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Ley Mordaza Zoido mantiene 'la mordaza' a un periodista desoyendo a la Defensora del Pueblo

Interior ha decidido no revocar la multa vía 'Ley Mordaza' de Axier López, que fotografió la detención de dos activistas, pese a que la Defensora del Pueblo la ve "incostitucional".

El ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, responde a una interpelación en el pleno del Senado. EFE/Juan Carlos Hidalgo

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El ministerio del Interior, a través de la Delegación del Gobierno en el País Vasco, ha decidido no revocar la multa impuesta al periodista de Argía, Axier López, en aplicación de la llamada Ley Mordaza, a pesar de que la Defensora del Pueblo le había recomendado que la retirara.

En concreto, la Defensora advertía a Interior que “la aplicación del régimen sancionador de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, no puede prescindir de la circunstancia de que los ciudadanos a los que se imputa la infracción estén ejerciendo un derecho fundamental”.

La Defensora del Pueblo, en el marco del expediente abierto tras la queja presentada por la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) por esta sanción, había resuelto “sugerir” (dentro de sus limitadas competencias) que se revocase esta multa por entender que vulneraba derechos fundamentales.

La Defensora dijo que la 'Ley Mordaza' no puede imponerse a derechos fundamentales, pero sus limitadas competencias hacen que solo pueda hacer "sugerencias" al Gobierno

Basándose en “la reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional”, la Defensora recordaba que los límites al ejercicio de derechos fundamentales, como es la libertad de información, “deben ser establecidos, interpretados y aplicados de forma restrictiva y no deben ser más intensos de lo necesario para preservar otros bienes o derechos constitucionalmente protegidos”. Es decir, deben responder al “principio de proporcionalidad” y mostrar “una motivación suficiente”.

Sin embargo, en la resolución sancionadora dictada por la Delegación del Gobierno en el País Vasco contra Axier López no se habían respetado estos requisitos constitucionales básicos según la Defensora del Pueblo:

“No se hace ningún juicio de proporcionalidad, ni se motiva la constitucionalidad de la sanción impuesta, ni siguiera se considera que pueda existir una limitación o afectación de un derecho fundamental”, decía en su escrito la Defensora, concluyendo que debería revocarse. Y así se lo trasladó a la Delegación del Gobierno en Euskadi el pasado 15 de noviembre.

Ahora, en una comunicación a la PDLI dando cuenta de la evolución del expediente, la Defensora informa que la Delegación del Gobierno “no acepta la sugerencia formulada por esta institución”, por lo que “procede a dar por finalizadas las actuaciones seguidas con dicha Administración, cuyo resultado quedará especificado en el próximo informe de esta institución a las Cortes Generales”.

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