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Pieza 'Carol' La Audiencia Nacional rechaza un recurso de Podemos para reabrir la pieza del 'caso Villarejo' sobre Corinna Larsen

Los jueces reiteran que no se ha podido acreditar "ni siquiera en un estadio inicial" que la examante de Juan Carlos I encargara a Villarejo espiar a su asistente personal mediante sus llamadas de teléfono y correos electrónicos.

Corinna Larsen, durante su declaración por videoconferencia en el juicio contra el comisario José Manuel Villarejo, por delitos de calumnias y denuncia falsa contra el ex jefe del CNI.
Corinna Larsen, durante su declaración por videoconferencia en el juicio contra el comisario José Manuel Villarejo, por delitos de calumnias y denuncia falsa contra el ex jefe del CNI. Youtube

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado este viernes un recurso presentado por Podemos para reabrir la denominada pieza Carol, donde se indagaba el presunto encargo de la examante del rey emérito Corinna Larsen al comisario jubilado José Manuel Villarejo para que investigara a una asistente personal.

Los magistrados de la Sección Tercera han respaldado la decisión del juez instructor, Manuel García-Castellón, de archivar las pesquisas al considerar que no se ha podido acreditar "ni siquiera en un estadio inicial" que Larsen encargara a Villarejo espiar a su asistente personal mediante sus llamadas de teléfono y correos electrónicos.

La formación morada, que ejerce la acusación popular, pedía seguir investigando. En concreto, que se tomara declaración a Larsen, a Álvaro Jaime de Orleans-Borbón, Juan Miguel Villar-Mir, Juan Villalonga o Dante Canónica; que se libraran comisiones rogatorias a Suiza, a Mónaco, Marruecos y Reino Unido; y que se hiciera ofrecimiento de acciones a la supuesta víctima del encargo.

No obstante, la Sala entiende que las diligencias interesadas no son pertinentes porque se refieren a hechos sin trascendencia penal, o respecto a los cuales se ha acordado el sobreseimiento de las actuaciones, o que se están investigando en la pieza principal, o que para ser perseguidos en España requieren que la persona agraviada o el Ministerio Fiscal formulen querella.

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