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El Gobierno mantiene a las víctimas de violencia sexual sin justicia gratuita pese a que le obliga la ley del 'solo sí es sí'

La norma, que entró en vigor el 7 de octubre de 2022, daba un año de plazo para que el Ejecutivo presentase un proyecto de reforma de la ley de asistencia jurídica gratuita. El gabinete del ministro Félix Bolaños anuncia que se hará esta legislatura.

Una pancarta en una manifestación contra la reforma de la ley del 'solo sí es sí', en Madrid. EFE/ Borja Sánchez Trillo
Una pancarta en una manifestación contra la reforma de la ley del 'solo sí es sí', en Madrid. Borja Sánchez Trillo / EFE

La víctima del exfutbolista Dani Alves tuvo que contratar a una abogada y pagar sus honorarios para así poder actuar jurídicamente contra el agresor sexual. Sin embargo, la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, más conocida como ley del solo sí es sí, reconoce, dentro del derecho a la asistencia especializada y accesible, la justicia gratuita para las víctimas de violencias sexuales, independientemente de su nivel adquisitivo.

La ley del solo sí es sí, que entró en vigor el 7 de octubre de 2022, daba el plazo de un año para que el Gobierno presentase un proyecto de reforma de la ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, al objeto de garantizar la asistencia jurídica gratuita a las víctimas de violencias sexuales

Pero el plazo expiró el pasado 7 de octubre de 2023, cuando el Gobierno aún estaba en funciones y, por tanto, no podía presentar proyectos de ley ante el Parlamento. 

Pero el tercer Gobierno de Pedro Sánchez arrancó el pasado 16 de noviembre de 2023 y aún no ha abordado el imperativo que marca la ley del solo sí es sí para que las víctimas de agresiones sexuales puedan hacer efectivo su derecho a disponer de asistencia letrada gratuita en las causas contra sus agresores. Esta asistencia incluye la defensa de los intereses de las víctimas en cuanto a recursos y revisión de condenas. 

Fuentes del Ministerio de Justicia aseguran a este diario que el ministro Félix Bolaños prevé abordar este asunto durante la presente legislatura, pero aún no hay fecha en el horizonte y mientras tanto las víctimas tendrán que seguir costeándose su asistencia letrada en caso de que sus medios económicos no las haga merecedoras de abogados y abogadas del turno de oficio. 

La ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita reconoce el derecho a la justicia gratuita a las víctimas de violencia de género, terrorismo y trata en aquellos procesos que tengan vinculación, deriven o sean consecuencia de su condición de víctimas, con independencia de la existencia de recursos para litigar.

Igualmente reconoce el mismo derecho a "las personas menores de edad y a las personas con discapacidad necesitadas de especial protección" cuando sean víctimas de graves delitos, como homicidio, lesiones deformantes y contra la libertad e indemnidad sexual.

Para poder desarrollar la justicia gratuita para las víctimas de violencias sexuales es preciso reformar esta ley de 1996 para que las incluya como receptoras del derecho. "Hasta que no se desarrolle no estará en vigor ese derecho", coinciden las juristas consultadas por este diario. Una vez aprobada la reforma, el Ejecutivo deberá proveer económicamente a las comunidades autónomas para que a su vez hagan efectivos los fondos a los colegios de abogados. 

Medidas para impulsar la ley

En vista del tiempo pasado sin que el Gobierno haya acometido esta reforma, Podemos presentó el pasado 8 de marzo una proposición no de ley de impulso de la norma. 

Consideran los de Ione Belarra que es "urgente acometer las reformas necesarias para que las víctimas vean plenamente reconocido su derecho a la asistencia jurídica gratuita en pie de igualdad con otras víctimas especialmente protegidas como las de violencias de género, trata o terrorismo", consta en la proposición no de ley. 

Además, en el mismo texto presentado se pone el foco en la otra gran cuestión olvidada hasta ahora de la ley del solo sí es sí:  la formación de jueces, juezas, fiscales y letrados en materia de violencias sexuales, es decir, todos los operadores jurídicos que intervienen en los procedimientos relacionados con la violencia sexual contra las mujeres. 

Especialización pendiente

La ley del solo sí es sí otorgaba el plazo de un año desde su entrada en vigor para que el Ejecutivo presentase un proyecto de reforma de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial y la que regula el Estatuto del Ministerio Fiscal (Ley 50/1981) para establecer la especialización en violencia sexual.

Además, la ley indica que se han de revisar "las competencias de los juzgados de violencia sobre la mujer y de la Fiscalía contra la violencia sobre la mujer, así como las pruebas selectivas de especialización de jueces y magistrados. Todo ello contará con la dotación presupuestaria necesaria a tales fines". 

Como en el caso de la justicia gratuita, la especialización de los jueces y juzgados no se ha desarrollado aún, pese a que se ha superado el plazo indicado en la ley. 

A este respecto, Podemos insta al Gobierno en su proposición no de ley a que impulse las modificaciones legislativas necesarias con el fin de atribuir especialización y competencias en materia de violencias sexuales a los Juzgados de violencia sobre la mujer, juzgados de lo Penal  y secciones de las audiencias provinciales. 

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