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El TS ve "comprensible" la empatía del presidente de la Audiencia Nacional en los 'whatsapp' con Martínez en 'Kitchen'

La Sala de lo Penal inadmite la querella del exchófer de Luis Bárcenas contra José Ramón Navarro por los mensajes telefónicos con Francisco Martínez, ex número dos de Interior.

Navarro (d), a su llegada al acto de toma de posesión de los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional, en la sede del Tribunal Constitucional, a 18 de noviembre de 2021
El presidente Audiencia Nacional, José Ramón Navarro (d), a su llegada al acto de toma de posesión de los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional, en la sede del Tribunal Constitucional, a 18 de noviembre de 2021. Alejandro Martínez Vélez / EUROPA PRESS

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la querella interpuesta por Sergio Ríos, el exchófer de Luis Bárcenas, contra el presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro, por los delitos de cohecho y continuado de revelación de actuaciones declaradas secretas respecto a las conversaciones mantenidas a través de 'WhatsApp' con el exsecretario de Estado de Interior, Francisco Martínez, durante la instrucción de la causa Kitchen, en la que está encausado este último. 

El tribunal considera que la querella de Ríos "se trata de un relato de hechos que no permite identificar ninguno eventualmente constitutivo de delito que pudiera vincularse, ni siquiera en los términos provisionales o prima facie que corresponden a este momento procesal al presidente de la Audiencia Nacional".

La Sala subraya que Navarro, a quien el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) renunció a investigar por los mensajes con Francisco Martínez, no transmitió "ninguna concreta información reservada" a Martínez y que entre ellos existía una relación de amistad. 

Y en ese contexto de amistad, precisan los magistrados, "resulta plenamente comprensible la empatía que el querellado muestra ante las tribulaciones de su amigo, tanto las de naturaleza política (indisociable en ese momento de su actividad profesional), relativas a si sería o no incluido en las listas electorales del Partido Popular, como las de carácter jurídico, con relación a las imputaciones que frente al mismo se iban perfilando, de las que no se consideraba responsable". 

Añade el auto que Navarro envía continuos mensajes de tranquilidad y afecto a su amigo y que es cierto que, en algunos de esos mensajes, se expresa en "términos vagamente cooperativos", tales como que "tratará de enterarse", que "está intentado hablar, pero está fuera de Madrid", que "mañana le dice", "que no le han comentado nada", etc. 

Sin embargo, para la Sala "ninguno de esos mensajes define o se refiere a ninguna clase de gestión concreta que pensara implementar con ese fin" y, en ese sentido, afirma que comparte la valoración del Ministerio Fiscal relativa a que sus respuestas son "meras evasivas" o "largas". 

Hay que recordar que en los whatsapp aportados al sumario del caso Kitchen, que lleva el Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional, se desprende que al menos una vez durante 2019 el presidente de la Audiencia Nacional cenó con Francisco Martínez, ante la desesperada llamada de auxilio de este. El contenido de las conversaciones durante esa cena, el 27 de marzo de 2019, no están recogidos obviamente en los mensajes telefónicos.

El Supremo señala que el propio querellado reconoce la existencia de esa relación de amistad entre ambos y que, en ese contexto, resulta "insostenible" que, a cambio de la información solicitada, como recoge la querella, el presidente de la Audiencia Nacional obtuviera cenas y regalos del exnúmero dos de Interior. 

El tribunal ha estado formado por el presidente de la Sala, Manuel Marchena, y los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Ana María Ferrer, Ángel Luis Hurtado y Leopoldo Puente (ponente).

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