Este artículo se publicó hace 2 años.
La Justicia mantiene el 25% de castellano donde ya se aplicaba cautelarmente
La sala contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña considera que la nueva legislación "no incide necesariamente en la decisión cautelar adoptada".
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha convenido mantener el 25% de clases en castellano en dos escuelas donde esta medida ya se aplicaba de forma cautelar por orden judicial, pese a la solicitud de revocación a cargo de la Generalitat a raíz de la aprobación de la nueva ley lingüística.
El TSJC se ha pronunciado así por primera vez sobre las escuelas sujetas a medidas cautelares, después de que el pasado mes de junio reconociera que la sentencia que impone el 25% de clases en castellano no se puede aplicar tras la nueva ley aprobada por el Parlament, que ahora está en manos del Tribunal Constitucional.
A la espera de que el TC se pronuncie sobre la constitucionalidad de la nueva ley, la Generalitat había pedido la revocación de estas medidas en colegios donde se aplicaba el 25% de castellano por decisión judicial, pero la sala contencioso-administrativa del TSJC considera que la nueva legislación "no incide necesariamente en la decisión cautelar adoptada".
Los autos del TJSC advierten "expresamente a la Administración que cualquier modificación que pretenda realizarse sobre dichas medidas debe ser aprobada por este tribunal". Con respecto al nuevo marco normativo aprobado por la Generalitat, el tribunal asegura que "en ningún caso incide de forma instantánea sobre situaciones jurídicas individuales ya reconocidas".
"Aunque la legislación catalana no defina al castellano como lengua vehicular, su uso educativo está recogido en la nueva norma y el derecho individual del alumno a recibir enseñanza en castellano tiene base constitucional y está contemplado en la legislación básica estatal", recogen los autos del TSJC.
Además, el TSJC ha considerado que la prohibición de porcentajes de la nueva legislación hace referencia a los criterios para la elaboración de proyectos lingüísticos, y que esto "no afecta al derecho individual reconocido en sede cautelar al alumno".
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