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La Junta Electoral justifica la inclusión de Teresa Rodríguez en los debates en un criterio informativo que "debe respetarse"

La JEA hace públicos sus argumentos para permitir la participación de la candidata de Adelante en los debates que había recurrido Por Andalucía.

Teresa Rodríguez junto con las candidatas en las ocho provincias.
Teresa Rodríguez junto con las candidatas  de Adelante en las ocho provincias.

La Junta Electoral de Andalucía (JEA) rechazó el recurso de Por Andalucía, coalición que lideran IU y Podemos, contra la presencia de Teresa Rodríguez en los debates porque "concurren circunstancias específicas en la candidata a la Presidencia de la Junta de Andalucía de la coalición electoral Adelante Andalucía que justifican su presencia, junto a los candidatos de formaciones políticas con representación parlamentaria".

La JEA admite los argumentos de la RTVA, que justificó la inclusión de Rodríguez en los debates en varios hechos. A saber: Rodríguez fue diputada en esta legislatura; siete diputados están integrados en las listas electorales de Adelante; dos formaciones políticas integradas en la coalición concurrieron en las anteriores elecciones en la coalición Adelante –en la que entonces estaban Podemos e IU–, que obtuvo representación parlamentaria; y, finalmente, Canal Sur considera "la significación política y social de la candidatura, a la que las encuestas y sondeos electorales reconocen posibilidad de obtener representación en el Parlamento de Andalucía".

Para la JEA, "en definitiva, la incorporación de la candidata de la coalición electoral Adelante al debate electoral responde a un criterio informativo o periodístico que debe ser respetado". "En este sentido, –añade la JEA– las circunstancias expuestas por la RTVA revelan una peculiar situación de la candidatura que puede justificar el tratamiento que recibe".

Además, prosigue la JEA, "el dato, no cuestionado, de que un número importante de encuestas y sondeos electorales atribuyen a Adelante la posibilidad de obtener representación parlamentaria […] indudablemente, con independencia del valor autónomo que quepa atribuir a ese criterio, refuerza la justificación, con criterios periodísticos o informativos, de su incorporación al debate".

"Por lo demás", continúa la JEA, "la circunstancia de que en el debate participen también todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria determina que se respeten los principios de pluralismo e igualdad entre las formaciones".

Casos excepcionales

Añade la Junta Electoral a este respecto: "En los casos excepcionales que no tienen fácil acomodo [debemos] hacer primar la aplicación del principio de pluralismo político consagrado en [la Ley Electoral], pluralismo político que, sin duda, queda enriquecido con la participación de una fuerza política en el debate, siempre, claro está, que se respete también a quienes gozan de una preferente situación o posición jurídica en razón de sus resultados electorales".

La JEA remacha: "[Además] debe tenerse en cuenta que, como se expone por la RTVA, el tratamiento que en el conjunto del Plan de Cobertura recibe Adelante (que no participa en los debates provinciales, ni tampoco es objeto de entrevistas provinciales, además de que la duración de la entrevista, en radio y televisión, a su candidata a la Presidencia de la Junta de Andalucía es inferior a la de los demás candidatos) es menos beneficioso que el de las formaciones políticas con representación parlamentaria, respetando así las exigencias del principio de proporcionalidad en razón de los resultados electorales obtenidos".

A Por Andalucía le queda ahora un recurso a la Junta Electoral Central, si IU y Podemos quisieran insistir en esta estrategia.

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