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Estafa bancaria Cajamar deberá devolver 10.900 euros a una clienta que sufrió una estafa bancaria

La magistrada del caso detecta que Cajamar no adoptó las medidas de precaución necesarias.

Una sucursal de Cajamar en Almería, en una imagen de archivo.
Una sucursal de Cajamar en Almería, en una imagen de archivo.

El juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid ha condenado a Cajamar a devolver 10.900 euros a una clienta que sufrió una estafa mediante el duplicado de la tarjeta SIM de su móvil, al entender que la entidad era la "responsable" de contar con la seguridad suficiente para evitar estos delitos.

En su sentencia la magistrada atiende la demanda de la usuaria, representada por el abogado Manuel Carlos Merino, y reserva a Cajamar la posibilidad de reclamar bien contra los autores del fraude, bien contra Movistar en caso de que la compañía "no haya adoptado las medidas de precaución precisas".

Los hechos se remontan a 2020, cuando la demandante recibió una llamada de una persona que se identificó como empleado de Cajamar, y que se limitó a preguntarle si estaba utilizando su ordenador; tras contestar que no, el hombre cortó la llamada.

Poco tiempo después, la clienta comenzó a detectar fallos en el funcionamiento de su teléfono móvil, que no podía recibir o hacer llamadas, ni acceder a Internet.

Al día siguiente, acudió a su sucursal, donde le informaron de que se habían cargado en su cuenta "varios movimientos y operaciones irregulares durante la noche anterior", y le aconsejaron "que denunciara estos hechos a la Policía".

Paralelamente, ante los problemas en su teléfono móvil, la mujer registró la incidencia ante Movistar, que le comunicó que "un tercer desconocido cursó una solicitud de duplicado de su tarjeta SIM a la operadora a través de Internet, que fue entregado justo el mismo día que dieron comienzo las operaciones fraudulentas".

En su respuesta a la demanda, Cajamar alegó que las operaciones, que "fueron registradas con exactitud y contabilizadas sin verse afectadas por fallos técnicos o de otra índole", se realizaron "con conocimiento de sus claves para operar".

Ahora la titular del juzgado recuerda que la banca "ha de proporcionar un sistema esencialmente seguro, con los medios técnicos adecuados para garantizar a los clientes que las operaciones se van a efectuar de manera segura y confidencial, como titular del sistema".

Por tanto, la entidad debe atender la reclamación al ser la "responsable del sistema y de contar con los precisos medios de seguridad que evitasen que alguien que no fuese la clienta pudiese acceder a sus cuentas, sea por banca electrónica, por teléfono u otro medio".

Especialmente en este caso, en el que "se llega a detectar el fraude y se bloquean operaciones", por lo que la entidad "se debió percatar de que se trataba de operaciones que habitualmente no realizaba el cliente", superando al menos una de ellas el límite contratado sin ningún tipo de justificación.

La magistrada estima así íntegramente la demanda, si bien reconoce el derecho de repetición de Cajamar para solicitar la responsabilidad a quienes llevaron a cabo la estafa o a Movistar, si se detecta que no adoptó las medidas de precaución necesarias al expedir el duplicado.

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