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Violencia sexual El CGPJ se opone por unanimidad a los ejes principales de la ley del 'sólo sí es sí'

El órgano de Gobierno de los jueces rechaza la desaparición de la figura del abuso sexual y su incorporación bajo la agresión sexual, así como la definición del consentimiento sexual incluido en la norma. El ministerio de Igualdad afirma que seguirá adelante con la ley.

El presidente en funciones del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, durante los actos por el 40 aniversario del 23F.
El presidente en funciones del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, durante los actos por el 40 aniversario del 23F. Juan Carlos Hidalgo / EFE

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha rechazado este jueves por unanimidad dos de los ejes fundamentales del anteproyecto de ley de garantía de la libertad sexual, conocida como ley del "sólo sí es sí": la redacción sobre del consentimiento sexual expreso y que se suprima la distinción que el Código Penal hace entre el abuso sexual y la violación. 

El pleno del CGPJ en funciones ha aprobado este jueves y tras varios retrasos el informe elaborado por tres vocales, que considera como "innecesaria" la  definición que el anteproyecto introduce sobre el consentimiento en las relaciones sexuales. Por otro lado, el informe también rechaza la eliminación del abuso sexual como categoría delictiva y la creación de un único delito bajo el tipo de agresión sexual. Según su criterio esta desaparición tendría como consecuencia la "desprotección de las víctimas, pues para el autor del delito no tendrá mayores consecuencias emplear un medio comisivo más lesivo que otro de intensidad menor". También entiende que esta eliminación podría "incurrir en el riesgo de castigar con gran severidad conductas que presentan un menor grado de lesividad".

Por contra, el órgano de Gobieno de los jueces apuesta por "configurar este precepto como un tipo autónomo atenuado que vincule la 'menor entidad' al acto sexual y excluya su aplicación cuando concurran circunstancias como la violencia, la intimidación o abuso de una situación de superioridad o vulnerabilidad de la víctima". Esta afirmación viene a dinamitar otro de los principales objetivos que tiene la el anteproyecto de ley presentado por el Gobrierno y que es el principal caballo de batalla de Igualdad: poner el consentimiento en el centro de la norma, tal como exigen los tratados internacionales ratificados por España, como el Convenio de Estambul.

También rechazan de plano la definición sobre el consentimiento sexual que incluye el texto. El anteproyecto presentado por el Gobierno afirma que "se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores, concluyentes e inequívocos conforme a las circunstancias concurrentes su voluntad expresa de participar en el acto". Para el CGPJ el problema no es "conceptual", sino de prueba y afirman que de esta forma "se estarían alterando de modo sustancial las normas sobre la carga de la prueba en el proceso penal, con riesgo de afectación del principio de presunción de inocencia". Entienden también que con esta definición no evitará la "victimización secundaria" en los interrogatorios judiciales, puesto que estos girarán en torno a la forma en la que la víctima ha dado o no dicho consentimiento.

El informe del CGPJ también rechaza la necesidad de juzgados especiales sobre violencia sexual, así como la especialización de sus titulares en esta materia, entendiendo que "las razones que sustentan la especialización jurisdiccional se disipan en una materia como esta, que dada su transversalidad se proyecta sobre distintos ámbitos normativos y esferas de actuación jurisdiccional diferentes". Este punto, sin embargo ha contado con la oposición de una de las vocales que firman el informe (Pilar Sepúlveda), que sí considera necesaria la especialización y que ha anunciado que elaborará un voto discrepante.

Por último, el CGPJ cuestiona que el texto remitido por el Gobierno deba tener un carácter de ley orgánica "parcial" al atribuir esta técnica legislativa al título preliminar y a varias disposiciones finales. Afirma que "ni la regulación del objeto y finalidad de la ley ni su ámbito de aplicación constituyen per se materia competencia de ley orgánica; y tampoco son propios de su ámbito competencial los principios rectores que animan e inspiran la regulación proyectada". En su lugar propone que "sería técnicamente más correcto" regular separadamente mediante una ley orgánica las modificaciones de las distintas leyes que tienen dicho rango o merecen tal carácter, y dejar la regulación del núcleo del texto proyectado a una ley ordinaria.

El dictamen no es vinculante, pero sí crítico. Se trata de una de las leyes estrellas que lidera el ministerio de Igualdad y que esperaba que hubiera iniciado su andadura parlamentaria coincidiendo con la celebración este ocho de marzo del Día Internacional de la Mujer. El texto ha sufrido retrasos importantes en su tramitación, principalmente en este trámite en el CGPJ, que ha tardado cuatro meses en aprobar su informe, cuando estos trámites suelen durar un mes.

Igualdad afirma que no modificará la ley

El Ministerio de Igualdad ha anunciado que seguirá adelante con el anteproyecto de ley y ha criticado duramente al órgano de Gobierno de los jueces. En una rueda de prensa convocada pocos minutos después de conocerse conocerse la resolución del CGPJ, Victoria Rosell, delegada del Gobierno contra la violencia de género aseguró que "el informe va en camino regresivo" y ha afirmado que la obligación del Gobierno y de los ponentes de la ley (el Ministerio de Igualdad y el de Justicia) es segur adelante y cumplir lo que marca el Convenio de Estambul, la CEDAW (el comité antidiscriminación de la mujer de Naciones Unidas) y la legislación internacional. "Parece que el CGJ es el único órgano que no promueve ese cumplimiento", afirmó Rosell. 

La delegada del Gobierno recordó que el CGPJ ya ha emitido diversos informes contra varias de las leyes que han supuesto avances en materia de derechos sociales en nuestro país. Como la ley contra la violencia de género de 2004, "de la que dijo que dio que incurría en discriminación por razón de sexo por y que podía ser inconstitucional por la valoración positiva de las mujeres".
Rosell también recordó que este mismo órgano llegó a comparar la ley de matrimonio igualitario con la la poligamia y la zoofilia y afirmaban que provocaba inseguridad jurídica".

Por último, Rosell ha destacado las diferencias de los informes del Consejo Fiscal -que respaldó el texto de la ley- y del CGPJ, algo que sí "crea una sensación de división e inseguridad jurídica".






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