El Gobierno deja abierta la posibilidad de aplicar despidos colectivos del personal laboral en las Administraciones Públicas por causas económicas cuando tengan problemas de financiación o insuficiencia presupuestaria.
Según el reglamento que desarrolla la reforma laboral, se entiende como insuficiencia presupuestaria que la aportación a la entidad correspondiente disminuya al menos un 10% respecto al ejercicio anterior, aunque deja abierta la puerta a otros supuestos que no precisa.
El texto del reglamento, que el Ministerio de Empleo ha enviado a los sindicatos para que hagan sus aportaciones, señala que se entenderá que existe insuficiencia presupuestaria en cuatro casos 'entre otros'.
Además de la disminución del 10% de la aportación, también se dará el caso cuando las transferencias de capital correspondientes a dichas entidades o cuando la aportación presupuestaria al convenio o al contrato programa que tuviera concertado el ente, organismo o entidad, hayan disminuido igualmente al menos ese mismo porcentaje. Igualmente se entiende que habrá causa económica de despido cuando se haya adoptado un 'acuerdo de no disponibilidad' que afecte a dichos organismos.
CCOO y UGT han criticado que la relación de supuestos concretos se deje abierta al decir 'al menos y entre otros' los cuatro casos que se citan en el texto. Además, entienden que para determinar la 'insuficiencia' el presupuesto debería disminuir a partir de un 30 % o un 40 %, 'nunca el 10 %'. Para los sindicatos, con ese criterio 'difícilmente' se podrá garantizar 'una justificación de acuerdo a necesidades objetivas de la administración pública de que se trate'.
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