Las maniobras de la Junta de Extremadura contra el derribo del 'resort' de Valdecañas amenazan con alargar más el conflicto
Los planes de la Administración de María Guardiola de alegar unos cambios normativos 'ad hoc' para evitar la ejecución de la sentencia del Alto Tribunal pueden enredar de nuevo el proceso judicial.
Pese al espaldarazo del Constitucional a la decisión del Supremo, que acordó el derribo del complejo en su totalidad, la Junta quiere devolver este asunto al TSJ de Extremadura.

La enredadera judicial que ha marcado la historia de la urbanización de lujo en la Isla de Valdecañas (Cáceres), lejos de zanjarse, apunta a un cambio de pantalla. Todo ello a pesar del reciente aval del Tribunal Constitucional a la sentencia del Tribunal Supremo, que acordó el derribo del complejo en su totalidad.
"Es el cuento de nunca acabar", sostienen fuentes jurídicas de Ecologistas en Acción ante los planes de la Junta de Extremadura de alegar los cambios normativos, incluidos con posterioridad a la sentencia del Alto Tribunal de 2022, para evitar el derribo de Valdecañas. Este complejo de lujo –y aquí es donde reside el conflicto– es un espacio protegido por la Red Natura 2000 y Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA).
A pesar de los más de 14 años de litigio, la pretensión de devolver la pelota al tejado del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, sin duda, amenaza con prolongar todavía más el enfrentamiento de ecologistas con las administraciones locales y regionales de PSOE y PP, y los propietarios del resort.
El pasado 18 de noviembre, el Pleno del Tribunal Constitucional, en una sentencia aprobada por unanimidad, decidió desestimar el tercer y último recurso de amparo planteado contra la resolución del Tribunal Supremo. Esta, a su vez, ordenaba la demolición del complejo turístico y de ocio ubicado en los términos de El Gordo y Berrocalejo, en una isla de 134,5 hectáreas de superficie existente en la presa de Valdecañas.
En este caso, el Constitucional dio respuesta a un recurso formulado por los ayuntamientos de los municipios referidos. Previamente, el tribunal de garantías ya desestimó otros dos recursos de amparo sobre este mismo asunto, uno planteado por la Junta de Extremadura, de 23 de septiembre, y otro, interpuesto por las comunidades de propietarios del complejo, de 7 de octubre.
Un as bajo la manga para retrasar el derribo
Si bien, la Junta de Extremadura, que siempre ha apostado por mantener en pie el resort, tanto con el PSOE como con el PP al frente –con la oposición de Unidas por Extremadura–, no está dispuesta a permitirlo. Así lo reiteró a finales del pasado mes de noviembre la consejera de Hacienda y Administración Pública en funciones, Elena Manzano. Tras el rechazo del TC a los recursos contra la sentencia del Supremo que avaló la demolición del complejo, Manzano auguró que el proceso volvería al máximo tribunal extremeño.
"Hubo un cambio normativo que avala que no sea derribado el complejo y vamos a defender, por supuesto, esa posición ante el tribunal que ahora tiene que pronunciarse a ese respecto", expresó entonces sobre un eventual incidente de ejecución de sentencia, una nueva baza para tratar de impedir el derribo del complejo.
Ecologistas en Acción de Extremadura denunció que el proceso de modificación de los límites de la Red Natura 2000 ha pasado por tres borradores sucesivos que la Junta de Extremadura ha ido refundiendo y alterando, principalmente por su motivación de excluir la Isla marina de Valdecañas de esta categoría por la que requiere protección y conservación. De hecho, este decreto ya ha sido aprobado, según consta en el Diario Oficial de Extremadura del pasado lunes 22 de diciembre.
Según la organización ambientalista, la Junta justifica la exclusión de la Isla de Valdecañas alegando que, si el embalse alcanzara su cota de máximo llenado, la isla quedaría sumergida. Sin embargo, los datos de la Confederación Hidrográfica del Tajo sitúan esa cota en torno a 321 metros sobre el nivel del mar, mientras que la isla se eleva hasta 325–330 metros. Ni siquiera en condiciones de llenado máximo la isla quedaría bajo el agua.
