de la espalda.
Cuando la angustia empeora una lesión
La oficial había ordenó su reincorporación a finales de agosto de 2018, cuando Cristina V. A. llevaba seis meses y medio convaleciente de un pinzamiento que había sufrido mientras participaba en unas maniobras con su unidad, que tiene su base en el cuartel de El Goloso. Para entonces ya estaba en marcha el expediente de los falsos vídeos porno por el que fue sancionada pese a la inconsistencia de las pruebas.
Unas semanas antes de recibir esa orden, a finales de julio, le habían diagnosticado una desviación de columna por la que estaba en espera de ser intervenida.
Sin embargo, el 20 de agosto le comunicaban desde el cuartel que, por orden de Cañadas, la primera mujer que recibió el fajín de Estado Mayor en el Ejército español, al día siguiente debía incorporarse a su unidad. Eso le causó un estado de ansiedad que, junto con los dolores que por el arrastre de la maleta, le provocó una crisis por la que tuvo que ser evacuada a urgencias cuando se disponía a coger un tren en la estación de Zaragoza, en uno de los pueblos de cuya provincia reside habitualmente.
Unos días después era intervenida de urgencia del pinzamiento y la desviación, lesiones físicas que se habían visto agravadas como consecuencia del ataque de angustia que había sufrido en la estación.
Unas semanas más tarde se sometía a una interrupción del embarazo, del que ni ella ni su pareja habían tenido noticias hasta entonces, por recomendación médica y en previsión de los daños que podrían provocar en el feto la anestesia total a la que fue sometida durante la operación de espalda y la transfusión de dos litros de sangre que recibió durante la misma.
Pendiente de ser operada
El TSJ madrileño concluye que "no existe en el caso presente" el informe previo "imprescindible y necesario" que antes de ordenar un alta debe emitir "la Sanidad Militar, que tiene en este caso el carácter de preceptivo y vinculante, dictamen o informe que, evidentemente, ha de referirse a la procedencia del alta para el servicio por no concurrir ya y haber cesado las circunstancias que motivaron la baja".
En su lugar, Defensa argumentó que la teniente coronel Cañadas había ordenado el alta basándose en un informe sanitario, aunque este, realizado a finales de julio en el Hospital Militar de Zaragoza y procedente del "sistema de control y evaluación de las condiciones psicofísicas de los militares profesionales", no tenía nada que ver con la situación de baja de la soldado.
Por otro lado, el contenido del dictamen con base en el cual la oficial tomó la decisión tampoco señalaba a Cristina V. A. como una persona físicamente apta: la describía como "pendiente de intervención quirúrgica" por una listesis (desplazamiento de la quinta vértebra lumbar), anotaba que la lesión "no" estaba estabilizada ni era "irreversible o de remota o incierta reversibilidad" y proponía otra revisión para dentro de cuatro meses.
"Acordaron el alta sin el informe preceptivo"
El informe calificaba a la soldado, en cuyo caso ha intervenido la asociación Red 45+, como "apta" para "continuar ejerciendo las funciones de su cuerpo, escala, plaza o carrera" al mismo tiempo que consideraba sus aptitudes como "limitada[s] para carrera, salto, carga de peso, marchas prolongadas y bipedestación prolongada".
Sin embargo, añade el TSJM, un estudio de ese tipo "es independiente de la situación de baja temporal para el servicio" y se centra en "la apreciación o no de una insuficiencia de condiciones psicofísicas para el servicio", por lo que "no era el informe o dictamen preceptivo" para poder decidir sobre la situación de alta o de baja de la soldado.
La teniente coronel, primero, y después el general que rechazó el recurso de Cristina V. A. contra esa decisión, "acordaron el alta para el servicio de la recurrente sin el previo dictamen o informe preceptivo y vinculante de la sanidad militar", concluye.
La soldado, que llegó a ser expedientada por no incorporarse a su destino tras haber recibido la orden de la teniente coronel, denunció a su superior por "abuso de autoridad, acoso profesional y extralimitaciones en el ejercicio del mando". La denuncia no prosperó. Ahora vuelve a estar en situación de baja médica mientras el ejército concluye la tramitación de su cese
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