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Condenadas las minas a cielo abierto de León

España no evaluó su impacto, según el Tribunal Europeo

AGENCIAS

El Tribunal de Justicia de la UE condenó a España por autorizar la explotación de minas a cielo abierto en la zona protegida del Alto Sil, en el noroeste de Castilla y León, en condiciones que violan las normas medioambientales comunitarias por no haber evaluado su impacto medioambiental y las consecuencias que estas infraestructuras tendrían para especies en peligro, como el urogallo y el oso pardo.

El tribunal dio así la razón a la Comisión Europea, que había denunciado a las autoridades españolas por no respetar la protección debida en la región del Alto Sil. Esa zona había sido propuesta por España como lugar de interés comunitario (LIC), según la directiva sobre los hábitats, y posteriormente declarada Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA).

Los jueces declararon el 'carácter inadecuado' de las evaluaciones de impacto ambiental en los proyectos de explotación Nueva Julia y Los Ladrones, según explicaron a Efe fuentes jurídicas. En ambos casos, no se tuvo en cuenta el impacto de las minas en la población de urogallo y, en el primer caso, en el oso pardo. Además, la sentencia considera que España autorizó esas explotaciones sin respetar los requisitos para su ejecución dentro de las exigencias de la directiva sobre aves silvestres, que España también incumplió las obligaciones que le incumben por la directiva sobre hábitats en otro grupo de minas y que se destruyeron hábitats protegidos de la zona como LIC.

La Junta de Castilla y León aseguró que sí se respetó la legislación ambiental y señaló que esta condena no supone sanción alguna a España ni la suspensión de la actividad de las minas afectadas, aunque asumió que la Comisión Europea sí puede plantear algún castigo.

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