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El Gobierno no toca la ley del 'solo sí es sí' pero enmienda el Código Penal para evitar reducciones de penas

Un texto acordado por la Comisión de Justicia del Congreso y que será aprobado con la ley sedición, afirma la vigencia de las disposiciones transitorias del Código Penal por el que se deben regir los jueces a la hora de valorar las rebajas de condenas.

06/12/2022.- La ministra de Defensa, Margarita Robles (i) conversa con la ministra de Igualdad, Irene Montero (d) durante los actos de Conmemoración del aniversario de la Constitución este martes en Madrid. EFE/ Kiko Huesca
La ministra de Defensa, Margarita Robles, conversa con la ministra de Igualdad, Irene Montero, durante los actos de Conmemoración del aniversario de la Constitución en Madrid. Kiko Huesca / EFE

El Gobierno ha acordado no introducir modificaciones en la ley del solo sí es sí y sus tipos penales. En cambio ha decidido realizar una modificación express del Código Penal para registrar una enmienda que será incorporada en su exposición de motivos y que afirma que el derecho transitorio contenido en dicha norma desde la reforma de 1995 está plenamente vigente y que debe ser aplicado a toda ley en vigor. Así lo han confirmado a Público fuentes de Igualdad y otros actores cercanos a la negociación que durante los últimos días han mantenido el Ministerio de Justicia y el que dirige Irene Montero. 

Hace una semana, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, afirmó ante un grupo de periodistas que la ley de Libertad Sexual, más conocida como del solo sí es sí debía ser "retocada técnicamente". Desde entonces los enfrentamientos y contactos entre los dos ministerios coproponentes de la ley iniciaron una dura negociación. Igualdad se oponía en rotundo a modificar los tipos penales de una de sus leyes estrella. La bajada de algunas condenas a violadores (más de 50 hasta la fecha) habían tensado las relaciones entre los socios del Gobierno y el constante goteo de informaciones sobre rebajas de condenas a violadores condenados en firme se había convertido en una losa dura de soportar. 

Algunos juristas criticaron que la norma del solo sí es sí no llevara incorporada una disposición transitoria que explicara a los jueces cómo debían interpretar la nueva norma y afirmaban que las disposiciones transitorias del Código Penal no aplicaban a esta ley por no estar en vigor. Sobre todo la disposición transitoria número 5, que afirma que si la pena impuesta al reo entra dentro de la horquilla de penas de la nueva norma, no se debe rebajar la condena. Desde hace un mes, sin embargo, diversos tribunales y audiencias provinciales han interpretado la norma de forma diferente. Mientras que el Tribunal Superior de Justicia de la Rioja afirmaba que no iba a rebajar penas que entraran en la nueva ley, el de Madrid emprendió una amplia revisión de las penas a la baja, entendiendo que lo primaba el derecho del reo a que se aplicara la ley más favorable, sin avaluar si la pena tenía cabida con la nueva norma. Esto ha provocado una rebaja mecánica de penas sin atender a las disposiciones transitorias del Código Penal. Una disparidad de criterios que la Fiscalía General del Estado aclaró en una directiva, pero que el Tribunal Supremo aún no ha estudiado

Este martes, la Comisión de Justicia del Congreso ha acordado introducir una enmienda en el Código Penal, que clarifique en qué forma deben ser interpretadas las períodos transitorios de todas las normas y reafirma que "aun cuando no se estableciera régimen transitorio de la ley se llegaría a la misma conclusión por la aplicación del artículo 2.2 del Código Penal y de la disposición transitoria quinta" de dicha norma. "No obstante la diversidad de interpretaciones realizadas en recientes reformas que afectan al Código Penal aconsejan su introducción expresa, conforme al principio de seguridad jurídica garantizado en el artículo 9.3 de la Constitución Española".

Es decir, el legislador reafirma que si bien la aplicación de la pena debe ser la mas favorable al penado (como afirma el artículo 2.2 del Código Penal y el 9.3 de la propia Constitución), ésta debe ser aplicada según los criterios del derecho transitorio del Código penal, que siguen plenamente en vigentes y deben ser aplicados a toda ley en vigor. Si bien esta modificación afectará a todas las leyes aprobadas, fuentes de Igualdad afirman que el cambio se debe a la mala interpretación que se ha hecho desde distintos tribunales de la revisión de penas en la ley del solo sí es sí y que esperan que la sangría de rebajas conocidas en las últimas semanas se frene con esta clarificación. "La ley del solo sí es sí no se toca", añaden a esta periódico fuentes del Ministerio que dirige Irene Montero.

Desde Igualdad han denunciado en diversas ocasiones que la ley del solo sí es sí no tiene fallas y que los tipos penales habían sido elaborados por el Ministerio de Justicia (cuando José Manuel Campo era ministro) y que las rebajas indiscriminadas se debían a una mala interpretación de las leyes por parte de los jueces. Esta divergencia es la que ahora se quiere atajar clarificando la forma en que se deben entender la transición entre la antigua y la nueva ley, que ha modificado diversos tipos penales. Por un lado porque la nueva norma aúna dos tipos (abuso y agresión sexuales) en uno sólo, lo que ha tenido como efecto la modificación de las horquillas en las penas. Y por otro, porque ahora la norma reconoce penas que antes no existían. Por ello, desde Igualdad han afirmado que la transposición entre un código penal y otro no se puede hacer sin tener en cuenta las disposiciones transitorias del Código Penal, inaplicando la directiva transitoria segunda, por ejemplo, que afirma que los Códigos Penales deben ser comparados de forma completa, y no sólo a un tipo penal nuevo. 

Tal como han afirmado a este periódico diversos expertos penalistas, la modificación de los tipos penales al alza en la ley del solo sí es sí tampoco garantizaría que se acabara la rebaja de penas, que en muchos casos no están justificadas, porque sólo entrarían en vigor cuando entrase en vigor una nueva ley, por lo que en el período intermedio se seguirían produciendo modificaciones de condenas a la baja.​

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