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El juez imputa a Joan Laporta en el 'caso Negreira' por los pagos del Barça

El magistrado considera que "no han prescrito los delitos" después de 2008, durante el mandato del presidente del FC Barcelona. Por ello, incluye al cabeza del equipo en la lista de imputados.

Joan Laporta, presidente del Fc Barcelona, a 14 de septiembre de 2023 en Barcelona, ​​España.
Joan Laporta, presidente del Fc Barcelona, a 14 de septiembre de 2023 en Barcelona, ​​España. Javier Borrego / Europa Press

El instructor del caso Negreira ha acordado la imputación al presidente del FC Barcelona, Joan Laporta, por los pagos efectuados entre 2008 y 2010, durante su anterior mandato, al que fuera vicepresidente de los árbitros. El juez ha concluido que dichos pagos no han preescrito porque constituyen un delito de cohecho continuado.

El magistrado lo ha notificado en la mañana de este miércoles mediante un escrito donde argumenta su decisión y emplaza al presidente del Barça a conseguir un abogado para el caso.

En el auto, el titular del juzgado de instrucción número 1 de Barcelona, Joaquín Aguirre, acuerda atribuir la condición de investigados a Laporta y a todos los miembros de su junta directiva incluidos en la denuncia por los delitos. Con esto, Laporta se suma a la lista junto con los otros dos expresidentes del club imputados, Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu.

El magistrado discrepa así del criterio de la Fiscalía Anticorrupción, que excluyó a Laporta de la denuncia que presentó por los 7,3 millones de euros que el Barça pagó al ex número dos del Comité Técnico de Árbitros (CTA) José María Enríquez Negreira y a su hijo entre 2001 y 2018, al entender que su participación en los hechos durante su primera presidencia ya habría prescrito.

Prescripción de diez años desde el último pago

De acuerdo con los cálculos del magistrado, a los presidentes y directivos del Barça debe aplicárseles el plazo de diez años de prescripción a contar desde el 17 de julio de 2018, teniendo en cuenta que la pena a imponer es de seis a siete años y medio, ya que se trata de un delito continuado de cohecho.

Ello abarcaría los pagos efectuados desde julio de 2008 a 2010, etapa de la que sería responsable la directiva encabezada por Laporta que precedió a Sandro Rosell al frente del club. En el caso de Negreira y su hijo, precisa el auto, los hechos imputables alcanzarían hasta el mes de junio de 2003, dado que la pena a que se exponen supera los diez años de inhabilitación.

Pese a que hasta ahora no se han hallado indicios de que los pagos a Enríquez Negreira persiguieran favorecer al Barça a través del arbitraje, el juez cree que por sus actos "tuvieron por fuerza que beneficiar al FC Barcelona en detrimento del resto de clubes de la Liga de Primera División o de sus rivales en la Copa del Rey".

Esos distintos pagos, en opinión del juez, quedarían subsumidos en el delito de cohecho continuado que, recuerda, "favorece" al investigado dado que la pena a la que se expone es menor de la que se derivaría de la suma aritmética de distintos delitos de cohecho individuales.

Cohecho continuado atribuible a todos los presidentes

Asimismo, el juez se apoya en una sentencia del Tribunal Supremo para defender que el delito de cohecho continuado es atribuible a los distintos presidentes que se sucedieron en el Barça, puesto que, en su opinión, la parte "pagadora" es siempre la misma, el FC Barcelona.

Pese a que Enríquez Negreira no era funcionario, como exige el delito de cohecho, sí tenía esa condición "a efectos penales", dado que desempeñaba funciones públicas como vicepresidente del CTA. A diferencia del delito de corrupción en el deporte, el de cohecho no exige que se demuestre la contraprestación por los pagos efectuados al funcionario público.

Las defensas del Barça y de los directivos investigados han recurrido ante la Audiencia de Barcelona la imputación por cohecho, con el argumento de que Negreira no puede ser considerado funcionario ni siquiera a efectos penales.

Además de los delitos de cohecho continuado, corrupción deportiva, administración desleal y falsedad en documento mercantil, el juez atribuye a los investigados otro de falsedad contable, por las facturas supuestamente mendaces sobre los pagos a Negreira que el Barça entregó a Hacienda para desgravarse el impuesto de sociedades.

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