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ACOSO EN EL EJÉRCITO El Ejército zanja el caso de los falsos vídeos porno echando a la denunciante

La Junta de Evaluación médica sostiene que la soldado “no reúne las condiciones psicofísicas necesarias para continuar en servicio activo” y recomienda casarle dos meses después de que el juzgado de Daroca se inhibiera y enviara a los tribunales militares la investigación.

Imagen de un soldado en un tanque. Ministerio de Defensa.

El Ejército ha zanjado el caso de los falsos vídeos porno al echar de sus filas a la denunciante, en una decisión que pone de nuevo sobre la mesa lo que comienza a revelarse como algo inquietantemente recurrente en el ámbito militar: soldados que atribuye a sus superiores episodios de acoso laboral y/o sexual en las fuerzas armadas acaban fuera estas tras diagnosticar los servicios médicos castrenses que han perdido las aptitudes psicofísicas para continuar siendo soldados. Ese itinerario se ha dado en varias ocasiones, explicaron fuentes militares.

La afectada es ahora C. V. B., una militar que en los últimos años ha vivido un calvario en el que llegó a perder el hijo que estaba gestando y sobre quien la Junta de Evaluación de Carácter Permanente acaba de señalar, tras una “evaluación extraordinaria para la determinación de insuficiencia de condiciones psicofísicas”, que “no reúne las condiciones psicofísicas necesarias para continuar en servicio activo”, por lo que ha propuesto declararla “no apta para el servicio, con resolución de compromiso”.

Eso, en términos laborales equivale a una rescisión de contrato, a un despido por decisión empresarial aunque en este caso sin indemnización

En términos castrenses, la decisión tiene otras vertientes entre las que destacan las disciplinarias y las penales: todos los asuntos abiertos en cualquiera de esas jurisdicciones en los que figurara la afectada como denunciante o como denunciada decaen, lo cual, una vez su cese aparezca en el BOE, conllevará el sobreseimiento del caso de los vídeos, en el que llegaron a estar imputados en los tribunales ordinarios un general y tres oficiales sospechosos de haberse conchabado para atribuirle tres filmaciones de carácter pornográfico pese a las obvias diferencias entre el cuerpo de C. V. B. y el de la protagonista de esas escenas.

Sancionada sin chequear las grabaciones

El contenido de esos vídeos nunca llegó a ser chequeado pese a las peticiones en ese sentido que formuló C. V. B. durante la tramitación del expediente disciplinario que terminó con una multa de doce días de sueldo.

Una investigación interna iniciada a raíz de la denuncia de una oficial concluyó que la soldado había comentado a varios compañeros durante unas maniobras que participaba en filmaciones de ese tipo y que los había animado a clickar en ellas porque eso le reportaba beneficios económicos.

La sanción le fue impuesta pese a que no acababa de casar la pieza clave del puzle, que era su eventual aparición en los vídeos; ausencia que acabó siendo justificada con un giro: se la expedientaba por “la exhibición, anuncio o publicidad de un portal pornográfico y la invitación a otros soldados para acceder a él con el consiguiente coste económico, y todo ello durante unos ejercicios propios del servicio”, pero no por “el protagonizar o no tales secuencias”, pese a la obvia inconsistencia de la segunda tesis en caso de fallar la premisa.

El expediente sancionador, de hecho, sostenía que sus peticiones para “persistir en el debate de si era o no la persona que aparece en los vídeos pornográficos” solo buscaban provocar “confusión”. Ninguno de los compañeros de tropa la reconoció durante la investigación como la mujer que salía en ellos, algo que sí hicieron tres oficiales.

Ansiedad y un hueso de la columna

La justicia ordinaria no acababa de compartir los criterios del mando militar. De ahí que la magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Daroca (Zaragoza) decidiera imputar al general que dictó la resolución que hizo firme la sanción, Ángel Serrano; al teniente coronel que activó el expediente, el auditor del Ministerio de Defensa Carlos Granados; a la teniente coronel que dirigía la unidad en la que trabajaba C. V. B. y que presentó la denuncia inicial, María Gracia Cañadas, y a la capitana responsable de la batería en la que operaba esta, Cristina Serrano, que actuó como testigo de cargo.

La jueza no llegó a definir cuál era el delito imputado, aunque la denuncia aludía a uno de injurias y otro de falsedad, ni tampoco a interrogarlos, ya que la justicia militar se activó para hacerse con el caso nada más conocer, por una información de Público, la existencia de las imputaciones: el Tribunal Militar Central número 1, con sede en Madrid, reclamó las actuaciones al Juzgado de Daroca, el cual se inhibió y se las entregó a primeros de octubre.

A finales del mes siguiente, la soldado era sometida a la “evaluación extraordinaria” que ha terminado con la recomendación de su cese.
Los médicos castrenses sostienen que padece una incapacidad del 25% “irreversible o de remota o incierta reversibilidad” que “le imposibilita para el servicio en las Fuerzas Armadas”. Se trata, según ese dictamen, de la combinación de un “trastorno adaptativo con síntomas mixtos ansioso depresivos” y de la desviación de un hueso de la columna de origen “multifactorial” que “no guarda relación causa efecto con el servicio” al que estaba destinada antes de coger la baja en ninguno de los casos.

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