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El juez del 'caso Negreira' no imputa a Laporta porque el delito ha prescrito

La petición del FC Barcelona, por la que solicitaba personarse en el procedimiento, queda desestimada porque "estaría acusándose a sí mismo".

10/10/2023 - Joan Laporta, presidente del FC Barcelona, ​​asistió a la rueda de prensa sobre el caso Negreira en el estadio Spotify Camp Nou el 17 de abril de 2023, en Barcelona, ​​España.
Joan Laporta, presidente del FC Barcelona, ​​asistió a la rueda de prensa sobre el caso Negreira en el estadio Spotify Camp Nou el 17 de abril de 2023, en Barcelona, ​​España. Marc Graupera Aloma / Europa Press

El juez encargado del caso Negreira ha rechazado que el FC Barcelona se persone como acusación particular. Ha argumentado que el actual presidente, Joan Laporta, realizó pagos de "abultadas cantidades de dinero" a Enríquez Negreira —pagos similares a los que se imputan a Sandro Rosell y Josep Maria Bartome—. Pero en el caso de Laporta, el delito ha prescrito.

El titular del Juzgado de Instrucción 1 de Barcelona, Joaquín Aguirre, afirma que "resulta contrario a toda ética que, quien cometió unos actos idénticos a los de los posteriores presidentes, pretenda personarse en la causa ejerciendo la acusación particular bajo el instrumento jurídico del FC Barcelona, como si este fuera una entidad abstracta con un 'yo' propio ajeno al de los directivos del club".

El juez ha argumentado, asimismo, que "existen indicios más que sobrados de que Laporta cometió los mismos hechos que los presidentes posteriores". Subraya que durante la primera etapa de Laporta como presidente del FC Barcelona —entre 2003 y 2010—, también se efectuaron pagos a la familia de Enríquez Negreira a través de sociedades "interpuestas".

"Por tanto, la conducta de Laporta a este respecto es idéntica a la de los presidentes posteriores", insiste el juez, en referencia a Rosell y Bartomeu. El juez remarca que, hasta el momento, no se ha atribuido a Laporta la comisión de ningún fraude en este caso, pero recuerda que, si no está investigado, es por prescripción del delito.

En su petición, el FC Barcelona solicitaba personarse en el procedimiento exclusivamente para acusar por un delito de administración desleal a parte de sus exdirigentes, a lo que se opuso tanto la Fiscalía como la defensa ejercida por Bartomeu.

Otro de los argumentos del magistrado para desestimar la petición es que el delito de administración desleal se habría cometido en concurso con el de corrupción deportiva, ya que se extrajo dinero de las arcas del club "como medio para cometer otro delito". Así, el juez estima que el FC Barcelona debería acusar por el conjunto y no por una fracción, ya que no puede acusar solo por el medio —sacar dinero del club— y no por el fin —la supuesta corrupción deportiva o cohecho, por la que también está imputado la entidad barcelonista—.

El juez determina, finalmente, que el FC Barcelona no puede acusar por el concurso de ambos delitos, "dado que estaría acusándose a sí mismo".

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