Público
Público

Reconocen el derecho de un policía de paisano a cobrar por vestuario

El fallo reconoce el derecho del agente a cobrar esa partida durante el tiempo en que prestó dichos servicios.

Agentes de paisano de los Mossos durante la cumbre del BCE.

EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha estimado el recurso presentado por un subinspector del Cuerpo Nacional de Policía contra una sentencia que le impedía percibir indemnización por vestuario al actuar de paisano como investigador de la Brigada Local de Policía Judicial de Figueres.

El fallo reconoce el derecho del agente a cobrar esa partida durante el tiempo en que prestó esos servicios, cifrado entre el 19 de junio de 2013 y el 18 de abril de 2016.

Además, la cantidad resultante se incrementará con los intereses legales desde la última de estas fechas, que fue en la que el policía interpuso la reclamación administrativa.

La sentencia, contra la que cabe presentar recurso de casación, desestima el argumento de la Abogacía del Estado, que limitaba la percepción de esta indemnización a los policías que visten de paisano cuando prestan servicio "de protección dinámica a personalidades".

El tribunal descarta la imposición de costas "dado que esta cuestión tiene la suficiente complejidad jurídica como para considerar razonable tanto la interposición del recurso como la oposición al mismo".

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias