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La Fiscalía apoya parcialmente los recursos de amparo de ocho de los
12 condenados por el 'caso ERE'

El Ministerio Público apoya la revisión de las condenas por prevaricación pero no las impuestas por malversación, lo que perjudicaría al expresidente andaluz José Antonio Griñán.

La entrada del Tribunal Constitucional
La entrada del Tribunal Constitucional. Alberto Ortega / EP

La Fiscalía ante el Tribunal Constitucional ha presentado este lunes sus alegaciones a los 12 recursos de amparo promovidos por otros
tantos condenados en las sentencias de la Audiencia Provincial de Sevilla y la Sala Segunda del Tribunal Supremo sobre el llamado caso ERE.  

Así, la Fiscalía apoya la revisión de las condenas por prevaricación pero no las impuestas por malversación, lo que perjudicaría al expresidente andaluz José Antonio Griñán, ya que fue el segundo delito lo que le acarreó pena de prisión. 

Griñán fue condenado a seis años de cárcel por prevaricación y malversación, aunque su ingreso en la cárcel ha quedado suspendido durante cinco años por el cáncer que sufre. 

Manuel Chaves, también expresidente de la Junta de Andalucía por el PSOE, fue condenado a nueve años de inhabilitación por prevaricación, sin que fuera condenado a malversación, lo que le permitió eludir la pena de prisión, de modo que si los argumentos de Fiscalía prosperan sería uno de los beneficiados.

La Fiscalía ha apoyado únicamente los motivos de amparo basados en la invocación del principio de legalidad penal frente a la calificación como delito de prevaricación de las conductas consistentes en la elaboración y aprobación de los sucesivos anteproyectos de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y su remisión al Parlamento andaluz. 

El  Fiscal ante el Tribunal Constitucional expone en sus alegaciones que la consideración como delito de prevaricación del ejercicio de la iniciativa legislativa "presupondría introducir un control de la Jurisdicción Penal respecto de la forma e incluso el contenido de dicha
iniciativa legislativa que tanto el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, como la propia jurisdicción constitucional sistemáticamente han rechazado ejercer". 

La eventual estimación de este motivo de amparo debe limitarse, a juicio de la Fiscalía, a la revisión de las penas impuestas por el delito continuado de prevaricación en relación con la elaboración y aprobación de los anteproyectos de ley. 

A estos efectos hay que tener en cuenta que, en todos los casos, la condena por dicho delito continuado abarcaba también la elaboración y aprobación de modificaciones presupuestarias para las que eran competentes el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma o sus
Consejeros, "cuya subsunción en el tipo penal del artículo 404 del Código Penal como resoluciones en asunto administrativo no presenta ninguna objeción de naturaleza constitucional". 

Por consiguiente, se trata de que, en caso de otorgarse el amparo en los términos solicitados, el tribunal de instancia valore nuevamente, a efectos de proporcionalidad de la pena, la conducta objeto de condena con exclusión de dicho aspecto referido a los proyectos de ley, considera el fiscal. 

El criterio adoptado por la Fiscalía ante al Tribunal Constitucional está individualizado. Así, ha estimado parcialmente ocho de los 12 recursos de amparo, incluido el de José Antonio Griñán y Manuel Chaves, expresidentes de la Junta de Andalucía. Por el contrario, ha desestimado totalmente los recursos de tres de los condenados y ha inadmitido el de otro.

Hay que recordar que el Tribunal Constitucional rechazó en septiembre de 2023 acordar la suspensión de la pena privativa de libertad a los condenados en la pieza principal del caso de los ERE de Andalucía, que arrasaron al PSOE en la Comunidad. Estos son los altos cargos Miguel Ángel Serrano Aguilar, Juan Márquez Contreras y Jesús María Rodríguez Román, además de los exconsejeros Antonio Fernández García, Francisco Vallejo Serrano Carmen Martínez Aguayo y José Antonio Viera Chacón. 

Por otro lado, la Audiencia de Sevilla acordó en el mes de junio pasado suspender la pena de seis años y un día de prisión al expresidente de la Junta, José Antonio Griñán, por un periodo de cinco años debido al cáncer que padece. De este modo, Griñán, que fue condenado por el caso de los ERE fraudulentos, esperará fuera de la cárcel a que se resuelva el recurso de amparo que estudia ahora el Tribunal Constitucional y también su petición de indulto.

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