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Los últimos retoques a la amnistía para su encaje en el marco europeo, más "cosméticos" que de fondo

Las negociaciones entre PSOE y Junts per Catalunya desembocaron en la inclusión de tres enmiendas al articulado y una al preámbulo de la ley de amnistía, aunque los juristas consultados apuntan que no tienen demasiado impacto en la ley.

Carles Puigdemont
Carles Puigdemont, durante la constitución de la Asamblea Territorial del Consell de la República, el 2 de marzo. Glòria Sánchez / Europa Press

Tres enmiendas al articulado de la ley y uno a su preámbulo han desencallado la negociación de la amnistía. PSOE y Junts per Catalunya se pusieron finalmente de acuerdo y la Comisión de Justicia aprobó el dictamen. Ahora, se votará el texto final en un Pleno en el Congreso de los Diputados, según aseguran fuentes parlamentarias, el 14 de marzo. Entre los propios partidos implicados en el acuerdo hay discrepancias sobre el calado de estos últimos retoques. PSOE y Junts defienden que ahora la ley es más completa. ERC, que los cambios son menores y que la ley ya era robusta antes. Los juristas consultados no aprecian modificaciones de fondo tras los últimos cambios.

"Cosméticos" es la palabra que usa, también, Mariola Urrea, doctora en Derecho especializada en Derecho de la Unión Europea (UE) y profesora en la Universidad de La Rioja. Una de las grandes preguntas que sobrevuelan constantemente la ley de amnistía, al margen de la reacción de los jueces españoles, así como del Tribunal Constitucional, es cuál será la respuesta que pueda llegar a dar el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en caso de que, como parece prácticamente asegurado, se eleve una cuestión prejudicial.

"La ley es, ahora, igual que la anterior en términos de calidad técnica-jurídica", apunta. "Los cambios que se han planteado no implican un daño al encaje constitucional de la ley ni erosiona el acomodo de este texto a las exigencias que impone la UE". Pero, según la profesora, tampoco lo maximiza. Urrea considera que estas últimas modificaciones no son "sustanciosas", que los cambios no hacen el texto mejor ni peor a efectos del derecho de la UE. Su opinión sobre la ley, tal y como reflejó Público, es la misma que la que tenía antes de las nuevas enmiendas: "Es defendible en términos de compatibilidad al derecho de la UE".

Con Urrea coincide Manuel Cancio, catedrático de Derecho Penal en la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). "Hay algún matiz nuevo, pero es un matiz retórico pensando en el TJUE".

En concreto, el punto clave, el que ha centralizado el grueso de las negociaciones entre PSOE y Junts, es el que tiene que ver con las referencias al terrorismo en la ley. La redacción final vincula al derecho de la UE en lugar de al Código Penal español, de forma textual, "los actos que por su finalidad puedan ser calificados como terrorismo". Ese es el principal cambio a ese respecto, toda vez que el artículo, incluido en el apartado de Exclusiones de la ley de amnistía, guarda, por lo demás, una redacción parecida a la anterior versión. 

Concede una gran importancia a la intencionalidad de los actos que pueden ser entendidos por los jueces como actos de terrorismo. Tanto del texto actual como del anterior se desprende que para que un eventual delito de terrorismo se excluya de la amnistía tiene que haberse realizado con esa "finalidad" y, "de forma intencionada", haber causado "graves violaciones de derechos humanos".

La amnistía en la UE y el margen de Puigdemont

José Antonio Pérez Unceta, doctor y profesor de Derecho Internacional Público en la Universidad Complutense de Madrid (UCM), tampoco considera que "las incorporaciones al texto relativas a la normativa de la UE aporten nada nuevo" a la ley. Sí pone el acento en que "la directiva europea incluye como delitos de terrorismo también la preparación, el almacenamiento y el adiestramiento, en consonancia con el Convenio del Consejo de Europa para la Prevención del Terrorismo". Lo considera una posible traba, como también las referencias a la alta traición en el texto, que puede encontrar la ley de amnistía en el terreno europeo.

Manuel Cancio apunta, en cambio, que "no hay ningún principio que impida amnistiar a personas con cargos de terrorismo". Eso, "partiendo de la base de que, en este caso, estamos hablando de terroristas fake", en referencia a que en el procés, asevera el catedrático, no existió el terrorismo. Cancio insiste en que, si llega el momento en que el TJUE se tenga que pronunciar sobre la ley de amnistía porque algún juez eleve esa cuestión prejudicial, lo lógico será que determine que no tiene nada que decir sobre ella.

¿Cambia algo el hecho de que, en la nueva redacción de la ley, se vinculen, de forma textual, los posibles delitos de terrorismo con las directivas europeas y no con el Código Penal? Mariola Urrea pronuncia un "no" rotundo: "Es irrelevante". Las directivas, explica la profesora, "no son normas que tienen efecto directo, sino que hay que trasponerlas al ordenamiento español y lo que se aplica, por tanto, es el ordenamiento español". Así, no existe en la amnistía, tal y como subrayan Urrea y Cancio, ningún menoscabo del Código Penal español.

"Una Directiva no es Derecho vigente en ningún lugar", añade Cancio. Lo que hace la Unión Europea, grosso modo, es decir a los Estados: "Por favor, revisen que su legislación cumple con los estándares mínimos". Pero, sin lugar a dudas, "lo que se aplicará es el Código Penal".

Mariola Urrea incide, también, en el "margen" que le da la redacción de la ley a Carles Puigdemont para defenderse. "Pero se la da ahora y se la daba antes", insiste. "Esta nueva redacción no blinda a Carles Puigdemont más de lo que lo hacía la anterior, pero, como la anterior, le da margen para que organice su defensa ante los tribunales".

El 'secreto de intercambio'

Las fuentes consultadas descartan, por tanto, que los últimos retoques introducidos representen grandes cambios. Cancio deja caer que, habida cuenta del poco calado de las nuevas enmiendas, parece casi una forma de convencer al electorado de Junts. Mariola Urrea cita, en la misma línea, al sociólogo estadounidense George Homans y su teoría del secreto del intercambio. Es un principio, que, según la profesora, podría definir este proceso de negociación: "Una parte da algo que resulta valioso para quien lo recibe y no costoso para quien lo ofrece y, a la vez, recibe de la contraparte algo valioso, pero que no resulta costoso para quien lo da".

No es un trabalenguas. A lo que se refiere Urrea es que para el PSOE "no resulta costoso incorporar las enmiendas votadas en la comisión de Justicia porque no erosionan la constitucionalidad de la norma ni su acomodo al derecho de la UE". En cambio, para Junts los cambios sí pueden ser "relevantes" a nivel discursivo.

En cualquier caso, todavía falta mucho para que pueda entrar en juego el TJUE, toda vez que no se puede elevar ningún tipo de cuestión prejudicial hasta que la ley, una vez culmine su recorrido parlamentario, esté publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Para eso, debe pasar por el Senado y, en caso de que, como parece garantizado, la mayoría popular la vete, volver al Congreso de los Diputados para recibir su ratificación final.

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