Ecologistas en Acción considera este argumento "una ficción cartográfica" y defienden que la cota de llenado no puede usarse para definir los límites ecológicos de un espacio protegido. "Los embalses fluctúan, pero las aves que motivaron la designación utilizan islas, orillas y penínsulas como hábitats de nidificación, descanso y alimentación", remarcan en un comunicado.
Casi dos décadas de litigio contra la Tierra y la ciencia
Los grupos ambientalistas comenzaron su lucha desde el mismo momento en el que empezó a idearse este proyecto. "Esto tiene un historial enorme, desde el año 2007", expresó en declaraciones a Público Julio César Pinto, coordinador de Ecologistas en Acción en Extremadura. "Nosotros defendemos la naturaleza y la Red Natura 2000". Dicha red consiste en una serie de áreas designadas por la Comisión Europea para reforzar en ellas la conservación de la biodiversidad. "Defendemos la naturaleza de que se pase por encima de ella y que se hagan cambios urbanísticos simplemente para favorecer negocios privados", remarcó.
La lucha de los ecologistas está avalada por la ciencia. La Estación Biológica de Doñana, dependiente del CSIC (EBD-CSIC), realizó en 2019 un informe en el que concluyó que la demolición del resort era la mejor manera de proteger el enclave. "La evidencia disponible sugiere que la isla contenía uno o más tipos de hábitats protegidos por la legislación europea", apunta el informe. Y de no haber iniciado la construcción del complejo, es muy probable que la isla estuviese cubierta actualmente por un bosque mediterráneo relativamente desarrollado. Todos estos valores merecían protección y una mejora ambiental mediante una gestión de conservación proactiva prescrita para todos los espacios protegidos de la Red Natura 2000".
El instituto también esclareció desde la perspectiva científica qué sería más beneficioso para el territorio: mantener lo construido o demolerlo. Es decir, el quid del litigio que Ecologistas en Acción lleva en marcha desde hace casi dos décadas. La investigación concluyó lo siguiente: "Desde el punto de vista global, la huella ecológica de la demolición es menor del 1% de la huella ecológica del mantenimiento del Complejo".
La estrategia para dilatar el proceso judicial
Distintas fuentes jurídicas consultadas coinciden en que, más allá de la suerte que pueda o no tener esta maniobra de la Junta en el TSJ de Extremadura, esta servirá, como poco, para dilatar el proceso judicial y, por ende, posponer la ejecución de la sentencia del Supremo. "Es una carta más de la baraja", resumen voces jurídicas conocedoras de este asunto.
En concreto, los planes de la actual Administración de María Guardiola pasan por invocar la Ley 2/2023, de 22 de marzo. Esta norma, impulsada en marzo de 2023 –16 años después de que el Gobierno socialista de Juan Carlos Rodríguez Ibarra aprobara la construcción del complejo–, señala en su disposición adicional segunda la "concurrencia de razones imperiosas de interés público de primer orden".
En este sentido, incluye las "construcciones y edificaciones ejecutadas completamente en los terrenos conocidos como Isla de Valdecañas en los términos municipales de El Gordo y Berrocalejo, evidenciado según los informes ambientales existentes que no causan perjuicio a la integridad ambiental del lugar, quedan legalizados, sin perjuicio de la ejecución de las medidas ambientales que sean procedentes de conformidad con los informes que emita la autoridad ambiental competente".
Asimismo, este precepto estima que las razones imperiosas de interés público de primer orden se concretan, por un lado, "en la protección del medioambiente actual surgido y digno de protección legal, que se vería seriamente dañado al acometer la restauración a una situación ambiental fuertemente degradada".
