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La decisión del Supremo con el 'sí es sí' abre la puerta a un aluvión de rebajas tras dar por caducada la norma que las evitaría

Los magistrados de la Sala Segunda consideran que no puede aplicarse una disposición transitoria de 1995, que no ha sido derogada, para impedir las rebajas a los agresores sexuales. Su reciente doctrina augura nuevas revisiones de condena, que pueden durar hasta cinco años.

Miles de mujeres durante una manifestación convocada por la Comisión 8M en Madrid.
Miles de mujeres durante una manifestación convocada por la Comisión 8M en Madrid. Fernando Sánchez / Europa Press

Tras la doctrina fijada hace unos días por el Tribunal Supremo respecto a las rebajas de condena a agresores sexuales con la ley del solo sí es sí, se espera un aluvión de nuevas revisiones con casos para los que los jueces ya habían decretado que no había posibilidad de rebaja. 

Así lo estiman fuentes jurídicas consultadas por Público, que indican que en los datos de rebajas que ofrece el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ese incremento se reflejará en los referidos al próximo mes de julio. 

La Sala Segunda del Supremo hará públicos en unos días los acuerdos de su pleno monográfico sobre las rebajas a agresores sexuales a raíz de la entrada en vigor de la ley del solo sí es sí. El argumento central para avalar dichas rebajas es que la disposición transitoria quinta del Código Penal (de 1995) no se puede aplicar, tras 28 años en vigor, porque vulneraría el principio de proporcionalidad, según ha podido saber Público de fuentes del Alto Tribunal. 

No se refiere el Supremo con esta premisa a la totalidad de las condenas por agresión sexual, sino únicamente a las que castigaron a los culpables a la pena mínima de la horquilla correspondiente al tipo delictivo. 

Así, al agresor sexual condenado a 12 años antes de la entrada en vigor de la ley del solo sí es sí , cuando la horquilla iba de los 12 a los 15 años de prisión, le corresponderían ahora siete años de prisión, pues la norma impone entre esa mínima de siete años hasta un máximo de 12. 

El Supremo cree que mantener a ese condenado los 12 años de prisión es "desproporcionado" respecto a las penas que marca la ley del solo sí es sí, modificada en abril de este año después de que el Partido Socialista impusiera su reforma que sacó adelante con los votos del Partido Popular y la oposición de Unidas Podemos.

Las penas mínimas se rebajarán automáticamente

En la doctrina que ha fijado el Alto Tribunal, a través de la resolución de 29 recursos, se insta a las audiencias provinciales a aplicar el artículo 2.2 del Código Penal, que establece que el reo tiene derecho a la legislación más favorable, sin tener en cuenta si la pena impuesta antes de la entrada en vigor de la ley del solo sí es sí también está contenida en esta nueva norma, es decir, sin hacer caso a lo que indica la disposición transitoria quinta. 

Esta medida señala que "en las penas privativas de libertad no se considerará más favorable este Código cuando la duración de la pena anterior impuesta al hecho con sus circunstancias sea también imponible con arreglo al nuevo Código". 

En el caso antes mencionado del agresor sexual condenado a 12 años de prisión (es un caso real, contenido en uno de los recursos estudiados por el Supremo en su pleno monográfico), esa condena, los 12 años, está contemplada tanto en la ley anterior como en la del solo sí es sí

Por eso la Fiscalía se opuso a la rebaja en este caso concreto, que revisó la Audiencia Provincial de Madrid. El Ministerio Público recurrió ante el Supremo esta revisión, según las directrices del fiscal general del Estado, para quien la disposición transitoria quinta está absolutamente vigente. 

En su decreto a los fiscales dando instrucciones para recurrir las rebajas. Álvaro García Ortiz citaba algunas de las sentencias en las que el Supremo sí que consideró vigente y aplicable la citada disposición, incluidas sentencias relacionadas con la ley del terrorismo de 2015

Esta ley del terrorismo, impulsada por el Gobierno de Mariano Rajoy, no contaba con sus propias disposiciones transitorias, exactamente igual que la ley del solo sí es sí, pero los magistrados de la Sala Segunda consideraron en su día que podían aplicarse las disposiciones transitorias del Código Penal. La Fiscalía ha interpuesto hasta el momento en torno a 200 recursos por rebajas de condenas a violadores.

Sin conocer aún la totalidad del argumentario de la Sala de lo Penal, fuentes conocedoras de la doctrina alcanzada indican a este diario que los magistrados han considerado que dicha disposición habría caducado, pues tiene 28 años de existencia, y reprochan al legislador no haberle puesto fecha de caducidad. 

El objetivo de las disposiciones transitorias del Código Penal es facilitar el tránsito al régimen jurídico previsto por la nueva norma para evitar el arbitrio judicial. Son 12 las disposiciones transitorias incluidas en el Código Penal de 1995, habiéndose derogado la duodécima; el resto, hasta ahora, se consideraban en vigor. 

Aluvión de rebajas

Hasta el 1 de junio, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) había contabilizado 1.127 rebajas de pena y 115 excarcelaciones de violadores, Fuentes jurídicas consultadas por Público dan por sentado que "estas cifras se disparen" de cara a la próxima actualización de datos, el 1 de julio, dado que algunos tribunales decidieron paralizar las revisiones y esperar a conocer el criterio del Supremo. 

¿Qué puede pasar ahora, tras conocerse la doctrina de la Sala Segunda? Fuentes jurídicas aventuran que en aquellos casos en los que las audiencias provinciales decidieron no rebajar las condenas al entender que la disposición transitoria quinta estaba en vigor, ahora no tendrán más remedio que rebajar.  

Beneficios para los acusados de 'la manada' 

Es el caso de  La Manada, la violación grupal a una joven en los Sanfermines de 2016 por la que los cinco responsables fueron sentenciados a 15 años de prisión. Uno de ellos, Ángel Boza pidió sin éxito la rebaja de su condena hasta los 13 años y nueve meses. La Audiencia de Navarra argumentó que no cabía revisar su condena porque la pena de 15 años de prisión "resulta igualmente susceptible de imposición con arreglo a la nueva regulación de los delitos contra la libertad sexual". 

La primera sentencia de La Manada, en el verano de 2018, provocó un estallido social que fue el germen de la ley del solo sí es sí. Pese a ser una violación de libro, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra entendió que no había existido fuerza o intimidación porque la joven no se resistió. Uno de los magistrados que componían la terna, llegó a afirmar, incluso, que lo que había visto era "jolgorio y regocijo".

Los ajustes de penas para violadores y pederastas podrían continuar produciéndose hasta dentro de cinco años, indican fuentes jurídicas, porque, aunque en estos momentos existe otra norma diferente a la del solo sí es sí, los condenados por delitos sexuales que se cometieran antes de la reforma de la ley de abril de 2023 tienen derecho a solicitar la revisión conforme a la ley más favorable. 

*El titular de esta información ha sido modificado para añadir un matiz relevante que no contenía el titular original.

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