Y, de otro lado, "en la necesidad de contener el proceso de despoblación y vaciamiento de los núcleos de población rurales del entorno y de promover condiciones para asegurar a sus habitantes una mayor igualdad de posibilidades y expectativas similares de futuro de carácter económico y social a las que tienen los habitantes de las ciudades, dado que con el mantenimiento del proyecto no solo se beneficia a la población de los municipios rurales concernidos sino al conjunto de Extremadura, evitando las externalidades provocadas por el proceso de despoblación y vaciamiento".
Voces jurídicas conocedoras de esta cuestión subrayan que "no hay garantías" de que la jugada de la Junta "tenga éxito", pero justifican la necesidad de invocar esa ley da "para que los jueces se tengan que pronunciar al menos". En este sentido, ahondan en la vigencia de la norma para defender su validez.
De hecho, el Pleno del Tribunal Constitucional dictó una providencia para pedir a las partes alegaciones acerca de la incidencia de la norma en los recursos de amparo, "en particular en su disposición final segunda, que estableció que, por razones imperiosas de interés público, quedaban legalizadas las construcciones y edificaciones ejecutadas en los terrenos conocidos como Isla de Valdecañas", señala el Constitucional.
La Junta de Extremadura, Ecologistas en Acción-CODA, las comunidades de propietarios del complejo y el Ministerio Fiscal pidieron la continuación del proceso al entender que no hace que el recurso pierda su objeto. Por su parte, la promotora, Marina Isla de Valdecañas, S.A., sí interesó que lo dispuesto en esa norma se tuviese en cuenta para dictar la resolución oportuna.
Resoluciones judiciales contra el complejo
No obstante, esta suerte de norma ad hoc se ha impulsado después de las diferentes resoluciones judiciales contra el complejo. En concreto, se dictaron dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el año 2011, en las que se anulaba la decisión aprobatoria del proyecto adoptada por la Junta de Extremadura y se ordenaba la reposición de los terrenos a la situación anterior a la aprobación del citado proyecto de construcción. Tal decisión fue confirmada por el Tribunal Supremo tres años más tarde, en 2014.
En el año 2021 el Tribunal Superior de Justicia extremeño determinó el modo de ejecutar estas dos sentencias, ordenando la demolición de todo lo que se encontraba en fase de estructura o no terminado ni en funcionamiento, así como la conservación del hotel, viviendas, campo de golf e instalaciones ya construidas.
Sin embargo, tras el recurso de Ecologistas en Acción, el Tribunal Supremo ordenó demoler en 2022 todo el complejo al entender que los intereses medioambientales y la legalidad prevalecen sobre los económicos o sociales.
En junio de 2023, el Constitucional optó por suspender la orden del Supremo mientras se pronunciaba sobre el fondo del recurso, al considerar que el derribo de todo lo ya construido "ocasionaría perjuicios económicos difícilmente reparables por su entidad o por la irreversibilidad de las situaciones jurídicas que puedan producirse". Antes, en noviembre de 2022, el tribunal de garantías admitió a trámite los tres recursos planteados contra la sentencia del Supremo que dio la razón a Ecologistas en Acción.
Una "amnistía extemporánea"
Una vez rechazados los recursos, desde la organización ecologista claman contra esta nueva estrategia de dilación de la Junta extremeña, lo que califican de "amnistía extemporánea". "La discusión jurídica de la ejecución ya ha terminado, pero la pretende reabrir con la ley autonómica, así que vemos otros tantos años de litio", señala Jaime Doreste, abogado y miembro del área jurídica de Ecologistas en Acción, en unas declaraciones a este medio.
Asimismo, afea que la Junta "quiera abrir un debate jurídico que la ley procesal no permite". Y es que, tal como recuerda, la administración regional ya agotó la vía del incidente de ejecución ante el TSJ de Extremadura años atrás, que fue desestimado en parte, aunque después el Supremo dio la razón a los ecologistas decretando el derribo del complejo en su totalidad.



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